RESOLUCIÓN 1549 2002 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

MODIFíCASE LA REDACCIÓN DEL ART. 2° DE LA RESOLUCIÓN N° 2.676/SHYF/01, B.O. N° 1350, REFERENTE A LAS PREVISIONES DE APLICACIÓN COMUN A LA LEY N° 671

Publicación:

16/05/2002

Sanción:

09/05/2002

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Decreto N° 2.076/01 (B.O. N° 1346), las Resoluciones N° 2.676/SHyF/01 (B.O. N° 1350) y N° 789/SHyF/02 (B.O. N° 1415) y,

CONSIDERANDO:

Que la situación económico financiera que determinó la reducción de las tasas del interés por financiación en el régimen previsto por la Ley N° 671 (B.O. N° 1330), se mantiene actualmente;

Que la crisis existente requiere por parte de la Administración la adopción de medidas excepcionales que permitan que los contribuyentes regularicen sus obligaciones fiscales, con una reducción en la tasa del interés de financiación que alcance hasta la finalización del plazo previsto por el Art. 1° de la Ley citada;

Por ello, en ejercicio de la atribución conferida por el artículo 14 Inc. a) del Decreto N° 2.076/01,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° Modifícase la nueva redacción del artículo 2° de la Resolución N° 2.676/SHyF/01, establecida por la Resolución N° 789/SHyF/02, el que queda reemplazado por el siguiente texto:

Artículo 2° - Fíjase la tasa del 0,25% mensual, equivalente al 3% anual, en concepto de interés por financiación para los acogimientos que se presenten durante la vigencia de la Ley N° 671.

Artículo 2° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaría de Ingresos Públicos y a la Dirección General de Rentas. Pesce