RESOLUCIÓN 1821 2014 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Síntesis:
CONSIDERA ABONADAS EN TÉRMINO HASTA EL 25 DE JULIO DE 2014 - OBLIGACIONES - CUOTAS PLANES DE FACILIDADES DE PAGO - RESOLUCIONES 249-AGIP-2008 Y 250-AGIP-2008 Y MODIFICATORIAS Y 2722-SHYF-2004 Y MODIFICATORIAS - ANTICIPO 06 - AGENTES DE RECAUDACIÓN - TERMINACIONES DE DÍGITO VERIFICADOR 2 A 3 - VENCIMIENTOS OPERADOS EL 8 DE JULIO DE 2014 - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Publicación:
22/07/2014
Sanción:
17/07/2014
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
VISTO:
EL ANEXO DE LA RESOLUCION N° 1518/MHGC/2013 (BOCBA N° 4295), Y SU
COMPLEMENTARIA N° 1613/MHGC/2013 (BOCBA N° 4304) Y,
CONSIDERANDO:
Que a través de la citada Resolución se han establecido las fechas de vencimiento de
los diferentes tributos que percibe el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, correspondientes al ejercicio fiscal del corriente año;
Que el normal desenvolvimiento de la actividad bancaria se ha visto afectada por las
medidas de fuerza gremial acaecidas durante el día 8 de Julio de 2014;
Que como consecuencia de ello, se ha dificultado el cumplimiento de las obligaciones
tributarias cuyo vencimiento operaba en esa fecha, por parte de los contribuyentes;
Que es propósito de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos mantener
una fluida relación con sus contribuyentes que permita a ambos cumplir en tiempo y
forma con sus obligaciones.
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 4 de la Resolución N°
1518/MHGC/2013 y su complementaria N° 1613/MHGC/2013,
Artículo 1.- Considéranse abonadas en término hasta el día 25 de Julio de 2014
inclusive, las obligaciones que se detallan a continuación:
1. Las Cuotas de los Planes de Facilidades de Pago normados por las Resoluciones
N° 249/AGIP/2008 y N° 250/AGIP/2008 y sus modificatorias, cuyos vencimientos
operaron el día 8 de Julio de 2014.
2. Las Cuotas de los Planes de Facilidades de Pago normados por la Resolución N°
2722/SHYF/2004 y sus modificatorias cuyos vencimientos operaron el día 8 de Julio
de 2014.
3. El anticipo 06 correspondiente a los Agentes de Recaudación, cuyo vencimiento
operó el 8 de Julio de 2014, para las terminaciones de Dígito Verificador 2 a 3.
Artículo 2.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
y comuníquese a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Banco de la Ciudad de
Buenos Aires y a las Subdirecciones Generales y demás áreas dependientes de esta
Dirección General para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.
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