RESOLUCIÓN 6 1998

Síntesis:

NORMA SIN VIGENCIA - CREACIÓN DE LA COMISIÓN PROVISORIA DE SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL - LEGISLATURA

Publicación:

Sanción:

19/02/1998

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resuelve:


Artículo 1° : Créase una Comisión Provisoria de Salud y Asistencia Social, que administrará la prestación de servicios Médicos Asistenciales para los Legisladores y personal de esta Legislatura, hasta tanto entre en vigencia la " Ley de Creación del Servicio de Salud y Asistencia Social para el Personal de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires."

Artículo 2° : La Comisión será coordinada por el Secretario Administrativo e integrada por tres (3) miembros designados por el Vicepresidente 1°.

Artículo 3° : La Comisión adoptará las medidas necesarias para :
a) garantizar provisionalmente la cobertura del Programa Médico Obligatorio y su respectiva auditoría médica.
a)Administrar transitoriamente los fondos recaudados en concepto de aportes y contribuciones.

Artículo 4° : A los fines del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente dispónese la apertura de una cuenta especial en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la que serán transferidos los fondos disponibles de aportes y contribuciones ingresados con anterioridad a la resolución presente.

Artículo 5° : Comuníquese, etc.

NOTA: Se advierte al usuario que el Art. 21 de la Ley 930 derogó la Ley 9 y sus normas modificatorias y complementarias.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Cláusula Transitoria Primera de la Ley 44 prorroga la Resolución 6/LCBA/98, ampliando la vigencia de la Comisión Provisoria de Salud y Asistencia Social, hasta tanto se sancione el Reglamento del Servicio de Salud y Asistencia Social</p>
COMPLEMENTA
La Resolución 6/LCBA/98 crea la Comisión Provisoria de Salud y Asistencia Social
DEROGADA POR
En virtud de lo dispuesto por la Cláusula Transitoria Primera de la Ley 44, la Res. 6-LCBA-98 perdió su vigencia desde que se aprobó el reglamento de la Res. 286-LCBA-00