DISPOSICIÓN 117 2012 DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - APRA
Síntesis:
APRUEBA PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN Y OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL - ASIGNA RECURSOS HUMANOS Y TERMINALES DE SERVICIO ADICIONALES
Publicación:
18/06/2012
Sanción:
14/06/2012
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - APRA
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 123 y sus
modificatorias Leyes N° 452 y N° 1733, la Ley N° 2.628, los Decretos Nros. 220/07,
138/08 y N° 222/12, la Resolución N° 197/APRA/12, y el Expediente N° 1060225/2012,
y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su artículo 30
establece en forma obligatoria la evaluación previa del impacto ambiental de todo
emprendimiento público o privado susceptible de producir relevante efecto y su
correspondiente discusión en audiencia pública;
Que la Ley N° 123 y su decreto reglamentario N° 222/12 regulan el procedimiento
técnico administrativo de evaluación de impacto ambiental;
Que resulta menester establecer el procedimiento para la obtención del Certificado de
Aptitud Ambiental mediante la iniciación del trámite a través de la página Web oficial
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la Ley N° 2.628, de creación de la Agencia de Protección Ambiental, dispone
como objeto el de proteger la calidad ambiental a través de la planificación,
programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política
ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la misma Ley N° 2.628, establece que la Agencia de Protección Ambiental es
administrada por un Presidente, cargo para el que fuera designado el Licenciado
Javier Francisco Corcuera Quiroga;
Que mediante la Resolución N° 355/APRA/10, modificada por su similar N°
406/APRA/10, fue designado el Licenciado Arturo Mario Navarro Ithuralde en el cargo
de Director General Técnico Administrativo y Legal;
Que ante la ausencia transitoria del Presidente de ésta Agencia, entre los días 13 y 23
de junio de 2012, por Resolución N° 197/APRA/12 se encomendó la atención de los
asuntos y firma del despacho de la Presidencia de la Agencia de Protección Ambiental
al señor Director General Técnico, Administrativo y Legal
Que el Decreto N° 222/12 establece que la Agencia de Protección Ambiental de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires o el organismo que en el futuro la reemplace, es la
Autoridad de Aplicación de la Ley N° 123 y como tal está facultada para dictar las
normas complementarias que fueren necesarias para su mejor aplicación;
Que, asimismo, corresponde incorporar al "Cuadro de Categorización" de actividades
aprobado como Anexo II del precitado Decreto, las referencias a los formularios de
inicio de trámite;
Que en dicho Cuadro se incorporan, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto
con Condiciones, actividades consideradas por el Decreto N° 222/12 como sujetas a
categorización, en el universo de actividades preexistentes;
Que para aquellas actividades, proyectos, programas y/o emprendimientos que se
encuadren en rubros que resulten Sujetos a Categorización (s/C) en el Cuadro de
Categorización, se establece un procedimiento de categorización por aplicación de los
Indicadores de Valoración Ambiental en reemplazo de la Fórmula Polinómica que
preveía la normativa derogada;
Que la Dirección General de Evaluación Técnica ha tomado debida intervención, en
virtud de las competencias que le han sido asignadas por la Resolución N°
13/APRA/12;
Que por su parte ha tomado la intervención de su competencia la Gerencia Operativa
de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Técnico, Administrativo y Legal.
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 2628, el Decreto N°
222/12 y la Resolución N° 197/APRA/12,
Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento para la tramitación y obtención del Certificado de Aptitud Ambiental que, como Anexos I a XII, SADE DI-2012-01250446-
DGTALAPRA, SADE DI-2012-01250542-DGTALAPRA, SADE DI-2012-01250549-
DGTALAPRA, SADE DI-2012-01250557-DGTALAPRA, SADE DI-2012-01250562-
DGTALAPRA, SADE DI-2012-01250691-DGTALAPRA, SADE DI-2012-01250696-
DGTALAPRA, SADE DI-2012-01250698-DGTALAPRA, SADE DI-2012-01250704-
DGTALAPRA, SADE DI-2012-01250708-DGTALAPRA, SADE DI-2012-01250725-
DGTALAPRA y SADE DI-2012-01250727-DGTALAPRA, respectivamente, forman
parte integrante de la presente disposición. Los Anexos son: Anexo I Procedimiento
Técnico - Administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental; Anexo II Del Cuadro de
Categorización aprobado como Anexo II por el Decreto N° 222/12 con las referencias a
los formularios de inicio del trámite. Anexo III a) Actividades, proyectos, programas y/o
emprendimientos categorizados como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto
(SRE.); Anexo III b) Actividades, proyectos, programas y/o emprendimientos
categorizados como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto con Condiciones
(SRE. c/C); Anexo III c) Actividades, proyectos, programas y/o emprendimientos
categorizados como Sujetos a Categorización (s/C); Anexo III d) Actividades,
proyectos, programas y/o emprendimientos sujetos a categorización (s/C inc. b) y
aquellos categorizados como de Impacto Ambiental Con Relevante Efecto (CRE.);
Anexo III e) Actividades con Requerimientos Particulares; Anexo III f) Plan de
Adecuación Ambiental; Anexo IV De los Indicadores de Valoración Ambiental; Anexo V
Formulario de Categorización de Impacto Ambiental de actividades, proyectos,
programas y/o emprendimientos Sin Relevante Efecto (SRE.); Anexo VI Listado de
actividades proyectos, programas y/o emprendimientos Sin Relevante Efecto con
Condiciones (SRE c/C) previstas por el Cuadro de Categorización conforme el Anexo
II - Formularios de categorización a); b); c); d); e); f); g); h); i); j); k); l); m) y n); Anexo
VII Formulario de categorización de Impacto Ambiental de actividades, proyectos,
programas y/o emprendimientos Sujetos a Categorización (s/C) o Con Relevante
Efecto (CRE); Anexo VIII Certificado de Aptitud Ambiental de actividades, proyectos,
programas y/o emprendimientos Sin Relevante Efecto (SRE); Anexo IX Certificado de
Aptitud Ambiental de actividades, proyectos, programas y/o emprendimientos Con
Relevante Efecto (CRE); Anexo X Formulario de Solicitud de Inscripción de
Consultores en el Rubro previsto en el art. 41 inc. b) de la Ley N° 123; Anexo XI
Formulario de Solicitud de Inscripción de Profesionales Universitarios en el Rubro
previsto en el art. 41 inc. b) de la Ley N° 123; Anexo XII Formulario de Solicitud de
Inscripción de Profesionales no Universitarios en el Rubro previsto en el art. 41 inc. b)
de la Ley N° 123.
Artículo 2°.- Asígnanse recursos humanos y terminales de servicio adicionales en la
sede de la Agencia de Protección Ambiental o en el lugar que se disponga los que se
destinarán a facilitar la etapa inicial de implementación del procedimiento para la
solicitud del certificado de aptitud ambiental vía página web oficial del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3°.- La presente disposición entrará en vigencia el día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
y para su conocimiento, y demás efectos comuníquese a las Direcciones Generales de
la Agencia de Protección Ambiental, a la Dirección General de Habilitaciones y
Permisos de la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de
Interpretación Urbanística del Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese.
Navarro
ANEXOS
Anexo de la Disposición 117-DGTALAPRA-12