DECRETO 1444 1993

Síntesis:

INSTITUYE EL ADICIONAL POR FUNCIÓN AUXILIAR DE FUNCIONARIO CONFORME LOS NIVELES DIRECTOR, DEPARTAMENTO, DIVISIÓN Y SECCIÓN. SUPLEMENTO - PLUS - AUXILIARES DE FUNCIONARIOS - NIVELES RETRIBUTIVOS - APROBACIÓN DE DOTACIÓN - NIVEL JERÁRQUICO - AGENTES

Publicación:

Sanción:

29/09/1993

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto las atribuciones conferidas al suscripto por el Art. 31 inc) "n" de la Ley Orgánica Municipal N° 19.987 y;

CONSIDERANDO:

Que, resulta justo y necesario reconocer la colaboración que prestan a las distintos funcionarios de la Comuna los agentes que se desempeñan como "Auxiliares" de tales funcionarios;

Que, a tales efectos debe ponerse de manifiesto la relevancia que importa la realización de las tareas enunciadas dado que las mismas conllevan por su propia naturaleza absoluta reserva y confidencialidad;

Que, asimismo corresponde destacar que el régimen de prestación de tales agentes se ve
condicionado por la propia tarea del funcionario al que asisten excediendo en muchos casos la normal jornada de trabajo;

Que, por otra parte el reconocimiento de tales tareas por parte de la Comuna es de vieja data pudiéndose mencionarse al respecto el Decreto N° 3.273/77 (AD 230.247);

Que, por tratarse de una función específica, corresponde disponer para los agentes involucrados el respectivo adicional, cuya posibilidad de creación se encuentra contemplada, a mayor abundamiento, en el Art. 23 del Sistema Municipal de la Profesión Administrativa fijando asimismo la dotación de Auxiliares que corresponde a los niveles de Funcionarios;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

Art. 1° - Institúyese, a partir de la fecha del presente Decreto el Adicional, por Función Auxiliar de Funcionario conforme las siguientes niveles retributivos, que a los efectos de la percepción del mencionado adicional también se aprueban:

NIVEL DIRECTOR $ 750
NIVEL DEPARTAMENTO $ 650
NIVEL DIVISIÓN $ 500
NIVEL SECCIÓN $ 350

Art. 2° - Apruébase a la fecha del presente Decreto la dotación y nivel jerárquico del personal que desempeña funciones de Auxiliar de Funcionario conforme el siguiente detalle:

Intendente

1 Auxiliar nivel Director
2 Auxiliares nivel Departamento
2 Auxiliares nivel División
2 Auxiliares nivel Sección

Secretarios

1 Auxiliar nivel Departamento
2 Auxiliares nivel División

Subsecretarios

1 Auxiliar nivel Departamento
1 Auxiliar nivel División
1 Auxiliar nivel Sección

Directores Generales

1 Auxiliar nivel Division
1 Auxiliar nivel Seccion

Directores

1 Auxiliar nivel División

Ministerio Público Fiscal

1 Auxiliar nivel División

Director de Hospital

1 Auxiliar nivel División
1 Auxiliar nivel Sección

Subdirector de Hospital

1 Auxiliar nivel División

Art. 3° - El adicional creado por el Art. 1° del presente Decreto será liquidado al personal que reviste como auxiliar de funcionario y desempeñe efectivamente dichas tareas, contando para ello con la pertinente Resolución o Disposición de designación del funcionario que corresponda en cada caso.

A tal fin las Direcciones Generales Técnicas Administrativas o las Unidades de Organización que cumplan esas tareas, de todas las Secretarías remitirán a la Dirección General de Recursos Humanos, mediante el formulario Anexo I del presente Decreto la nómina del personal de todas las reparticiones de la respectivas Secretarías que reúnan los requisitos precedentemente enunciados.

Art. 4° - En el caso de que los agentes involucrados cesaran por cualquier causa que fuere en el desempeño efectivo de la función considerada en el presente Decreto solo tendrán derecho a percibir la parte proporcional del adicional creado por el Artículo 1° correspondiente a los días de efectivo desempeño en la antedicha función.

Art. 5° - Queda excluido de los alcances del presente Decreto el personal que perciba Fondo Estímulo o Actividad Crítica.

Art. 6° - El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 7° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Recursos Humanos.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIADA POR
Surge del artículo 3° del Decreto N° 251
REFERENCIADA POR
Exceptúa de los términos del Dec. 1611-94
MODIFICADA POR
Art. 1° Art. 2°
MODIFICADA POR
ART. 1° .- AMPLIA TÉRMINOS DEL DECRETO 1444/93
MODIFICADA POR
Amplíase los términos del Decreto N° 1444/93, asignándosele a la instancia orgánica ante dicha un (1) Auxiliar de funcionario con nivel División J24 y un (1) con nivel Sección J26
REFERENCIADA POR