DECRETO 232 2015
Síntesis:
IMPLEMENTA EL MÓDULO REGISTRO INTEGRADOR CIUDAD DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - RIC - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - SADE - MEDIO DE SISTEMATIZACIÓN DE LOS REGISTROS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - INSTRUYE A TODOS LOS ORGANISMOS DEL PODER EJECUTIVO - FACULTA A LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA A DICTAR LAS NORMAS ACLARATORIAS INTERPRETATIVAS Y COMPLEMENTARIAS
Publicación:
23/07/2015
Sanción:
20/07/2015
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes Nros. 3.304 y 4.013, los Decretos Nros. 589/09, 765/10 y 196/11, la
Resolución N° 130/SECLYT/14, el Expediente Electrónico N° 17.870.329/MGEYA-
DGTAD/15, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que la Ley antes mencionada fijó como uno de los objetivos el de "Registro
electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de
solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros
medios, de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y
actuaciones";
Que la citada Ley de Modernización de la Administración Pública dispone entre las
actividades a desarrollar: "mejorar los sistemas de información y comunicación del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, con el fin de evitar duplicaciones,
inconsistencias en la actualización y normalizar la definición y el tratamiento de la
información común";
Que en este marco, se han impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de
herramientas tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los
trámites administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y
accesibilidad para su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;
Que, en el ámbito de la Administración Central por Decreto N° 589/09 se aprobó la
implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) -
como sistema de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos
de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que la Resolución N° 130/SECLyT/14 aprobó el Reglamento para la gestión de
actuaciones administrativas, e indica que "...Constituye registro un conjunto de datos
en soporte electrónico ordenados de manera tal que posibiliten su uso para la gestión
administrativa";
Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuenta con una gran
cantidad de registros que fueron creados por diferentes normas de acuerdo a la
actividad específica a la que refieren;
Que por ello, y a los fines de dotar de una mayor integración a los registros
administrados por los distintos organismos del Gobierno de la Ciudad, en favor de la
identificación unívoca de los mismos, resulta necesario contar con una herramienta
que posibilite tales finalidades;
Que habiendo advertido esta necesidad y en concordancia con las políticas de
modernización que este Gobierno viene implementando, se ha diseñado el módulo
"Registro Integrador Ciudad" (RIC), que permite cumplimentar con las finalidades
expuestas ut supra;
Que en este mismo sentido, se torna necesaria la implementación de la herramienta
tecnológica que otorgue a la Administración los instrumentos necesarios a los fines de
lograr la referida sistematización;
Que, resulta conveniente entonces, encomendar a la Secretaría Legal y Técnica, a
dictar las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias que resulten
necesarias para una mejor aplicación de lo establecido en el presente Decreto;
Que, por lo expuesto, corresponde el dictado de la norma legal que apruebe el módulo
antes mencionado para la administración de los registros existentes en el Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Impleméntase el módulo "REGISTRO INTEGRADOR CIUDAD" (RIC), del
Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) como medio de
sistematización de los registros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Instrúyase a todos los organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires a utilizar del Sistema de Administración de Documentos
Electrónicos (SADE) el módulo cuya implementación se establece en el artículo 1° del
presente Decreto.
Artículo 3°.- Facúltase a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas aclaratorias,
interpretativas y complementarias que resulten necesarias para una mejor aplicación
de lo establecido en el presente Decreto.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización
y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a todas los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones
con rango equivalente, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la
Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de la Secretaría Legal y
Técnica. Cumplido, archívese. MACRI - Ibarra - Rodríguez Larreta