RESOLUCIÓN 382 2013 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

APRUEBAN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE LOS TÍTULOS DE LA CLASE 4 A EMITIR EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO EN EL MERCADO LOCAL -  EMISIÓN DE TÍTULOS DE  DEUDA PÚBLICA - EMPRÉSTITOS - PRÉSTAMOS - DOSCIENTOS DIECISÉIS MILLONES DE DOLARES - 216 - PROVISIÓN MATERIAL RODANTE LÍNEA H - SUBTERRÁNEO - SUBTE  - LICITACIÓN PÚBLICA 144-10

Publicación:

10/05/2013

Sanción:

09/05/2013

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO

la Ley N° 4.315, Ley N° 4.431, Ley N° 4.472, Ley N° 4.382 y el Decreto N° 161-

GCBA/2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 4.315 creó un programa de financiamiento en el mercado local para la

emisión de títulos de la deuda pública por hasta la suma de dólares estadounidenses

cien millones (U$S 100.000.000), monto que fue ampliado por la Ley N° 4.431 por

hasta la suma de dólares estadounidenses ciento ochenta y cinco millones (U$S

185.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas y por la Ley N° 4.472

por hasta la suma de dólares estadounidenses doscientos ochenta y cinco millones

(U$S 285.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas (el "Programa de

Financiamiento en el Mercado Local");

Que por la Ley N° 4.382 se autorizó al Poder Ejecutivo a contraer un préstamo

financiero con el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social o, de no obtenerse

la autorización del Banco Central de la República Argentina requerida para

instrumentar dicho préstamo antes del 31 de marzo de 2013, a contraer un empréstito

público representado por una o más emisiones de títulos de deuda pública, por un

importe de hasta dólares estadounidenses doscientos dieciséis millones (U$S

216.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas;

Que los artículos 1° y 2° de la Ley N° 4.382 fijaron el destino de los fondos del

financiamiento para la provisión del material rodante para la Línea H de subterráneos;

Que por Expediente N° 1.404.866/2013 y en el marco de la Licitación N° 144/10

"Construcción Integral y Puesta en Servicio en Condiciones de Explotación Comercial

de los Tramos A0, A1 y C2 de la Línea H, Provisión de Material Rodante y

Financiación de las Inversiones", Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado

("SBASE") presentó una estructura de financiamiento en los términos del artículo 5° de

la Ley N° 4.382, la que será llevada a cabo por Puente Hnos. Sociedad de Bolsa S.A.;

Que a fs. 12 del Expediente N° 1.404.866/2013 obra la intervención de la

Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda

relativa al informe allí obrante, y a fs. 29, anteúltimo párrafo, luce la opinión vertida por

la Dirección General de Crédito Público dependiente de la Subsecretaría antes

mencionada respecto a la operación de crédito público a realizarse en los términos del

artículo 5° de la Ley N° 4.382;

Que el Decreto N° 161-GCBA/2013 facultó a este Ministerio a proceder a la emisión de

títulos de deuda publica, de acuerdo al artículo 5° de la Ley N° 4.382, por un importe

de hasta dólares estadounidenses doscientos dieciséis millones (U$S 216.000.000) o

su equivalente en pesos otra u otras monedas;

Que, en razón de lo antedicho, corresponde ampliar el Programa de Financiamiento en

el Mercado Local creado por la Ley N° 4.315 y ampliado por las Leyes N° 4.431 y N°

4.472, por el mismo importe ya que sus características son convenientes para

instrumentar la operación de Crédito Público que se propicia;

Que, en consecuencia, corresponde determinar las condiciones de la emisión a

efectuarse incluyendo la moneda de emisión, monto, plazo, fecha de emisión, la

amortización de capital, orden de prelación, modalidad de suscripción e integración,

precio de emisión, tasa y fecha de interés, moneda de pago de los intereses,

compromisos, supuestos de incumplimiento, forma de colocación en el mercado local,

mercados en los que cotizarán y se negociarán, ley aplicable y jurisdicción, entre otras

cláusulas, que se adjuntan como Anexo I (los "Títulos" o la "Clase 4");

Que los términos y condiciones generales y particulares, incluyendo los plazos, los

montos e intereses y demás cláusulas contenidas en los contratos, y demás

documentación a ser suscripta, así como en el suplemento de prospecto, son los

usuales que se adoptan en este tipo de operaciones, cumplen con la normativa

nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de las operaciones de

Crédito Público, incluyendo las Leyes N° 4.315, N° 4.431, N° 4.472 y N° 4.382 y sus

normas reglamentarias, y resultan adecuados a los propósitos y objetivos del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° del Decreto N° 161-GCBA/2013 autorizó al Ministerio de Hacienda, a

la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera y a la Dirección General de

Crédito Público, a dictar las normas reglamentarias y/o complementarias necesarias

que fijen los procedimientos y demás condiciones necesarias para la instrumentación

de la operación autorizada;

Que la negociación y colocación de los Títulos en el mercado local hace aconsejable la

presentación de una solicitud para la cotización de los Títulos a emitir bajo el

Programa de Financiamiento en el Mercado Local ante la Bolsa de Comercio de

Buenos Aires (la "BCBA"), así como para su negociación en el Mercado Abierto

Electrónico (el "MAE") y en otro u otros mercados y/o bolsas de valores autorizadas en

nuestro país;

Que los Títulos serán depositados en Caja de Valores S.A. ("Caja de Valores") y

estarán representados por un certificado global;

Que para la implementación de la operación de Crédito Público antes referida, la

emisión y colocación de los Títulos en el marco del Programa de Financiamiento en el

Mercado Local, resulta necesario celebrar un contrato de mandato para la distribución

y colocación de los Títulos;

Que el artículo 3° del Decreto N° 161-GCBA/2013 autorizó al Ministerio de Hacienda, a

la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera y a la Dirección General de

Crédito Público, a efectuar los trámites correspondientes y suscribir todos los

instrumentos, contratos y documentación necesaria y conveniente a fin de dar

cumplimiento a los artículos precedentes, para que por sí o por terceros actúe en la

instrumentación, emisión, registro y pago de los Títulos autorizados por el artículo 5°

de la Ley N° 4.382;

Que en el sentido de lo antedicho en el considerando anterior, la Subsecretaría de

Gestión y Administración Financiera y la Dirección General de Crédito Público, ambas

dependientes de este Ministerio, se encuentran debidamente facultadas para, entre

otros actos, i) celebrar un contrato de mandato, y ii) suscribir oportunamente el

contrato de colocación de los Títulos que reemplazará a dicho mandato, iii) solicitar las

autorizaciones correspondientes ante la BCBA y el MAE a los fines de obtener la

cotización y negociación de los Títulos, y iv) registrar en la Caja de Valores uno o más

certificados globales que instrumenten los Títulos;

Que la aprobación y suscripción de los contratos, del suplemento de prospecto y de

los demás documentos presentados para ser suscriptos, relativos a la operación de

Crédito Público, se encuentran comprendidos en las atribuciones y deberes del Poder

Ejecutivo, en los términos de los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que atento a lo establecido por el artículo 105 de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en relación con el registro de los contratos y demás

documentación y hasta tanto se constituya el mismo, toda la documentación relativa a

la ampliación del Programa de Financiamiento en el Mercado Local y a la emisión de

los Títulos, serán protocolizados en la Escribanía General de la Ciudad;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

debida, conforme lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 1.218;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 4.315, la Ley N° 4.431, la

Ley N° 4.472 y la Ley N° 4.382 y el Decreto N° 161-GCBA/2013,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°: Apruébanse los términos y condiciones generales de los Títulos de la

Clase 4 a emitir en el marco del Programa de Financiamiento en el Mercado Local que

se adjuntan como Anexo I, formando parte integrante de la presente resolución, por la

suma de hasta dólares estadounidenses doscientos dieciséis millones (U$S

216.000.000)) y/o su equivalente en otra y/u otras monedas, a los fines de

instrumentar el financiamiento para la provisión del material rodante para la línea H de

subterráneos en el marco de la ley N° 4.382. Amplíese el Programa de Financiamiento

en el Mercado Local en la suma de dólares estadounidenses doscientos dieciséis

millones (U$S 216.000.000)) y/o su equivalente en otra y/u otras monedas.

Artículo 2°: Apruébanse los modelos de (i) suplemento del prospecto de los Títulos de

la Clase 4 a emitirse en el marco del Programa de Financiamiento en el Mercado

Local, y (ii) contrato de colocación a celebrarse entre la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y Puente Hnos. Sociedad de Bolsa S.A., documentos que se adjuntan como

Anexo II formando parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3°: Déjase establecido que hasta tanto se constituya el Registro a que hace

referencia el artículo 105, inciso 2) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, los documentos aprobados en los artículos precedentes, serán

protocolizados en la Escribanía General del Gobierno, con lo cual se considerará

cumplido el requisito de registración establecido en dicho artículo.

Artículo 4°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

remítase para su conocimiento a las Direcciones Generales de Contaduría, de

Tesorería y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y

demás efectos pase a la Dirección General de Crédito Público. Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4149

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 382-MHGC-13, amplía el Programa de Financiamiento en el Mercado Local, creado por la Ley 4315 y sus modificatorias.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 382-MHGC-13 instrumenta el financiamiento para la provisión del material rodante para la línea H de subterráneos en el marco de la ley 4382.-</p>
INTEGRADA POR
Art 1 de la Res 412-MH-13 considera emitidos losTítulos de la Clase 4, previstos por Res 382-MH-13
INTEGRADA POR
<p>Res. 1633-MHGC-14 en su art. 1 considera emitidos losTítulos Adicionales de la Clase 4 Programa de Financiamiento en el Mercado Local establecido por Res 382-MH-13</p>