RESOLUCIÓN 2202 2006 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE EXHIBIR UN CARTEL CON LA LEYENDA ENTRADA LIBRE Y GRATUITA EN LOS ESPACIOS QUE DEPENDAN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD Y QUE PARA EL INGRESO DEL PÚBLICO NO COBREN LA ENTRADA ÚNICA QUE DISPONE LA RESOLUCIÓN N° 289-MHGC-06

Publicación:

14/11/2006

Sanción:

07/11/2006

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


Visto la Resolución N° 289-MHGC/06, la Disposición N° 131-DGC/06 y la Carpeta N° 306.358-DGC/06, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 289-MHGC/06 se adoptó el modelo de comprobante de entrada a ser implementado por todos los organismos y dependencias de este Gobierno;

Que a través de la Disposición N° 131-DGC/06 la Dirección General de Contaduría aprobó el procedimiento administrativo y contable para la impresión y utilización de la entrada señalada;

Que en diversas áreas de este Gobierno que cuentan con asistencia de público, no se percibe suma alguna, en concepto de entrada, para el ingreso a las mismas, resultando por ende necesario, a fin de dar transparencia al accionar de dichas áreas explicitar tal situación;

Por ello, teniendo en cuenta lo establecido por el artículo 101 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 70 y sus normas reglamentarias,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1° - Establécese que en todos los teatros, centros culturales, museos, parques recreativos, parques deportivos, polideportivos, etc., que dependan del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que para el ingreso del público, no se perciba la entrada única que dispone la Resolución N° 289-MHGC/06, la cual fue reglamentada por Disposición N° 131-DGC/06, se deberá exhibir en la entrada, y sin excepción alguna, un cartel visible con la leyenda: ENTRADA LIBRE Y GRATUITA.

Artículo 2° - Los Organismos de Control del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y las Áreas de Fiscalización de los Órganos Rectores del Sistema de Administración Financiera, serán los encargados de hacer cumplir lo establecido en la presente resolución.

Artículo 3° - La presente norma entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4° - Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; comuníquese a todas las Direcciones Generales Técnica, Administrativa y Legal de todos los Ministerios de este Gobierno, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, y a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Disp. 63-08 establece que el Área Contable de la Dirección General de Gestión y Planificación Deportiva deberá hacer cumplir y cumplimentar todo lo establecido por la Res. 2202-06 en el Polideportivo Martín Fierro
COMPLEMENTADA POR
Art 2 de la Res 153-DGC-08 establece que la Directora Gral del Planetario instruirá para la cumplimentación de la Res 2202-MH-06
COMPLEMENTADA POR
Disp. 71-10, Art. 3° establece el cumplimiento de la Res. 2202-06 para los espectáculos de la Dirección General de Música
INTEGRA
Res.2202-MHGC-06 establece requisito de ingreso a lugares públicos no comprendidos en la Res.289-MHGC-06
INTEGRADA POR
Disp. 47-DGCG-07 Integra Resol. 2202-MHGC-06 obligación de exhibir textos.