DECRETO 1739 2002

Síntesis:

FACULTA A LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL A OTORGAR A LOS OCUPANTES DEL EX PADELAI, PATRONATO DE LA INFANCIA - LOS SUBSIDIOS APROBADOS POR DECRETO N° 680/GCBA/00

Publicación:

03/01/2003

Sanción:

27/12/2002

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 71.889/2002 y los Decretos Nros. 680/GCBA/00, 1.621/GCBA/2000 y 1.525/GCBA/02; y,

CONSIDERANDO:

Que la norma citada en su Anexo I incluye entre las alternativas destinadas a los beneficiarios de la Operatoria ex PADELAI, la posibilidad de acceder a un subsidio;

Que tal modalidad está en concordancia con los objetivos planteados en el Decreto N° 1.621/GCBA/2000 en sus considerandos, en el sentido de atender la grave situación que afecta a los sectores más postergados, entre ellos las familias y personas que alojan el edificio Ex PADELAI;

Que mediante Decreto N° 1.525/GCBA/2002, se instruye a la Procuración General para que inicie las acciones necesarias para el desalojo del inmueble citado atento los resultados del informe técnico producido por la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Buenos Aires, en el que concluye que todas las construcciones existentes en el predio deben ser demolidas a la brevedad, atento los daños irreversibles que exhibe su estructura;

Que, asimismo, el Decreto citado en el considerando precedente estableció que: La Unidad Ejecutora ex PADELAI procederá a la reubicación de los ocupantes del predio quedando facultada para coordinar con las distintas áreas de gobierno las medidas tendientes a lograr el cumplimiento del objeto del presente Decreto.;

Que en consecuencia corresponde poner a disposición de los ocupantes del ex PADELAI el plexo de alternativas más amplio posible;

Que, el otorgamiento de subsidios resulta una alternativa viable atento las particulares características que ofrece hoy el mercado inmobiliario;

Que la Unidad Ejecutora creada por Decreto N° 680/GCBA/2000 con el objeto de resolver de manera definitiva los problemas habitacionales de los ocupantes del Edificio ex PADELAI, tiene su sede y es coordinada por la Secretaría de Desarrollo Social,

Que en consecuencia resulta conveniente delegar en la titular de la mencionada jurisdicción el otorgamiento de los subsidios referidos,

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Arts. 102 y 104, Inc. 17 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Facúltase a la Señora Secretaria de Desarrollo Social a otorgar a los ocupantes del ex PADELAI los subsidios aprobados por Decreto N° 1.621/GCBA/2000, previo informe de la Unidad Ejecutora creada por Decreto N° 680/GCBA/2000, el que no reviste carácter vinculante.

Artículo 2° - La percepción del beneficio está sujeta a la efectiva desocupación del inmueble o en su caso, a la suscripción del Convenio de Desocupación, que como Anexo I, forma parte del Decreto N° 1.621/GCBA/00.

Artículo 3° - El cobro de este subsidio por parte de los beneficiarios es compatible con los programas sociales que brinda el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con excepción de los destinados a dar cobertura a personas o familias en situación de calle.

Artículo 4° - El presente Decreto es refrendado por la Señora Secretaria de Desarrollo Social, el Señor Secretario de Hacienda y Finanzas y el Señor Jefe de Gabinete.

Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Unidad Ejecutora creada por Decreto N° 680/GCBA/2000 y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Desarrollo Social. Cumplido archívese. IBARRA - González Gass - Pesce - Fernández

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIADA POR
REFERENCIA
REFERENCIA
ARTICULO 1 - CONDICIONA LA ENTREGA DE SUBSIDIOS A LO INFORMADO POR LA UNIDAD EJECUTORA CREADA POR DECRETO 680/00- ARTÍCULO 2 . CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO 1