DECRETO 509 2002

Síntesis:

SUPRESIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ESPACIOS VERDES DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DE ESPACIO PÚBLICO Y DESARROLLO URBANO DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y PLANEAMIENTO URBANO. MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL G.C.A.B.A.

Publicación:

31/05/2002

Sanción:

22/05/2002

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 430/GCABA/2002 y el Expediente N° 27.491/2002, y

CONSIDERANDO:

Que por dicha norma legal se modificó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, modificándose la denominación de la ex Secretaría de Medio Ambiente y Espacio Público por la de Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano;

Que forma parte integrante de la estructura orgánica de la Secretaría mencionada en último término del considerando anterior, la Dirección General Adjunta de la Dirección General de Espacios Verdes dependiente de la Subsecretaría de Espacio Público y Desarrollo Urbano de la Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano;

Que, se hace necesario adaptar la nueva estructura de la Secretaría ya mencionada a sus reales necesidades;

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias artículos 102 y 104, Inc. 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD

AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Suprímese la Dirección General Adjunta de la Dirección General de Espacios Verdes dependiente de la Subsecretaría de Espacio Público y Desarrollo Urbano de la Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano.

Artículo 2° Encomiéndase a la Subsecretaría Legal y Técnica dependiente del Jefe de Gobierno la aprobación y publicación del texto ordenado de la estructura organizativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires actualizado y sistematizado con las adecuaciones que correspondan en los anexos I (Organigrama) y II (Objetivos y Responsabilidades Primarias).

Artículo 3° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano y de Hacienda y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 4° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Secretarías, a las Subsecretarías del Area Jefe de Gobierno, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo y de Recursos Humanos y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

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