RESOLUCIÓN 40 2012 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
MODIFICA RESOLUCIÓN 5-SGCBA-11 - DEROGA RESOLUCIÓN 79-SGCBA-11 - SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
13/04/2012
Sanción:
11/04/2012
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 70 (BOCBA N° 539), y N° 471 (BOCBA N° 1.026), las Resoluciones N° 17-SGCBA/10 (BOCBA N° 3.378), N° 4-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597), N° 5-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597), N° 79-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.773), N° 24-SGCBA/12 (BOCBA N° 3.869), el Expediente N° 716.985/12, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que la Ley N° 70, en su artículo 130, inciso 2) otorga al/la Síndico/a General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General de la Ciudad en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal;
Que en razón de las facultades establecidas en el inciso 8) del artículo citado anteriormente, el/la Síndico/a General administra su presupuesto, resuelve y aprueba los gastos del Organismo;
Que la Ley N° 471 establece el régimen aplicable al personal de la Administración Publica del Gobierno de la Ciudad, dependiente del Poder Ejecutivo, inclusive entes jurídicamente descentralizados, sociedades estatales y el personal dependiente de las Comunas;
Que mediante la Resolución N° 17-SGCBA/10 se aprobó la Estructura Organizativa de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires para sus estamentos superiores e inferiores, estableciendo sus Responsabilidades Primarias y Acciones y sus respectivos niveles remunerativos;
Que mediante Resolución N° 4-SGCBA/11 se aprobó el Estatuto del Personal de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que mediante Resolución N° 5-SGCBA/11 se aprobó el Sistema de Carrera Administrativa de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por Resolución N° 79-SGCBA/11 se modificó el artículo 15 del Anexo I de la Resolución N° 5-SGCBA/11, estableciendo el valor de la Unidad Retributiva en la suma remunerativa de pesos 1,4990;
Que mediante Resolución N° 24-SGCBA/12 se modificó la Estructura Organizativa de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires a partir del día 1° de marzo de 2012;
Que en relación con el criterio remuneratorio adoptado y a fin de jerarquizar el régimen establecido para el personal que revista en el Sistema de Carrera Administrativa de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, deviene necesario dictar la norma legal correspondiente;
Que existen fondos suficientes para afrontar el gasto requerido;
Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 720.772-SGCBA/12.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 2) y 8) del artículo 130 de la Ley N° 70,
Artículo 1°.- Modifícase, a partir del día 1° de marzo de 2012, el artículo 15 del Anexo I de la Resolución N° 5-SGCBA/11, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 15°.- Del Valor de la Unidad Retributiva: El valor de la unidad retributiva correspondiente a los niveles salariales obrantes en el Anexo IV de la presente se determina en la suma remunerativa de pesos 1,65. Dicho valor se adecuará conforme los aumentos que en el futuro se dispongan para el personal de Planta Permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".
Artículo 2°.- Derógase, a partir del día 1° de marzo de 2012, la Resolución N° 79-SGCBA/11.
Artículo 3°.- Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial