DISPOSICIÓN 142 2012 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE LA DISPOSICIÓN A 505-DGC-11 - CIRCUITO ADMINISTRATIVO CONTABLE Y DE RECAUDACIÓN - COBRO Y RENDICIÓN DE INGRESOS NO TRIBUTARIOS - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - COBRO DE CURSOS Y TALLERES - EMISIÓN DE LA BOLETA ÚNICA - PROCEDIMIENTO - CONTROLADORES FISCALES - DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA - CENTROS DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN - CGPC - SERVICIOS

Publicación:

16/04/2012

Sanción:

10/04/2012

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA


VISTO:

Los términos de la Ley 70 de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires, la Resolución 2695-SHyF/2004 y las Disposiciones N° A 280-DGC/2004, 15-DGTES/2009 y A 505-DGC/2011, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires es el Órgano Rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental y responsable de dictar normas, poner en funcionamiento y mantener dicho sistema en todo el ámbito del Sector Público;

Que por Resolución N° 2695-SHyF-04 se aprobó el modelo de comprobante de recupero de gasto emitido por los Organismos y Dependencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que por Disposición N° A 280-DGCG-04 se aprobó el procedimiento administrativo para la implementación de la mencionada resolución;

Que por Disposición N° 15-DGTES-09 se aprobó el modelo de boleta única con código de barras para el cobro de todos los derechos de timbre u otro concepto de la ley tarifaria;

Que por Disposición N° A 505-DGCG-11 se aprobó el circuito administrativo y de recaudación del Instituto Superior de Seguridad Pública, y en su art. 3° establece que el cobro de cursos y talleres se realizará a través de la emisión del comprobante recupero de gasto;

Que la Dirección General de Contaduría a través del Área Departamento Fiscalización se encuentra abocada al relevamiento de los ingresos no tributarios que se perciben en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que atento las necesidades operativas detectadas y al análisis de la información relevada se hace necesario dictar una norma que modifique el actual Circuito Administrativo Contable y de Recaudación establecido por la Disposición N° A 505-DGC/2011 para el cobro de cursos y talleres que se dicten a través del Instituto Superior de Seguridad Publica del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTAURIA

DISPONE

Artículo 1°. Modificase el Art. 3° de la Disposición A 505-DGC/2011 por el siguiente: "El cobro de cursos y talleres se realizara con la emisión de la Boleta Única establecida por la Disposición 15-DGTES/2009,así como también el pago de los conceptos precedentemente enunciados se efectuara a través de los Controladores Fiscales que la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda tiene a su cargo en los Centros de Gestión y Participación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 2°. Ante una eventualidad como es la falta de energía eléctrica y/o fallas en el sistema informático que impidan la emisión e impresión de la Boleta Única, se autoriza y a modo de excepción la utilización del Comprobante Recupero de Gastos manual establecido por la Resolución 2695-SHyF/2004, reglamentado por la Disposición A 280-DGC/2004 y que deberá ser informado al Área Departamento Fiscalización junto a la rendición mensual de los ingresos no tributarios.

Artículo 3°. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires para su conocimiento, y remítase a la Dirección General Técnica Administrativa Legal y a la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Sindicatura General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección General de Tesorería y al Área Fiscalización de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la Dirección Técnica, Legal y de Control de la Dirección General de Contaduría. Messineo

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Art 2 de la Disp 142-DGC-12 establece uso a modo de excepción del Comprobante Recupero de Gastos manual, que deberá ser informado al Área Departamento Fiscalización junto a la rendición mensual de los ingresos no tributarios para el cobro de cursos y talleres del Instituto de Seguridad Pública
COMPLEMENTA
Disp 143-DGC-12 modificatoria de la Disp 505-DGC-11, establece cobro de cursos y taleres con la emisión de la Boleta Unica establecida por la Disp 15-DGTES-09, ampliando su ámbito de aplicación
COMPLEMENTA
Disp 143-DGC-12 modificatoria de la Disp 505-DGC-11, establece cobro de cursos y talleres a través de los Controladores Fiscales que la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda tiene a su cargo en los Centros de Gestión y Participación del Gobierno, servicios establecidos por Dto 1958-98
MODIFICA
Art 1 de la Disp 142-DGC-12 modifica el Art 3 de la Disp 5-DGC-11
INTEGRA
Art 2 dela Disp 142-DGC-12 Establece que ante una eventualidad como es la falta de energía eléctrica y/o fallas en el sistema informático que impidan la emisión e impresión de la Boleta Única, se autoriza y a modo de excepción la utilización del Comprobante Recupero de Gastos manual establecido por la Resolución 2695-SHyF-04