DECRETO 367 1999
Síntesis:
DISPONESE LA REALIZACIÓN DEL EVENTO CULTURAL DENOMINADO BUENOS AIRES FESTIVAL INTERNACIONAL DEL CINE INDEPENDIENTE
Publicación:
29/03/1999
Sanción:
05/03/1999
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
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Visto la propuesta de la Dirección General de Promoción Cultural, tendiente a organizar eventos de exposición y competencia de obras cinematográficas de carácter internacional, en el marco de festivales a realizar una vez al año en nuestra Ciudad, con la denominación de Buenos Aires Festival Internacional de Cine Independiente (B.A.F.I.C.I.), y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Ciudad a través de la Secretaría de Cultura, impulsa por medio de eventos de este tipo, su política de descentralización cultural procurando utilizar salas distribuidas en diversos barrios de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de celebrar el B.A.F.I.C.I.;
Que es importante posibilitar que el cine de diversas geografías recupere la trascendencia que alcanzó en decadas pasadas;
Que es necesario recuperar el histórico circuito de la Av. Corrientes y el de los cines barriales, promocionando la exposición de materiales de calidad artística;
Que se debe promover un nuevo circuito de exhibición y distribución cinematogrática;
Que el desarrollo de esta forma de expresión artística en nuestra Ciudad, requiere del estímulo a la producción del nuevo cine;
Que se requiere de una convocatoria a la participación de las escuelas nacionales e internacionales dedicadas a la enseñanza cinematográfica;
Que es tarea indelegable del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires llevar a cabo actividades culturales
Como la presente, convocando la colaboración y participación de distintos sectores comunitarios para llevar adelante proyectos como éste;
Que dichos eventos incentivan la participación artistica de vastos sectores de la Ciudad, excluidos de los circuitos masivos de difusión;
Por ello, y de conformidad a las atribuciones conferidas por los Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1° Dispónese la realización del evento cultural denominado Buenos Aires Festival Internacional de Cine Independiente, que se desarrollará durante la primera quincena del mes de abril de cada año.
Art. 2° Encomiéndase la elaboración y ejecución del citado evento al señor Director General de Promoción Cultural.
Art. 3° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Cultura y de Hacienda y Finanzas.
Art. 4° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Cultura; cumplido, archívese.