RESOLUCIÓN 1 2015 AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION

Síntesis:

REUBICACIÓN Y-O REUSO SOCIAL DE APARATOS ELECTRÓNICOS EN DESUSO - REQUISITOS TÉCNICOS - PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD - BAJA PATRIMONIAL - RESIDUOS - EQUIPOS DE INFORMÁTICA - EQUIPOS DE AUDIO Y VIDEO - EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

Publicación:

16/09/2015

Sanción:

11/09/2015

Organismo:

AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION

Estado:

No vigente


VISTO:

Las Leyes N° 2.807, 1.854 y 4.722, los Decretos N° 627/GCABA/11 y 431/GCABA/12,

La Resolución Conjunta N° 1/ASINF/APRA/13, el Expediente Electrónico N°

18866917-MGEYA-ASINF-2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.807establece las medidas para la gestión de aparatos eléctricos en

desuso del Poder Ejecutivo de la Ciudad, que hayan sido objeto de baja patrimonial,

en concordancia con lo dispuesto por la Ley N° 1.854;

Que en virtud del artículo 7° de la Ley N° 2.807 y el artículo 35°, inciso b) de la Ley N°

4.722, los aparatos electrónicos han sido excluidos del régimen general aplicable a la

gestión de bienes en desuso, surgiendo entonces la necesidad de establecer un

procedimiento especial para la baja de aquellos;

Que el Decreto N° 705/GCABA/11 define en su artículo 1° que por "aparatos

electrónicos en desuso" debe entenderse "la corriente de residuos sólidos urbanos con

características particulares de peligrosidad, nocividad toxicidad, deviniéndose cumplir

en cada etapa de gestión, según corresponda, con la normativa vigente en materia de

residuos sólidos urbanos y de residuos peligrosos";

Que en el Anexo I del Decreto N° 627/GCABA/11 modificado por Decreto N°

431/GCABA/12 se aprueba el procedimiento para gestionar la baja patrimonial de los

aparatos electrónicos en desuso del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que en el Anexo II del Decreto N° 627/GCABA/11 y su modificatorio se desarrollan los

criterios de clasificación de los aparatos electrónicos en desuso, según sean

destinados a reubicación y/o reuso social o bien, reciclado/disposición final;

Que en el Artículo 4° del Decreto N° 627/GCABA/11 y su modificatorio se encomienda

a la Agencia de Protección Ambiental y la Agencia de Sistemas de Información

establecer en forma conjunta los requisitos técnicos mínimos de los aparatos

electrónicos en desuso susceptibles de reubicación y/o reuso social;

Que mediante el Anexo de la Resolución Conjunta N° 1/ASINF/APRA/13 se estableció

los requisitos técnicos mínimos que deben cumplir los aparatos electrónicos en desuso

para poder destinarse a reubicación y/o reuso social conforme el Decreto N°

627/GCABA/2011;

Que en este sentido, se estableció que lo requisitos técnicos listados en el Anexo de la

Resolución indicada ut-supra, deberán ser actualizados cada dos años;

Que ello así por Informe N° 18915046-DGASINF-2015 el Director General de

Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información estableció los nuevos

requisitos mínimos que deben cumplir los aparatos electrónicos en desuso para poder

destinarse a reubicación y/o reuso social;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 4° del Decreto N° 627/11

y su modificatorio,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

Y EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION

RESUELVEN

Artículo 1° Establécese que solo podrán destinarse a reubicación y/o reuso social,

conforme Decreto N° 627/GCABA/11 y su modificatorio, aquellos aparatos electrónicos

en desuso que respeten los requisitos técnicos mínimos que se indican en el ANEXO I

registrado en SADE como Anexo N° IF-2015-21979903-ASINF que forma parte

íntegramente de la presente resolución.

Artículo 2°.- Establécese que los requisitos técnicos listados en el ANEXO I registrado

en SADE como Anexo N° IF-2015-21979903-ASINF de la presente Resolución

deberán ser actualizados cada dos años.

Artículo 3°.- Dejáse sin efecto la Resolución Conjunta N° 1/ASINF/APRA/2013.

Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad

de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Villalonga - Martínez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4723

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 3 de la Resolución 1-ASINF-APRA-18 deja sin efecto la Resolución Conjunta 1-ASINF-APRA-2015.</p>
DEROGA
<p>Art. 3 de la Resolución 1-APRA-ASINF-15 deja sin efecto la Resolución Conjunta 1-ASINF-APRA-13.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 1-ASINF-APRA-15 establece los requisitos técnicos que deben respetar los aparatos técnicos en desuso, para destinarse a reubicación y-o reuso social, conforme Decreto 627-11 y su modificatorio.</p><p>Art. 2 establece que los requisitos deben ser actualizados cada dos años.</p>