DECRETO 680 2000

Síntesis:

CREA UNIDAD EJECUTORA QUE TENDRÁ COMO OBJETO PROPONER UNA SOLUCIÓN A LA SITUACIÓN DE LOS OCUPANTES DEL COMPLEJO EDILICIO IDENTIFICADO COMO EX PADELAI EX PATRONATO DE LA INFANCIA

Publicación:

24/05/2000

Sanción:

10/05/2000

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 60.780/97 y acumulados, Expediente N° 8.699/92, Expediente N° 74.925/94, Expediente N° 101.314/92, Expediente N° 53.129/92, Expediente N° 88.625/93, Expediente N° 01.287/94, Expediente N° 23.377/97 y agregados, Expediente N° 25.010/90, Expediente N° 100.734/90, relacionados con la situación del inmueble ubicado en el predio delimitado por las calles Humberto 1° 250, Balcarce 1110/50/70 y Avenida San Juan 253/59, identificado como ex Patronato de la Infancia - (PADELAI), y

CONSIDERANDO:

Que es decisión de este Gobierno la preferente atención de los problemas que afectan a los sectores más postergados de la sociedad;

Que teniendo en cuenta la trascendencia social que conlleva la situación conflictiva y de emergencia de los ocupantes del complejo edilicio identificado como ex PADELAI, resulta conveniente la creación de una Unidad Ejecutora, que tendrá como objeto proponer la solución a los problemas sociales y económicos planteados en el mencionado inmueble, y resolver, de manera definitiva, la situación habitacional de los actuales ocupantes;

Que a los fines precitados, se considera necesario coordinar los trabajos de las distintas áreas del Gobierno, con competencia en la problemática mencionada, fijando plazos para el informe a producir por la Unidad Ejecutora;

Que consecuentemente, la Unidad Ejecutora debe tener competencia para celebrar con los ocupantes convenios de desocupación, acordándoseles la posibilidad de acceder a vivienda ya sea a través de crédito o de un subsidio, previo censo de las personas afectadas y de un análisis particularizado de sus aspiraciones por parte de la Unidad Ejecutora, integrándose la misma por representantes de las Secretarías de Promoción Social, Planeamiento Urbano, Hacienda y Finanzas, de la Subsecretaría de Coordinación de Gabinete, de la Comisión Municipal de la Vivienda y del Centro de Gestión y Participación - Zona 1;

Por ello, atento a lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en uso de las facultades conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Créase en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, una Unidad ejecutora con el objeto de resolver de manera definitiva los problemas habitacionales de los actuales ocupantes del edificio identificado como ex PADELAI, sito en el predio ubicado en las calles Humberto 1° 250, Balcarce 1110/50/70 y Avda. San Juan 253/59, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción 12, Sección 4, Manzana 40, Parcela 4, a), b), c), d).

Art. 2° Dicha Unidad Ejecutora estará integrada por representantes de las Secretarías de Promoción Social, de Planeamiento Urbano, de Hacienda y Finanzas, de la Subsecretaría de Coordinación de Gabinete, de la Comisión Municipal de la Vivienda y del Centro de Gestión y Participación zona 1, con competencia para suscribir convenios de desocupación, ad referéndum de la Jefatura de Gobierno y de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el ámbito de su competencia.

Art. 3° La precitada Unidad Ejecutora tendrá su sede en la Secretaría de Promoción Social, cuyo representante actuará como coordinador y responsable del cumplimiento de las tareas encomendadas.

Art. 4° La Unidad Ejecutora deberá elevar a conocimiento y consideración del Jefe de Gobierno, dentro del término de 60 días, un informe sobre el estado de avance de las funciones asignadas.

Art. 5° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Planeamiento Urbano, de Gobierno, y por la señora Secretaria de Promoción Social y por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 6° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires hágase saber a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme lo determinado por el artículo 11 del Decreto N° 698-GCBA-96, y a sus efectos, pase a las Secretarías de Planeamiento Urbano, de Hacienda y Finanzas y de Promoción Social; notifíquese al Centro de Gestión y Participación Zona 1.

Tipo de relación

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Detalle

MODIFICADA POR
Dec. 1445-02 Modifica el art. 2 del Dec. 680-00 Crea UE para resolver temas del ex- edificio PADELAI
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