RESOLUCIÓN 412 2013 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
APROBACIÓN DE DOCUMENTOS - EMISIÓN DE TÍTULOS PÚBLICOS - TÍTULOS DE CLASE 4 -PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO EN EL MERCADO LOCAL - LEY 4315- SUPLEMENTO DEL PROSPECTO DEL 14-5-13 CONTRATO DE COLOCACIÓN - PUENTE HNOS SOCIEDAD DE BOLSA SA- TÍTULOS DE LA DEUDA PÚBLICA - FINANCIAMIENTO PARA LA PROVISIÓN DEL MATERIAL RODANTE PARA LA LÍNEA H DE SUBTERRÁNEOS
Publicación:
16/05/2013
Sanción:
15/05/2013
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO
La Ley N° 4.315, la Ley N° 4.431, la Ley N° 4.472 y la Ley N° 4.382, el Decreto N°
161-GCBA/2013 y la Resolución N° 382-MHGC/2013 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 4.315 creó un programa de financiamiento en el mercado local para la
emisión de títulos de la deuda pública por hasta la suma de dólares estadounidenses
cien millones (U$S 100.000.000), monto que fue ampliado por la Ley N° 4.431 por
hasta la suma de dólares estadounidenses ciento ochenta y cinco millones (U$S
185.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas y por la Ley N° 4.472
por hasta la suma de dólares estadounidenses doscientos ochenta y cinco millones
(U$S 285.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas (el "Programa de
Financiamiento en el Mercado Local");
Que por la Ley N° 4.382 se autorizó al Poder Ejecutivo a contraer un préstamo
financiero con el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social o, de no obtenerse
la autorización del Banco Central de la República Argentina requerida para
instrumentar dicho préstamo antes del 31 de marzo de 2013, a contraer un empréstito
público representado por una o más emisiones de títulos de deuda pública, por un
importe de hasta dólares estadounidenses doscientos dieciséis millones (U$S
216.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas (los "Títulos" o los
"Títulos de la Clase 4");
Que los artículos 1° y 2° de la Ley N° 4.382 fijaron como destino de los fondos de los
Títulos el financiamiento para la provisión del material rodante para la Línea H de
subterráneos;
Que el artículo 6° de la Ley N° 4.382 autorizó al Poder Ejecutivo, a través del
Ministerio de Hacienda, a dictar las normas reglamentarias y/o complementarias que
establezcan las restantes condiciones necesarias para el cumplimiento de dicha Ley,
así como la instrumentación de acuerdos de cobertura de riesgo cambiario;
Que el Decreto N° 161 emitido por el Jefe de Gobierno de la Ciudad, de fecha 3 de
mayo de 2013, autorizó al Ministerio de Hacienda de la Ciudad a ejecutar la emisión
de los Títulos y autorizó al Ministerio de Hacienda de la Ciudad, a la Subsecretaría de
Gestión y Administración Financiera y a la Dirección General de Crédito Público a
dictar las normas reglamentarias para la emisión;
Que la Resolución N° 382-MHGC/2013 del 9 de mayo de 2013 aprobó los términos y
condiciones generales de los Títulos de la de la Clase 4 a emitir en el marco del
Programa de Financiamiento en el Mercado Local por la suma de hasta dólares
estadounidenses doscientos dieciséis millones (U$S 216.000.000)) y/o su equivalente
en otra y/u otras monedas, ampliando el monto del Programa de Financiamiento en el
Mercado Local en la suma de doscientos dieciséis millones (U$S 216.000.000) y/o su
equivalente en otra y/u otras monedas. Aprobó también, los términos y condiciones
particulares de los Títulos, incluyendo su monto, plazo, moneda de denominación,
modo de suscripción e integración, tasa de interés, amortización, tasa y fecha de
interés, moneda de pago de los intereses, orden de prelación, compromisos,
supuestos de incumplimiento, ley aplicable y jurisdicción, entre otras cláusulas;
Que los contratos y demás documentación suscripta en el marco del Programa, así
como el suplemento de prospecto del 14 de mayo de 2013 (el "Suplemento de
Prospecto"), documentación adjuntada en el Anexo como parte integrante de la
presente, son los usuales que se adoptan en esta clase de operaciones, cumplen con
la normativa nacional y de la Ciudad de Buenos Aires respecto de las operaciones de
Crédito Público, incluyendo la Ley N° 4.315, la Ley N° 4.431, la Ley N° 4.472 y la Ley
N° 4.382, y resultan adecuados a los propósitos y objetivos del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que para la implementación de la propuesta de financiamiento realizada por
Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado, que será llevada a cabo por
Puente Hnos. Sociedad de Bolsa S.A. para la estructuración del Programa y la emisión
de Títulos en su marco, se celebró el correspondiente mandato con fecha 6 de mayo
de 2013;
Que para lograr la negociación y colocación de los Títulos en el mercado local se
presentó el 7 de mayo de 2013 una solicitud para la ampliación del Programa y la
cotización de los Títulos ante la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, previéndose,
además, la solicitud de su negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A.;
Que se solicitó a la Bolsa de Comercio de Buenos Aires la aprobación de la ampliación
del Programa;
Que para la colocación de los Títulos se celebró un contrato de colocación entre el
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y Puente Hnos. Sociedad de Bolsa S.A. con
fecha 9 de mayo de 2013;
Que los Títulos serán representados por un certificado global que se depositará en
Caja de Valores S.A.;
Que, por tanto, corresponde aprobar toda la documentación suscripta en el marco del
Programa y dar por emitidos los Títulos;
Que en el marco de la Licitación N° 144/10 "Construcción Integral y Puesta en
Servicio en Condiciones de Explotación Comercial de los Tramos A0, A1 y C2 de la
Línea H, Provisión de Material Rodante y Financiación de las Inversiones"
Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado a través del Banco de la Ciudad
de Buenos solicitó al Banco Central de la República Argentina, la extensión del plazo
para la demostración del registro del ingreso aduanero de trenes, coches y repuestos
correspondientes a un pago anticipado de importación a realizarse a favor del
proveedor Alstom Brasil Energía e Transporte Lda. de Brasil, por un monto de EUR
18.136.339,06;
Que atento a la solicitud efectuada, el Banco Central de la República Argentina con
fecha 6 de mayo de 2013 autorizó la ampliación del plazo estipulado en la
Comunicación "A" 5274 por los pagos anticipados que se realicen por hasta un total de
EUR 18.136.339,06 (Autorización N° 076/13);
Que atento a lo establecido por el artículo 105 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en relación con el registro de los contratos y demás
documentación y hasta tanto se constituya el mismo, toda la documentación relativa al
Programa y a la emisión de los Títulos serán protocolizados en la Escribanía General
de la Ciudad;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
debida, conforme lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 1.218;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Ley N° 4.315, la Ley N° 4.431, la
Ley N° 4.472 y la Ley N° 4.382, el Decreto N° 161-GCBA/2013 y la Resolución N° 382-
MHGC/2013 y
Artículo 1°. Apruébanse los siguientes documentos: i) el Suplemento del Prospecto del
14 de mayo de 2013 correspondiente a los Títulos; y ii) el Contrato de Colocación
celebrado entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Puente Hnos. Sociedad de
Bolsa S.A. el 9 de mayo de 2013, documentos que se adjuntan como Anexo formando
parte integrante de la presente resolución. Considérese, por lo tanto, emitidos los
Títulos de la Clase 4 en el marco del Programa de Financiamiento en el Mercado Local
creado por la Ley N° 4.315 y ampliado por la Ley N° 4.431, Ley N° 4.472 y Ley N°
4.382, a partir del 17 de mayo de 2013, cuyos términos se encuentran descriptos en el
Suplemento del Prospecto.
Artículo 2°. Déjase establecido que hasta tanto se constituya el Registro a que hace
referencia el artículo 105, inciso 2) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, los documentos aprobados en los artículos precedentes, serán
protocolizados en la Escribanía General del Gobierno, con lo cual se considerará
cumplido el requisito de registración establecido en dicho artículo.
Artículo 3°. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
remítase para su conocimiento a las Direcciones Generales de Contaduría, de
Tesorería y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y
demás efectos pase a la Dirección General de Crédito Público. Grindetti
ANEXOS