DISPOSICIÓN 400 2012 DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

Síntesis:

CREA REGISTRO DE TRANSPORTES DE SUSTANCIAS ALIMENTICIAS - ENCOMENDAR MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO - FISCALIZACIÓN DE MERCADERÍA EN TRANSITO Y VÍA PÚBLICA - DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA - TRAMITACIÓN DE LA TARJETA HABILITANTE - PLANILLA DE HABILITACIÓN - RENOVACIÓN DE HABILITACIÓN E INSPECCIÓN DE TRANSPORTE - FORMULARIO DE SOLICITUD DE FISCALIZACIÓN - UTA - VIGENCIA EN TÉRMINO DE 30 DÍAS

Publicación:

28/05/2012

Sanción:

12/04/2012

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

Estado:

No vigente


DISPOSICIÓN N.° 400/DGHYSA/12

Buenos Aires, 12 de abril de 2012

VISTO

La Ley N° 3131-GCBA, y su Resolución Reglamentaria N° 74/AGC/2012, con sus

modificaciones que reglamentan aquella, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Ley N° 2624, se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), entidad

autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, con las competencias y

la organización que la norma determina

Que, por resolución N° 296-AGC-08 y sus modificatorias, se aprobó la estructura

orgánica funcional de la AGC, de conformidad con las previsiones de la citada ley.

Que, la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria se encuentra dentro de

la estructura orgánica de la AGC, conforme a lo establecido en los artículos 4° y 5° de

la Ley N° 2624.

Que, la Dirección de Seguridad Alimentaria, dependiente de ésta Dirección General,

tiene entre sus funciones la fiscalización del transporte de materias primas y productos

alimenticios y de su comercialización en la vía pública.

Que, a través del dictado de la Ley 3131-GCBA, se aprobó la modificación al Código

de Habilitaciones y Verificaciones en lo referente a Transporte de Sustancias

Alimenticias, Capítulo 8.5.

Que mediante la Resolución N° 74/AGC/2012, se reglamentó los Artículos 8.5.1; 8.5.2;

8.5.11 y 8.5.12 de la Ley N° 3131-GCBA, resolviendo que la Dirección General de

Higiene y Seguridad Alimentaría, es la autoridad de aplicación competente de los

antedichos artículos.

Que, el Art. 2° de la Resolución mencionada anteriormente instruye a ésta Dirección

General a redactar normas complementarias a fin de implementar el procedimiento.

Por ello y en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1510-GCBA-

1997, 1363-GCBA-2002 y sus modificatorios, Ley N° 2624 y Resolución N° 296-AGC-

08; Ley N° 3131-GCBA y Resolución N° 74/AGC/2012;

EL DIRECTOR GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

DISPONE

Artículo 1°.- Crear el Registro de Transportes de Sustancias Alimenticias.

Artículo 2°.- Encomendar el mantenimiento y actualización del registro mencionado en

el artículo anterior al Departamento de Fiscalización de Mercadería en Transito y Vía

Pública dependiente de la Dirección de Seguridad Alimentaria bajo la orbita de ésta

Dirección General.

Artículo 3°.-Aprobar al Anexo I, aspectos generales y procedimentales de la

tramitación de la tarjeta habilitante para transporte de sustancias alimenticias; al Anexo

II, planilla de habilitación, renovación de habilitación e inspección de transporte de

sustancias alimenticias; al Anexo III, tarjeta habilitante para el transporte de sustancias

alimenticias; al Anexo IV, formulario de solicitud de fiscalización de Trasportes de

Sustancias Alimenticias (de aquí en mas U.T.A)

Articulo 4°.- La presente Disposición entrará en vigencia en el término de 30 (treinta)

días corridos contados a partir de su publicación en el boletín oficial.

Artículo 5°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Cumplido, Archívese, y notifíquese todos los interesados. Parera


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3919

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 826-DGHYSA-17 deja sin efecto la Disposición 400-DGHYSA-12.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1, Disposición 1071-DGHYSA-12, deja sin efecto el Anexo I y Anexo IV de la Disposición 400-DGHYSA-12<strong>(DEROGADA)</strong></p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 400-DGHYSA-12 <strong>(DEROGADA)</strong> crea el Registro de Transportes de Sustancias Alimenticias. </p><p>Art. 3, aprueba los Anexos I, II, III y IV, referidos a aspectos generales y procedimentales de la<br />tramitación de la tarjeta habilitante para transporte de sustancias alimenticias, a la planilla de habilitación, renovación de habilitación e inspección de transporte de sustancias alimenticias, a la tarjeta habilitante para el transporte de sustancias alimenticias, y al formulario de solicitud de fiscalización de Transportes de<br />Sustancias Alimenticias.</p>