RESOLUCIÓN 2 1997 SUBSECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN

Síntesis:

SUBSECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN. DELEGA FUNCIONES EN LOS DIRECTORES GENERALES DE LOS F/N CENTROS DE GESTIÓN Y PARTICIPACION

Publicación:

24/02/1997

Sanción:

13/02/1997

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN


Visto los Decreto Nros. 213-GCBA-96 y 483-GCBA-96, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el articulo 3° del Decreto N° 483-GCBA-96 se determinó que los F/N Centros de Gestión y Participación tendrán dependencia administrativa de la Dirección General de Relaciones con la Comunidad y funcional de la Dirección General de Descentralización;

Que es necesario precisar las funciones de los Directores Generales encargados de conducir dichos Centros por medio de una delegación de funciones;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 2° del Decreto N° 213-GCBA-96,

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE DESCENTRALIZACION
RESUELVE:

Artículo 1° - Deléganse en los Directores Generales de los F/N Centros de Gestión y Participación las siguientes funciones:

1. Ejercer la conducción administrativa y funcional de los Centros de Gestión y Participación, quedando a su cargo el personal, el patrimonio y las actividades que permitan dar continuidad a los Centros.

2. Recibir reclamos, quejas y denuncias de los vecinos, relacionadas con la administración de la Ciudad.

3. Brindar información actualizada referente a servicios y trámites ante el Gobierno de la Ciudad.

4. Coordinar la prestación de servicios a cargo de otras dependencias en los CGP propendiendo a su optimización y en la unificación de criterios de gestión y atención al ciudadano.

5. Desarrollar, de manera conjunta con las demás áreas que actúan en los CGP, prioridades de gestión y políticas de mejora en los servicios.

6. Convocar y organizar actividades de participación a nivel local en las oportunidades y según los criterios que establezca la Subsecretaría de Descentralización.

7. Mantener un relevamiento actualizado de recursos y necesidades por zona.

8. Solicitar la actuación de las áreas de servicio pertinentes del Gobierno de la Ciudad en caso de necesidad.

9. Proponer la incorporación de nuevos servicios y la modificación y ampliación de los existentes, atendiendo a criterios de economía de recursos.

Art. 2° - Los Directores Generales de los Centros mencionados en el artículo precedente deberán llevar a cabo las actividades y proyectos que le sean encomendadas por esta Subsecretaría a través de la Dirección General de Descentralización presentando los informes de gestión periódicos correspondientes.

Art. 3° - La Dirección General de Descentralización deberá designar un responsable administrativo en cada uno de los F/N Centros de Gestión y Participación en que no se hayan designado Directores Generales. Los responsables administrativos tendrán las facultades y obligaciones previstas en los artículos 1° y 2° de la presente.

Art. 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de Descentralización y de Relaciones con la Comunidad, y a los F/N Centros de Gestión y Participación. Cumplido; archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIADA POR
INTEGRA
Art. 1 de la Res. 2-SSD-97 delega funciones en los Directores Generales de los CGPS aprobados por Dto. 213-96
REGLAMENTA
Art.2 Res.2-VJG-97 establece presentación periódica de informes por parte de los Directores Grales de CGPS, reglamentando Dto. 213-96-Art. 3 establece que de no haber Dir.Gral. designado,se designará un responsable administrativo con las mismas funciones
REFERENCIA
refiere particularmente al Art. 3° del Dec. 483/96