DECRETO 2289 1999
Síntesis:
LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DEL SERVICIO DE "BUS TURISTICO" DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
16/12/1999
Sanción:
06/12/1999
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 8.237/98, la Ley N° 17.520 de Concesión de Obras
Públicas y la Ley N° 13.064 de Obras Públicas, y
CONSIDERANDO:
Que, por el mencionado Expediente la Secretaría de Turismo del Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires tramita el llamado a licitación del Servicio
Público de Bus Turístico de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, el mismo trata de un transporte turístico de tipo regular que, mediante
recorridos o circuitos circulares especialmente determinados, conecte
distintas zonas de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, durante el mencionado recorrido se brindará el servicio de transporte
entre las paradas preestablecidas, información turística sobre el recorrido
y material gráfico de apoyo;
Que, la titularidad del servicio será del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires, teniendo la obligación de su fiscalización la Secretaría de Turismo
y la Subsecretaría de Tránsito, dependiente de la Secretaría de Obras
y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito del Gobierno de la Ciudad;
Que, a fin de evitar la dispersión de esfuerzos y la eventual utilización
inadecuada de recursos técnicos y económicos existentes, es procedente
delegar en los Señores Secretarios de Turismo y de Hacienda y Finanzas
las facultades necesarias para materializar la contratación, adjudicar
la concesión y suscribir el pertinente contrato;
Que, ha tomado debida intervención la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias, Artículo 104, Inciso
23) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° Apruébanse
los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares para la Licitación
Pública de la Concesión del Servicio de "Bus Turístico" de la
Ciudad de Buenos Aires, por el término de cinco (5) años, que como Anexo
forman parte del presente Decreto, al amparo de la Ley N° 17.520 de Concesión
de Obras Públicas y la Ley N° 13.064 de Obras Públicas.
Art. 2° Autorízase a la Dirección General de Compras y Contrataciones
dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, a realizar el pertinente
llamado a Licitación Pública con tal objeto, y sobre la documentación
aprobada en el Artículo 1°.
Art. 3° El precio de los Pliegos será de $ 5.000. (PESOS CINCO
MIL), y podrán ser consultados y adquiridos en la Dirección General de
Compras y Contrataciones, sita en Avenida de Mayo 525, Planta Baja, Oficina
20, dentro del horario de 9,30 a 15,00 horas, donde asimismo los interesados
podrán formular por escrito las consultas.
Art. 4° La apertura de las ofertas se efectuará en el domicilio
indicado en el artículo anterior, en fecha y hora a determinar, que será
publicada en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
por el término de quince (15) días y en tres (3) diarios de amplia circulación
en el país, durante dos (2) días.
Art. 5° La Comisión Evaluadora de la presente Licitación quedará
conformada por dos (2) representantes de cada una de las Secretarías que
se detallan a continuación, debiendo sus titulares proceder oportunamente
a la designación de los mismos:
Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito.
Secretaría de Planeamiento Urbano.
Secretaría de Hacienda y Finanzas.
Secretaría de Turismo.
Dicha Comisión deberá abocarse al:
Tratamiento de las consultas efectuadas por los eventuales oferentes.
Elaboración y suscripción de notas aclaratorias y circulares dictadas al efecto.
Evaluación de antecedentes y preadjudicación.
Art. 6° Delégase en
los Señores Secretarios de Turismo y de Hacienda y Finanzas la atribución
para emitir todos los actos administrativos necesarios para materializar
y adjudicar la licitación.
Art. 7° El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios
de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito, de Planeamiento
Urbano, de Turismo y de Hacienda y Finanzas.
Art. 8° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, remítase a Dirección General de Compras y Contrataciones
para la prosecución de su trámite y comuníquese a las Secretarías de Obras
y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito, de Planeamiento Urbano,
de Turismo y de Hacienda y Finanzas.