DECRETO 170 2013

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ESTRUCTURA ORGÁNICA - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - ORGANIGRAMA- RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - ACCIONES -OBJETIVOS- SUPRESIÓN DE ORGANISMOS - DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN - SUBSECRETARÍA DE HIGIENE URBANA- CREACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN EN LA VÍA PÚBLICA - SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN- DIRECCIÓN GENERAL TRATAMIENTO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS- GERENCIA OPERATIVA CONTROL DE APERTURAS EN LA VÍA PÚBLICA- SUBGERENCIA OPERATIVAS FISCALIZACIÓN 1- SUBGERENCIA OPERATIVA FISCALIZACIÓN  2 - SUBGERENCIA OPERATIVA COORDINACIÓN- GERENCIA OPERATIVA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN - SUBGERENCIA OPERATIVA PLANIFICACIÓN - SUBGERENCIA OPERATIVA VERIFICACIÓN- NIVEL GERENCIAL- GERENCIA OPERATIVA PLANTAS DE TRATAMIENTO- GERENCIA OPERATIVA RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS - GERENCIA OPERATIVA NUEVAS TECNOLOGÍAS - DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE GESTIÓN- GERENCIA OPERATIVA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDO- GERENCIA OPERATIVA DE PLANIFICACIÓN

Publicación:

15/05/2013

Sanción:

09/05/2013

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 4.013, los Decretos Nros. 660/11, 339/12, 425/12, 66/13, el Expediente N°

1.116.652/13, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de los objetivos antes

mencionados;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por Decreto N° 684/09 se reglamentó el Régimen Gerencial para los cargos más

altos de la Administración Pública previstos en el artículo 34 de la Ley N° 471;

Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al

Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que a través del Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de

Dirección General, modificándose parcialmente mediante los Decretos Nros. 339/12,

425/12 y 66/13 la estructura del Ministerio de Ambiente y Espacio Público,

aprobándose asimismo, la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del

mencionado Ministerio;

Que de la experiencia en la gestión de gobierno surge la necesidad de realizar

modificaciones en la estructura organizativa del citado Ministerio; a los fines de una

mejor proyección operativa y una mayor eficiencia administrativa, propiciándose entre

las referidas modificaciones la creación de la Dirección General Fiscalización en la Vía

Pública en el ámbito de la Subsecretaría de Administración cuya principal

responsabilidad primaria consiste en ejercer la fiscalización y control en materia de

aperturas en la vía pública;

Que asimismo se propicia crear con dependencia de la citada Dirección General la

Gerencia Operativa Control de Aperturas en la Vía Pública, con sus Subgerencias

Operativas Fiscalización N° 1, Fiscalización N° 2 y; de Coordinación; así como la

Gerencia Operativa de Planificación y Gestión de la Información con sus Subgerencias

Operativas Planificación y; Verificación;

Que por otra parte se crea la Dirección General Tratamiento y Nuevas Tecnologías en

el ámbito de la Subsecretaría de Higiene Urbana, cuya principal responsabilidad

primaria consiste en la formulación e implementación de la planificación y el control del

tratamiento de residuos sólidos urbanos húmedos y secos en el ámbito de la Ciudad,

así como la coordinación y planificación de todas las medidas necesarias a los fines de

cumplimentar con la Ley N° 1.854, creándose en su órbita; las Gerencias Operativas

Plantas de Tratamiento; Residuos Sólidos Urbanos y; Nuevas Tecnologías;

Que en lo que respecta a la Dirección General de Comunicación y a la Dirección

General de Control de Gestión, se proyecta crear las Gerencias Operativas de

Comunicación y Contenido; y de Planificación, respectivamente;

Que en lo que atañe al Régimen Gerencial de la Dirección General de Limpieza,

resulta necesario adecuar la actual conformación, procediendo a la creación de

nuevas instancias que brinden soporte operativo a la citada Dirección General;

Que en este marco, se prevé, suprimir la Dirección General Inspección dependiente de

la Subsecretaría de Higiene Urbana, y las correspondientes Gerencias Operativas

Faltas Comunales y de Control de Higiene; y Subgerencias Operativas Soporte de

Operaciones de Inspección; Vía Pública; Control de Volquetes; Control de Inmuebles

y; Control de Plagas, transfiriendo el personal, presupuesto y patrimonio de la citada

Dirección General a la Dirección General de Limpieza;

Que en virtud de lo expuesto corresponde modificar parcialmente la estructura

organizativa del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, aprobada por el Decreto N°

660/11.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícase parcialmente a partir del 1° de marzo del corriente año, la

estructura organizativa del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado el Decreto N° 660/11, de

acuerdo con los Anexos I (Organigrama) y II (Responsabilidades Primarias, Acciones y

Objetivos), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Suprímase la Dirección General Inspección dependiente de la

Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

Artículo 3°.- Transfiérese el personal, presupuesto y patrimonio de la Dirección

General de Inspección a la Dirección General de Limpieza.

Artículo 4°.- Créase la Dirección General Fiscalización en la Vía Pública en la órbita de

la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

Artículo 5°.- Créase la Dirección General Tratamiento y Nuevas Tecnologías en la

órbita de la Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Ambiente y Espacio

Público.

Artículo 6°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de

Modernización y de Ambiente y Espacio Público y por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 8°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, comuníquese a Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio

de Modernización, a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto del Ministerio de Hacienda y de Estructuras del Gobierno y Relaciones

Laborales y Operaciones y Tecnología del Ministerio de Modernización, y para su

conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

Cumplido, archívese. MACRI - Ibarra - Santilli - Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4153

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 1 del Dto 170-13 modifica la estructura organizativa del Ministerio de Ambiente y Espacio Público quedando modificado el Dto 660-11
MODIFICADA POR
<p>Art. 5 del Decreto 342-13, modifica las responsabilidades primarias asignadas a la DIrección General de Ordenamiento del Espacio Público, establecidas por el Decreto 170-13, las que quedan redactadas conforme se dispone en el Anexo I. </p>
INTEGRADA POR
Art. 1 de la Res. 1285-MAYEPGC-13 transfiere a la Direcicón General de Fiscalización de la Vía Pública, creada por Decreto 170-13, el Registro Estadístico de Incumplimientos de Permisos de Apertura.