DECRETO 105 2003
Síntesis:
RATIFICA LOS CONVENIOS CELEBRADOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE INFRACCIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES CON LA DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR Y CRÉDITOS PRENDARIOS, Y CON LA ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Publicación:
13/02/2003
Sanción:
03/02/2003
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 13.800/02; y
CONSIDERANDO:
Que, por la citada actuación tramita la ratificación del Convenio de Complementación de Servicios, suscripto con fecha 7 de marzo de 2002, entre la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios dependiente de la Secretaría de Justicia y Asuntos Legislativos del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, y la Dirección General de Administración de Infracciones, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo tramita por la misma actuación la ratificación del Convenio Anexo, al Convenio Complementario citado precedentemente, el que fuera suscripto en la misma fecha, entre la Dirección General de Administración de Infracciones, y la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (A.C.A.R.A.), como así también se propicia ratificar la Addenda al Convenio Complementario de Servicios;
Que, la Addenda mencionada en el párrafo anterior fue suscripta por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor de la Nación, y por la Dirección General de Administración de Infracciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con fecha 27 de noviembre de 2002;
Que, la cláusula décima del Convenio de Complementación de Servicios, establece que dicho Convenio se suscribe "ad referéndum", de las respectivas aprobaciones y autorizaciones legales pertinentes por parte del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, y de las autoridades jerárquicas competentes de la Dirección General de Administración de Infracciones;
Que, en consecuencia, corresponde ratificar en todos sus términos el Convenio de Complementación de Servicios y la Addenda a dicho Convenio, suscriptos entre el Director General de la Dirección General de Administración de Infracciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dr. Lautaro Erratchu y el Interventor, de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios dependiente de la Secretaría de Justicia y Asuntos Legales del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, Dr. Jorge Landau, como así también corresponde ratificar el Convenio Anexo al Convenio Complementario de Servicios, suscripto entre el Director General de la Dirección General de Administración de Infracciones y la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina, cuyas copias certificadas forman parte integrante del presente Decreto;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha dictaminado de conformidad con el criterio sustentado en el presente Decreto;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Ratifícase el Convenio de Complementación de Servicios y su Convenio Anexo, suscriptos el 7 de Marzo de 2002 entre el Interventor de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios de la Secretaría de Justicia y Asuntos Legislativos del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, Dr. Jorge Landau y el Director General de la Dirección General de Administración de Infracciones de este Gobierno, Dr. Lautaro Erratchu, y entre este último y el Contador Horacio Delorenzi en representación de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina, respectivamente, cuyas copias certificadas obran como Anexos I y II del presente Decreto.
Artículo 2° - Ratifícase la Addenda al Convenio de Complementación de Servicios, suscripta con fecha 27 de noviembre de 2002 entre el Interventor de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios de la Nación, Dr. Jorge Landau y el Director General de Administración de Infracciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dr. Lautaro Erratchu, cuya copia certificada obra como Anexo III y forma parte integrante del presente.
Artículo 3° - El presente Decreto es refrendado por la señora Secretaria de Gobierno y Control Comunal, por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas y por el Señor Jefe de Gabinete.
Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en virtud de lo establecido en el Decreto N° 698/CGBA/96 y su modificatorio Decreto N° 1.583/GCABA/2001, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Gobierno y Control Comunal, a la Dirección General Administración de Infracciones la que comunicará lo dispuesto por el presente acto, a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios de la Nación. Cumplido, pase a la Dirección General Escribanía General de la Ciudad de Buenos Aires. Fecho, archívese. IBARRA - Giudici - Pesce - Fernández
ANEXOS
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