LEY 44 1998

Síntesis:

NORMA DEROGADA. AMPLÍA - LEY N 9 DE CREACIÓN DEL SERVICIO DE SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL - PERSONAL DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES 

Publicación:

08/09/1998

Sanción:

27/08/1998

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

27/08/1998

Estado:

No vigente


Artículo 1°- Amplíase el plazo, previsto en la Ley N° 9/98 de esta Legislatura, para la designación, por parte del Consejo de Administración, del Director Ejecutivo del Servicio de Salud y Asistencia Social, hasta la sanción y aprobación por este cuerpo del Reglamento del Servicio de Salud y Asistencia Social para el personal de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°- Amplíase a nueve miembros los integrantes del Consejo de Administración del Servicio de Salud y Asistencia Social de la Legislatura, de los cuales siete son nominados por la Vicepresidencia 1ra. a propuesta de los jefes de los bloques políticos, y los dos restantes elegidos por los beneficiarios titulares tal como establece la ley 9/98.

Artículo 3°- Comuníquese, etcétera.

CLÁUSULA TRANSITORIA

CLAUSULA PRIMERA: PRORROGASE la Resolución N° 6/998 sancionada por este cuerpo ampliándose la vigencia de la Comisión Provisoria de Salud y Asistencia Social y sus atribuciones, hasta tanto se sancione el Reglamento del Servicio de Salud y Asistencia Social para el personal de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 44 amplía el plazo para la designación del Director Ejecutivo del Sistema de Salud y Asistencia Social creado por la Ley 9.</p><p>Art. 2 amplía los miembros del Consejo de Administración.</p>
PROMULGADA POR
DEROGADA POR
<p>Art. 21 de la Ley 930, deroga la Ley 44, sus normas modificatorias y complementarias.</p>
MODIFICA
<p>Cláusula Transitoria Primera de la Ley 44 prorroga la Resolución 6/LCBA/98, ampliando la vigencia de la Comisión Provisoria de Salud y Asistencia Social, hasta tanto se sancione el Reglamento del Servicio de Salud y Asistencia Social</p>