RESOLUCIÓN 99 2002 SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Y PARTICIPACION CIUDADANA F/N

Síntesis:

FE DE ERRATAS - PLAN DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2003. FORMALIZACIÓN DE LA UNIDAD EJECUTORA CENTRAL. CREACIÓN DEL CONSEJO PROVISORIO. DESIGNACIÓN DE INTEGRANTES - REGLAMENTO

Publicación:

26/09/2002

Sanción:

14/09/2002

Organismo:

SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Y PARTICIPACION CIUDADANA F/N


Visto la Ley N° 70/98 promulgada por Decreto N° 1.843/GCBA/98 (B.O. N° 539) y el Decreto N° 430/GCBA/02 (B.O. N° 1441), y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 70 en su artículo 29 establece el carácter participativo del presupuesto de la Ciudad de Buenos Aires, garantizando mediante la consulta a la población el proceso de elaboración y seguimiento;

Que el Decreto N° 430/GCBA/02 determina entre los objetivos fijados para el F/N Descentralización y Participación Ciudadana, impulsar mecanismos de participación ciudadana para determinar las prioridades de asignación de los recursos y de consulta y participación de los vecinos;

Que es menester generar e implementar propuestas para canalizar las nuevas formas de participación de los vecinos;

Que el Plan de Presupuesto Participativo 2003 se gestionó tomando el territorio de cada uno de los dieciséis Centros de Gestión y Participación como área geográfica de aplicación institucional, resultando de ello cuarenta y tres áreas barriales.

Que en dicho proceso han participado activamente mas de diez mil vecinos y numerosas organizaciones barriales y Organismos No Gubernamentales, Vecinales, Redes y otras formas de organización de los ciudadanos.

Que en virtud de lo expuesto, en cada Area Barrial se constituyó el Foro Barrial con Comisiones Temáticas para el tratamiento específico de la problemática de cada zona de los Centros de Gestión y Participación, participando de las mismas alrededor de doscientos cincuenta funcionarios de las distintas áreas del Gobierno de la Ciudad;

Que para la ejecución del Plan de Presupuesto Participativo se requiere la formalización de la estructura específica de gestión, la Unidad Ejecutora Central (UEC), bajo la dependencia de esta Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana;

Que, asimismo, la ejecución del Plan de Presupuesto Participativo requiere un ámbito orgánico de intercambio y de revisión general del mismo, cuyas funciones sean, entre otras, promover mecanismos de participación directa de los vecinos de la Ciudad para determinar las prioridades de asignación de los recursos públicos, promover la gestión asociada entre los vecinos y el G.C.A.B.A., potenciar el control ciudadano de la gestión pública y de los servicios tercerizados, favorecer la recuperación del propio barrio como foro de participación ciudadana, asegurar la transparencia del proceso participativo, contribuir a formular términos de referencia y procedimientos adecuados para la superación metodológica del Plan de Presupuesto Participativo;

Que a los fines expuestos resulta conveniente la creación de un Consejo Provisorio del Presupuesto Participativo 2003;

Que el mencionado Consejo Provisorio deberá estar integrado por los funcionarios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires integrantes de la Unidad Ejecutora Central del Plan de Presupuesto Participativo 2003, por un representante de cada una de las Organizaciones No Gubernamentales, sociales y vecinales, redes socio-gubernamentales e instituciones educativas, académicas y de investigación que asesoraron desde el Consejo Asesor Central en el diseño y la implementación del Plan y por los Consejeros elegidos por los vecinos participantes en cada uno de los Foros Barriales a razón de uno por Foro Barrial;

Que la designación de los Consejeros elegidos por los vecinos que han participado en cada uno de los Foros Barriales, se realiza conforme a las actas certificadas por el Centro de Gestión y Participación que corresponde a cada uno de los Foros Barriales;

Que para lograr con mayor eficiencia los objetivos propuestos, el referido Consejo Provisorio podrá proponer la incorporación al mismo de otras entidades representativas;

Por ello,

EL SECRETARIO DE DESCENTRALIZACION Y

PARTICIPACION CIUDADANA

RESUELVE:

Artículo 1°- Formalízase la creación de la Unidad Ejecutora Central del Plan de Presupuesto Participativo 2003, dependiente del Organismo F/N Descentralización y Participación Ciudadana, la que tendrá como función la Ejecución del Plan de Presupuesto Participativo y las acciones complementarias que se requieran y estará integrada por las personas que se individualizan en el Anexo I de la presente.

Artículo 2°- Créase el Consejo Provisorio del Plan de Presupuesto Participativo que estará integrado por las personas y organizaciones de las que da cuenta la presente Resolución, quienes no percibirán remuneración alguna por el desempeño de las funciones que de la misma emanan.

Artículo 3°- El Consejo Provisorio del Plan de Presupuesto Participativo estará integrado por los funcionarios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires integrantes de la Unidad Ejecutora Central del Plan de Presupuesto Participativo 2003, cuya creación se formaliza por el Art. 1° de la presente; por un representante de cada una de las Organizaciones No Gubernamentales, sociales y vecinales, redes socio-gubernamentales e instituciones educativas, académicas y de investigación que asesoraron desde el Consejo Asesor Central en el diseño y la implementación del Plan, los que se nominan en el Anexo II; por los Consejeros elegidos por los vecinos participantes en cada uno de los Foros Barriales a razón de uno por Foro Barrial, conforme a las actas suscriptas por las autoridades de los respectivos Centros de Gestión y Participación y por los representantes de las entidades que se resuelva incorporar a propuesta del propio Consejo Provisorio del Plan de Presupuesto Participativo.

Artículo 4°- Establécese que serán funciones del Consejo Provisorio del Plan de Presupuesto Participativo promover mecanismos de participación directa de los vecinos de la Ciudad para determinar las prioridades de asignación de los recursos públicos, promover la gestión asociada entre los vecinos y el GCABA, potenciar el control ciudadano de la gestión pública y de los servicios tercerizados, favorecer la recuperación del propio barrio como foro de participación ciudadana, asegurar la transparencia del proceso participativo, contribuir a formular términos de referencia y procedimientos adecuados para la superación metodológica del Plan de Presupuesto Participativo.

Artículo 5°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a las Coordinaciones Generales Descentralización y Participación Ciudadana y de Gestión Administrativa y las Direcciones Generales Centros de Gestión y Participación (1 a 16). Cumplido, archívese.


La presente norma tiene incorporada la Fe de Erratas publicada en el BOCBA N° 1553 del 24/10/2002


ANEXOS

ANEXO I

FUNCIONARIOS INTEGRANTES DE
LA UNIDAD EJECUTORA CENTRAL DEL PLAN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2003


Ariel Schifrin, Secretario F/N Descentralización y Participación Ciudadana.
Antolín Magallanes, Coordinador General F/N Descentralización y Participación Ciudadana.
Anexo I - Resolución N° 99/SDYPC/2002 (continuación)
Jorge Navarro, Jefe de Gabinete F/N Descentralización y Participación Ciudadana.
Claudio Suárez, Director General de Políticas de Seguridad y Prevención del Delito.
Juan Manuel Abal Medina, Director General de Asuntos Políticos y Legislativos.
Cecilia Rodríguez, Directora General Adjunta de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto
Daniel Rosso, Director General de Comunicación Social y Planeamiento Estratégico.
Gustavo Hurtado, asesor del Gabinete de F/N Descentralización y Participación Ciudadana.
Guillermo Agresta, Coordinador del Programa de Fortalecimiento de la Participación Institucional.
Marcelo Rodríguez, asesor Coordinación del Plan Estratégico.

ANEXO II

INTEGRANTES DEL CONSEJO ASESOR CENTRAL DEL PLAN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2003


Jorge Dobal (titular) y Cora Rojo (suplente), por el Instituto de Estudios y Formación de la Asociación de Trabajadores del Estado (IDEP-ATE).
Virginia Lencinas (titular) y Javier Zelaznik (suplente), por Poder Ciudadano
Héctor Poggiese (titular) y María Elena Redin (suplente), por Redes Planificación Participativa y Gestión Asociada (Buenos Aires VIVA - Red Gestión Asociada del Oeste - Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales)
Laura Madajovich (titular) y Gabriel Filc (suplente), por el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC).

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Res. 99-SDYPC-02 implementa el Plan de Presupuesto Participativo 2003, tomando como área geográfica de aplicación institucional los CGPS cuya estructura, acciones y servicios aprueba el Dto. 1958-98
INTEGRA
Art. 1 de la Res. 99-SDYPC-02 formaliza la creación de la Unidad Ejecutora Central del Pres. Participativo 2003, dependiente del F/N Descentralización y Participación Ciudadana, integrando los objetivos de este órgano según Dto. 430-02
MODIFICADA POR
La Res. 106-SDYPC-02 en su Art. 1°, amplía los términos del Art. 3° de la Res. 99-SDYPC-02 (incorpora integrantes al Consejo Provisorio del Plan de Presupuesto Participativo)
REFERENCIADA POR
Res. 106-SDYPC-02 convocatoria a elecciones - Foro Barrial del Area AB1-CGP 4
DESIGNADA POR
Res. 160-SDYPC-03 establece la primera integración del Consejo de Presupuesto Participativo creado por Res. 99-SDPC-02
REFERENCIADA POR
Res. 99-SDYPC-02 Convoca a la Asamblea del Área Barrial 1 del CGyP N° 6, a elecciones-Pres. Part. Año 2004
REGLAMENTADA POR
Art. 2 de la Disp. 5-DGPYAC-04 establece el Consejo de Presupuesto Participativo considerará sólo las iniciativas a Escala Ciudad, reglamentando sus funciones previstas en Art. 4 de la Res. 99-SDYPC-02