DECRETO 623 1997
Síntesis:
APRUEBA EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARA EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO PÚBLICO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
Publicación:
22/05/1997
Sanción:
12/05/1997
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 27.342-97, por el que se tramita la aprobación del Pliego de Bases. y Condiciones para el llamado a Licitación Pública Nacional para la Contratación de los Servicios de Mantenimiento del Alumbrado Público de la Ciudad de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario proceder a realizar los actos administrativos complementarios para concretar el llamado a Licitación Pública Nacional para la contratación de los Servicios de Mantenimiento del Alumbrado Público de la Ciudad de Buenos Aires;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias, artículo 104, inciso 23) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1° - Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Licitación Pública Nacional para la contratación de los servicios de Mantenimiento del Alumbrado Público de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 2°-Convócase a Licitación Pública Nacional para la contratación de los servicios de Mantenimiento del Alumbrado Público de la ciudad de Buenos Aires conforme al Pliego de Bases y Condiciones aprobado en el artículo 1°.
Art. 3° - Fíjase un plazo de cuarenta y cinco (45) días corridos para la apertura de las ofertas a partir de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 4° - Deléganse en el señor Secretario de Producción y Servicios las facultades para emitir y responder las Circulares y Consultas previstas por el artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones, así como las otorgadas por el artículo 38 del referido Pliego; para determinar sobre la procedencia de las eventuales impugnaciones que presentaren las Oferentes.
Art. 5° - La Comisión de Preselección a cargo de la Preadjudicación a la que se refiere el artículo 36 del Pliego de Bases y Condiciones estará presidida por el señor Secretario de Producción y Servicios e integrada por los señores Subsecretarios de Obras y Servicios Públicos, de Hacienda y Finanzas, de Medio Ambiente y Legal y Técnico. Asimismo serán invitados a participar de esta Comisión los señores representantes de las Facultades de Ingeniería y Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires.
Art. 6° - La convocatoria a esta Licitación Pública Nacional será publicada en los diarios de mayor circulación del país durante cinco (5) días corridos a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 7° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Producción y Servicios y de Hacienda y Finanzas.
Art. 8° - Dése al Registro Oficial, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase a las Secretarías de Producción y Servicios y de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.