DECRETO 58 2013
Síntesis:
APROBACIÓN DE PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA EL OTORGAMIENTO MEDIANTE EL RÉGIMEN DE CONCESIÓN DE OBRA PÚBLICA PARA EL DISEÑO CONSTRUCCIÓN MANTENIMIENTO ADMINISTRACIÓN, Y EXPLOTACIÓN DE UN CENTRO DE CONCENTRACIÓN LOGÍSTICA - TRANSPORTE DE CARGAS - EMPRESA CTC ADMINISTRADORA SA - INICIATIVA PRIVADA - DELEGACIÓN DE FACULTADES - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - AV ROCA - AV 27 DE FEBRERO - AV PERGAMINO - AUTOPISTA PRESIDENTE CÁMPORA
Publicación:
01/02/2013
Sanción:
30/01/2013
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley Nacional N° 17.520 y modificatorias, las Leyes Nros.70, N° 4.348, N° 4.476, los
Decretos N° 592/11 y N° 57/13, el Expediente N° 211.070/13, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 4.348 promueve la conformación de Centros de Concentración Logística
dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se concentre y brinde la
actividad del transporte de cargas, incentivando de tal modo las buenas prácticas para
el sector, fomentando la relocalización de empresas , adquiriendo economías de
escala, evitando la dispersión territorial en áreas residenciales, optimizando los
procesos, racionalizando y ordenando la circulación de los vehículos de carga de la
Ciudad de Buenos Aires;
Que en ese sentido, la Ley N° 4.476 procedió a desafectar al Distrito E4-9 de
Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, delimitado por las Avenida Coronel
Roca, su continuación por la Avenida Intendente Rabanal, la calle Pergamino, la
Avenida 27 de Febrero y la Autopista Presidente Héctor J. Cámpora (AU-7),
afectándolo a "Centro de Transferencia de Cargas Sur";
Que a través del Decreto N° 592/11 se declaró de interés público, en el marco del
Régimen de Iniciativa Privada establecido por el Decreto Nacional N° 966/PEN/05, el
objeto de la propuesta presentada por la empresa CTC Administradora S.A.
consistente en la construcción y posterior administración de un Centro de
Transferencia de Cargas ubicado en el predio precitado, reconociéndose a esa
empresa, como autora de la iniciativa privada referida, los derechos previstos en los
artículos 8°,9° y 10 del Anexo I del Decreto N° 966/PEN/05.
Que el artículo 8° de la Ley N° 4.476 aprueba la propuesta presentada por la empresa
CTC Administradora S.A., consistente en una concesión de obra pública, por un plazo
de treinta (30) años, para la construcción y posterior administración de un Centro de
Transferencia de Cargas en el predio arriba descripto, autorizándose al Poder
Ejecutivo, a través del artículo 9° de la misma Ley, a efectuar el llamado a licitación
pública o concurso de proyectos integrales , en los términos del artículo 6° del Anexo I
del Decreto N° 966/PEN/05 , para el diseño, construcción , mantenimiento,
administración y explotación en concesión del Centro de Transferencia de Cargas, de
acuerdo al proyecto presentado por la empresa arriba mencionada;
Que por otro lado, el artículo 13 de la Ley N° 4.476 establece que toda referencia a
"Centro de Transferencia de Cargas " se entenderá como una referencia a "Centros
Concentradores de Logística",equiparándose ambas figuras;
Que por el Decreto N° 57/13 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales
que rige para el Diseño, Construcción, Mantenimiento, Administración y Explotación de
los Centros de Concentración Logística;
Que en las actuaciones citadas en el Visto , se propicia el llamado a Licitación Pública
para el otorgamiento mediante Concesión de Obra Pública para el Diseño,
Construcción, Mantenimiento, Administración, y Explotación del Centro de
Concentración Logística, ubicado en las Avenidas Coronel Roca, 27 de Febrero,
Pergamino y Autopista Presidente Cámpora de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en consecuencia, corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y de Especificaciones Técnicas que regirá la presente Licitación Pública ,
el que se ajusta a los lineamientos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones
Generales precitado y a las disposiciones de la Ley N° 4.476;
Que los Pliegos de Bases y Condiciones que rigen la presente Licitación serán
obtenidos previo pago de una suma total de pesos veinticinco mil ($ 25.000,00), ello
teniendo en cuenta las características de la misma y la trascendencia e importancia
que reviste dicha Licitación para el interés público;
Que a fin de lograr una mejor coordinación administrativa y eficiencia en la gestión del
proceso en cuestión, es procedente delegar en el señor Ministro de Desarrollo
Económico la facultad necesaria para realizar el llamado a Licitación Pública, dictar los
actos administrativos necesarios para materializar la contratación, adjudicar la
concesión y explotación y suscribir el pertinente contrato, así como también todos los
que sean menester para la ejecución del mismo;
Que a su vez, resulta necesario facultar a la Dirección General de Concesiones del
Ministerio de Desarrollo Económico para emitir las aclaraciones con o sin consulta
respecto de la documentación cuya aprobación se propicia;
Que la Procuración General de la Ciudad de .Buenos Aires ha tomado la intervención
que le compete, en virtud de la Ley N° 1.218.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 104, incisos 21, 23 y 24 de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de
Especificaciones Técnicas que regirán el llamado a Licitación Pública para el
otorgamiento mediante el régimen de Concesión de Obra Pública para el Diseño,
Construcción, Mantenimiento, Administración, y Explotación de un Centro de
Concentración Logística, en los términos de las Leyes Nros. 4.348 y N° 4.476, ubicado
en las Avenidas Coronel Roca, 27 de Febrero, Pergamino y Autopista Presidente
Cámpora de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los que como Anexos I y II forman
parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Deléguese en el señor Ministro de Desarrollo Económico las facultades
para realizar el llamado a Licitación Pública, dictar los actos administrativos necesarios
para materializar la contratación, adjudicar la concesión y explotación y suscribir el
pertinente contrato, así como también todos los que sean menester para la ejecución
del mismo.
Artículo 3°.- Facúltese a la Dirección General de Concesiones del Ministerio de
Desarrollo Económico para emitir aclaraciones con o sin consulta, respecto
exclusivamente del proceso licitatorio y de la documentación aprobada en el artículo 1°
del presente Decreto.
Artículo 4°.- Establécese que los Pliegos aprobados en el artículo 1° del presente
Decreto tendrán un valor de pesos veinticinco mil ($ 25.000,00).
Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo
Económico y de Desarrollo Urbano y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 6°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, y comuníquese a los Ministerios de Desarrollo Económico, de Desarrollo
Urbano, de Ambiente y Espacio Público, de Salud, y de Educación, a la Subsecretaría
de Transporte de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a·Ia Dirección General de
Concesiones. Cumplido, archívese. MACRI - Cabrera - Chaín - Rodríguez Larreta
ANEXOS