DECRETO 1525 2002
Síntesis:
INSTRUYE A LA PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES A QUE INICIE ACCIONES LEGALES PARA LA DESOCUPACIÓN URGENTE, POR RIESGO DE DERRUMBE, DEL INMUEBLE DEL EX PADELAI; A LA UNIDAD EJECUTORA EX PADELAI A QUE REUBIQUE A LAS/LOS OCUPANTES Y A LA SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD A QUE EVITE LA REOCUPACIÓN DEL PREDIO
Publicación:
20/11/2002
Sanción:
15/11/2002
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 51.439/2002 y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio N° 505/02 el Señor Asesor Tutelar ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comunica a la Secretaría de Desarrollo Social que hay riesgo potencial de desmoronamiento para sus tutelados que habitan el inmueble ex PADELAI sito en Balcarce 1178;
Que con el objeto de efectuar un informe ampliatorio y pormenorizado del estado del inmueble la Secretaría de Desarrollo Social, solicitó a la Facultad de Ingeniería su colaboración, en el marco del convenio que regula la relación de este Gobierno con la Universidad de Buenos Aires;
Que como resultado de tales gestiones, la citada Unidad Académica produjo un informe técnico con fecha 12 del corriente señalando que todas las construcciones existentes en el predio deben ser demolidas a la brevedad, atento los irreversibles daños que exhiben cubiertas, muros, instalación eléctrica y el alto riesgo de incendio en virtud de los materiales depositados e informa además de la sobrecarga existente en diferentes sectores, lo que agrava la situación de riesgo en que se encuentran los ocupantes del inmueble;
Que por lo expuesto resulta necesario proceder a su inmediata evacuación y reubicación de sus ocupantes;
Que respecto de esta última situación la Secretaría de Desarrollo Social en su carácter de jurisdicción coordinadora de la Unidad Ejecutora ex PADELAI (Dto. N° 680/GCBA/2000 - B.O.C.B.A. N° 949) cuenta con los recursos económicos y humanos para atender la contingencia de emergencia en la cual se encuentran las familias que habitan el referido inmueble;
Que el desalojo de las personas ocupantes del edificio comprendidas en la operatoria aprobada por Decreto N° 1.621/GCBA/2000 (B.O.C.B.A. N° 1035) en modo alguno producirá la alteración de los derechos subjetivos que el mismo les reconoce;
Que, por otra parte, informes de la Dirección General de Guardia de Auxilio y Emergencias dan cuenta de situaciones altamente conflictivas al instar a los ocupantes del predio a su desocupación dada la situación de riesgo edilicio;
Que a fin de garantizar debidamente los derechos de sus ocupantes, resulta prudente solicitar el auxilio de la Justicia para cumplir con tal objetivo;
Por ello en uso de la facultades legales que le son propias,
Artículo 1° Instrúyese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires a iniciar las acciones legales pertinentes tendientes a la urgente desocupación del inmueble sito en Balcarce 1176 de esta Ciudad.
Artículo 2° La Unidad Ejecutora ex PADELAI procederá a la reubicación de los ocupantes del predio quedando facultada para coordinar con las distintas áreas de gobierno las medidas tendientes a lograr el cumplimiento del objeto del presente Decreto.
Artículo 3° La Subsecretaría de Seguridad, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete arbitrará las medidas conducentes para evitar la reocupación del inmueble.
Articulo 4° El presente Decreto es refrendado por la Señora Secretaria de Desarrollo Social y el Señor Jefe de Gabinete.
Artículo 5° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Desarrollo Social, a la Subsecretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Logística y Emergencias y para su cumplimiento y demás efectos remítase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. IBARRA - González Gass - Fernández