ORDENANZA 50722 1996

Síntesis:

DEROGA LA ORDENANZA N° 49.973. AFECTA Y DESAFECTA PARCELAS DE LOS DISTRITOS DE ZONIFICACIÓN DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO.

Publicación:

20/09/1996

Sanción:

15/08/1996

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

06/09/1996

Estado:

No vigente


El Concejo Deliberante de la Ciudad de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ordenanza

Artículo 1° - Derógase la Ordenanza N° 49.973.

Art. 2° - Desaféctanse las parcelas comprendidas en el polígono determinado por la línea de fondo de las parcelas frentistas a la arteria Defensa desde la Avenida Caseros hasta la Avenida Martín García, eje de la Avenida Regimiento de Patricios, al Este; eje de la Avenida Don Pedro de Mendoza, eje de la Avenida 27 de febrero (proyecto), al Sur; eje de la calle Luna; límite Sur de las vías del FF.CC, Gral. Roca; eje de la Avenida Iriarte; eje de la Avenida Zavaleta, al Oeste; vías del FF.CC. Gral. Belgrano, eje de la calle Lavardén, eje de la calle Miravé, eje de la calle Lafayette, eje de la Avenida Amancio Alcorta, eje de la Avenida Vélez Sársfield, eje de la Avenida Caseros hasta su intersección con la calle Bolívar, eje de la calle Bolívar, línea de fondo de las parcelas frentistas a la Avenida Caseros, al Norte; de los Distritos de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 3° - Incorpórase en el parágrafo 5.4.6.32 “Distrito U31" del Código de Planeamiento Urbano, el Subdistrito K, comprendido por las siguientes fracciones y/o parcelas:

- C: 3; S: 18; M: 58; fracción C
- C: 3; S: 18; M: 72; Parcela 8
- C: 3; S: 18; M: 73; Parcelas 10a; 10b y 10c
Según lo graficado en el Anexo II figuras 9 y 10.

Art. 4° - Aféctanse las parcelas comprendidas en el polígono desafectado en el artículo primero, a Distritos Generales de Zonificación (conforme a la Sección (5) del Código de Planeamiento Urbano) de acuerdo al siguiente detalle:

1 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de Avenida Caseros desde su intersección con línea de deslinde del Distrito C2 (Figura 1) hasta intersección con eje de calle Bolívar, por éste hasta intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Caseros, por esta línea hasta intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a calle Defensa, por esta línea hasta intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Martín García (Figura 7), por esta línea hasta intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Manuel A. Montes de Oca, por esta línea y siguiendo el deslinde del Distrito E4 hasta intersección con deslinde del Distrito C2 (figura 1) y por ésta hasta intersección con eje de Avenida Caseros; a Distrito R2all. Dentro de este Polígono quedará incluido el Distrito E4 que se gráfica en el Anexo II, Figura 1 y que corresponde al Hospital de Pediatría Doctor Pedro de Elizalde.

2 - Aféctase el polígono delimitado por:

Línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Martín García desde su intersección con línea de fondo de las parcelas frentistas a Avenida Manuel A. Montes de Oca (vereda E) hasta su intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a calle Defensa - Avenida Regimiento de Patricios, por éste hasta intersección con eje de calle Olavarría, por éste hasta intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Regimiento de Patricios (vereda O), por éste hasta intersección con eje de calle Pi y Margall, por éste hasta intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Martín García, por esta línea hasta intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Manuel A. Montes de Oca, y por esta línea hasta intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Martín García; a Distrito C3I.

3 - Aféctase el polígono delimitado por:

Línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Martín García desde su intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Manuel A. Montes de Oca (vereda E) hasta su intersección con eje de calle Pi y Margall, por éste hasta intersección con línea de fondo de parcelas; frentistas a Avenida Regimiento de Patricios, por esta línea hasta intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a calle Suárez (vereda Norte), por esta línea hasta intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Manuel A. Montes de Oca, y por esta línea hasta su intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Martín García; a Distrito R2bI.

4 - Aféctase el polígono delimitado por:

Línea de fondo de parcelas frentistas a calle Suárez (vereda Norte) desde su intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Manuel A. Montes de Oca, hasta su Intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Regimiento de Patricios, por esta línea hasta intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a calle Suárez (vereda Sur), por esta línea hasta su intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Manuel A. Montes de Oca, y por esta línea hasta intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a calle Suárez (vereda Norte), a Distrito C311.

5 - Aféctase el polígono delimitado por:

Línea de fondo de parcelas frentistas a calle Suárez desde su intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Manuel A. Montes de Oca, (vereda E), hasta intersección con línea de fondo parcelas frentistas a Avenida Regimiento de Patricios, por esta línea hasta su intersección con eje de calle Olavarría, por éste hasta intersección eje de calle Azara, por éste hasta intersección con eje de calle General Gregorio Aráoz de Lamadrid, por éste hasta intersección con eje de calle Gaspar Melchor de Jovellanos, por éste hasta su intersección con eje de calle Magallanes, por éste hasta su intersección con calle Azara, por éste hasta su intersección con eje de calle Benito Quinquela Martín, por éste hasta su intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Manuel A, Montes de Oca, y por esta línea hasta su intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a calle Suárez (deslinde con el Distrito C3II); a Distrito R2bI.

6 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de calle Olavarría desde su intersección con eje de calle Azara hasta intersección con eje de Avenida Regimiento de Patricios, por éste hasta intersección con eje de calle Coronel Salvadores, por éste hasta su intersección con eje de calle Gaspar Melchor de Jovellanos, por éste hasta su intersección con eje de calle Benito Quinquela Martín, por éste hasta intersección con eje de calle Azara, por éste hasta intersección con eje de calle Magallanes, por éste hasta intersección con eje de calle Gaspar Melchor de Jovellanos, por éste hasta intersección con eje de calle General Gregorio Aráoz de Lamadrid, por éste hasta intersección con eje de calle Azara, y por éste hasta intersección con eje de calle Olavarría; a Distrito E2.

7 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de calle Benito Quinquela Martín desde intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Manuel Montes de Oca (vereda E) hasta intersección con eje de calle Gaspar Melchor de Jovellanos, por éste hasta intersección con eje de calle Coronel Salvadores, por éste hasta intersección con eje de Avenida Regimiento de Patricios, por éste hasta intersección con eje de calle Río Cuarto, por éste hasta intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Manuel A. Montes de Oca, y por esta línea hasta intersección con eje de calle Benito Quinquela Martín; a Distrito E3.

8 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de calle Benito Quinquela Martín, desde intersección con la línea de fondo de parcelas frentistas a la Avenida Manuel A. Montes de Oca (vereda Oeste), hasta su intersección con la línea de fondo parcelas frentistas a Avenida Manuel A. Montes de Oca (vereda E), por ésta hasta la intersección con el eje de la Avenida Osvaldo Cruz, por éste hasta intersección con línea de fondo de las parcelas frentistas a Avenida Manuel A. Montes de Oca, (vereda Oeste) y por ésta hasta la intersección con eje de la calle Benito Quinquela Martín; a Distrito C3I.

9 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de calle Río Cuarto desde intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Manuel A. Montes de Oca (vereda E) hasta eje de Avenida Regimiento de Patricios, por éste hasta intersección con eje de Avenida Don Pedro de Mendoza, por éste hasta la línea de deslinde de la AV1, según figura N° 5, por ésta hasta la intersección con el eje de Avenida Osvaldo Cruz, por éste hasta la intersección con la línea de fondo de las parcelas frentistas a Avenida Manuel A. Montes de Oca (vereda E), y por ésta hasta la intersección con el eje de calle Río Cuarto; a Distrito I.


10 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de la calle Osvaldo Cruz, desde intersección con eje de calle San Antonio, hasta la intersección con la línea de deslinde de la AV1 (figura N° 5), por ésta hasta la intersección con el eje de la Avenida Don Pedro de Mendoza, por éste hasta intersección eje de calle San Antonio, por éste hasta intersección con eje de calle Luján, por éste hasta intersección con eje de calle Gonçalves Días, por éste hasta intersección eje de calle Villarino, por éste hasta intersección con eje de calle San Antonio y por éste hasta el eje de calle Osvaldo Cruz; a Distrito I.

11 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de calle Río Cuarto, desde la intersección con eje de calle Hipólito Vieytes, hasta la intersección con el eje de calle Herrera, por éste hasta la intersección con el eje de Avenida Osvaldo Cruz por éste hasta la intersección con el eje de calle Hipólito Vieytes y por éste hasta la intersección con el eje de calle Río Cuarto; a Distrito E2.

12 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de calle General Gregorio Aráoz de Larnadrid, desde la intersección con eje de Calle José Aarón Salmún Feijoó, hasta intersección con el eje de calle Herrera, por éste hasta la intersección con eje de calle Río Cuarto, por éste hasta la intersección con el eje de calle Hipólito Vieytes, por éste hasta la intersección con el eje de calle Jorge, por éste hasta la intersección con el eje de calle San Antonio, por éste hasta la intersección con el eje de calle Santo Domingo, por éste hasta la intersección con el eje de calle Luzuriaga, por éste hasta la intersección con el eje de calle Luján, por éste hasta la intersección con el eje de Avenida Vélez Sársfield, por éste hasta la intersección con el eje de calle Río Cuarto, por éste hasta la intersección con el eje de calle Río Limay, por éste hasta la intersección con la línea de fondo de las parcelas frentistas a la Avenida Iriarte (vereda Sur), por esta línea hasta la intersección con la línea de fondo de las parcelas frentistas a calle Hipólito Vieytes (vereda Este) por éste hasta la intersección con eje de calle Alfredo L. Palacios, por éste hasta la intersección con el eje de Hipólito Vieytes, por éste hasta la intersección con el eje de calle Benito Quinquela Martín, por éste hasta la intersección con el eje de calle José Aarón Saimún Feijoó, y por éste hasta la intersección con el eje de calle General Gregorio Aráoz de Lamadrid; a Distrito R2blll.

13 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de calle Olavarría, desde intersección con eje de Avenida General Hornos, hasta intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Manuel A. Montes de Oca (vereda Oeste), por esta línea hasta intersección con eje de calle Río Cuarto, desde este punto (al Norte) por la prolongación virtual del eje de Avenida General Hornos hasta su intersección con calle California desde aquí (al Norte) por eje de Avenida General Hornos hasta su intersección con eje de calle Olavarría; a Distrito E3.

14 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de Avenida Caseros desde su intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Manuel Montes de Oca (vereda Oeste) (fig. N° 4), hasta su intersección con deslinde del Distrito R2All por éste hasta intersección con deslinde del Distrito E4 (fig. N° 1) por este deslinde (hacia el Sur) hasta la línea de fondo de las parcelas frentistas a la Avenida Manuel A. Montes de Oca (vereda Este), por esta línea hasta su intersección con eje de calle Benito Quinquela Martín, por éste hasta su intersección con la línea de fondo de las parcelas frentistas a la Avenida Manuel A, Montes de Oca (vereda Oeste), por esta línea, hasta su intersección con eje de calle Olavarría, por éste hasta su intersección con el eje de la Avenida General Hornos, por éste hasta su intersección con la AV1, por esta línea hasta su intersección con eje de calle Doctor Enrique Finochietto; por éste hasta intersección con eje de Avenida Manuel A, Montes de Oca, por éste hasta su intersección con deslinde del Distrito UP (fig. N° 4) y por éste hasta su intersección con eje de Avenida Caseros; a Distrito C2.

15 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de calle Herrera, desde intersección con eje de calle Doctor Enrique Finochietto hasta su intersección con eje de calle Gral. Gregorio Aráoz de Lamadrid, por éste hasta su intersección con eje de calle José Aarón Salmún Feijoó, por éste hasta su intersección con eje de calle Benito Quinquela Martín, por éste hasta intersección con eje de calle Hipólito Vieytes, por éste hasta intersección con eje de calle Alfredo L. Palacios por éste hasta intersección con eje de Avenida Vélez Sársfield, por éste hasta intersección con eje de calle General Gregorio Aráoz de Lamadrid, por éste hasta intersección con eje de calle Perdriel, por éste hasta intersección con eje de calle Benito Quinquela Martín, por éste hasta intersección con eje de calle San Antonio, desde este punto y hacia el Norte, siguiendo el deslinde del Distrito E4 (fig. 3), hasta deslinde con vías del Ferrocarril General Roca, desde éste (hacia el Norte) por deslinde con vías del ferrocarril Gral. Roca hasta intersección con eje de calle Brandsen, desde este punto (hacia el Norte) por deslinde Distrito UF (fig. 8) hasta la intersección de los ejes de las calles Aristóbulo del Valle y Guanahani, por eje de calle GuanahaniDoctor Enrique Finochietto hasta intersección con calle Herrera; a Distrito E3.

16 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de calle Osvaldo Cruz desde su intersección con eje de calle Luna, hasta intersección con eje Avenida Vélez Sársfield, por éste hasta intersección con eje de calle Luján, por éste hasta intersección con eje de calle Luzuriaga por éste hasta intersección con eje de calle Osvaldo Cruz, por éste hasta intersección con eje de calle Santa María del Buen Ayre (proyecto), por éste hasta intersección con eje de Avenida 27 de Febrero (proyecto), por éste hasta intersección con eje de calle Luna y por éste hasta intersección con eje de calle Osvaldo Cruz; a Distrito I.

17 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de calle Luzuriaga desde su intersección con calle Osvaldo Cruz hasta su intersección con eje de calle Santo Domingo, por éste hasta intersección con eje de calle San Antonio, por éste hasta intersección con eje de calle Jorge, por éste hasta intersección con eje de calle Hipólito Vieytes, por éste, hasta intersección con eje de calle Osvaldo Cruz, por éste hasta intersección con eje de calle San Antonio, por éste hasta intersección con eje de calle Villarino, por éste hasta intersección con eje de calle Gonçalves Días, por éste hasta intersección con eje de calle Luján, por éste hasta intersección con eje de calle San Antonio, por éste hasta intersección con Avenida 27 de Febrero (proyecto), por ésta hasta intersección con eje de calle Santa María del Buen Ayre (proyecto), por éste hasta intersección con eje de calle Osvaldo Cruz, y por éste hasta intersección con eje de calle Luzuriaga; a Distrito E3 quedando excluido de este Distrito el Sector comprendido por las siguientes fracciones y/o parcelas C:3, S:18, M:58, Fracción C - C:3, S18, M:72, Parcela 8; - C:3, S:18, M:73, Parcela l0a, l0b, l0c, que se afectarán a Distrito U31 (Subdistrito K), según lo establecido en el Artículo 3 de la presente y de acuerdo a lo graficado en las figuras 9 y 10 del Anexo II.

18 - Aféctase el polígono delimitado por:

Línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Iriarte (vereda norte) desde intersección con eje de calle Río Limay, hasta intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a calle Hipólito Vieytes, (vereda oeste), por éste hasta intersección con eje de calle Alfredo L. Palacios, por éste hasta intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a calle Hipólito Vieytes (vereda Este) por éste hasta su intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Iriarte (vereda sur), por ésta hasta su intersección con eje de calle Río Limay, y por éste hasta su intersección con línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Iriarte (vereda norte); a Distrito C3II.

19 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de calle Santo Domingo desde su intersección con eje de calle Luna hasta la intersección con eje de Avenida Vélez Sársfield, por éste hasta la intersección con eje de calle Osvaldo Cruz, por éste hasta la intersección con eje de calle luna, y por éste hasta la intersección con eje de calle Santo Domingo; a Distrito E2.

20 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de calle Cayastá desde la intersección con el eje de calle Luna hasta intersección con eje de calle Agustín Magaldi, por éste hasta intersección con eje de la Avenida Iriarte, por éste hasta intersección con eje de calle Blandengues, por éste hasta intersección con eje de calle Río Cuarto, por éste hasta intersección con eje de Avenida Vélez Sársfield, por éste hasta intersección con eje de calle Santo Domingo por éste hasta intersección con eje de calle Luna, y por éste hasta intersección con eje de calle Cayastá; a Distrito R2bIl.

21 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de calle California desde la intersección con eje de calle Luna hasta intersección con eje de calle Agustín Magaldi, por éste hasta intersección con eje de calle Alfredo L. Palacios, por éste hasta intersección con eje de calle Chubut, por éste hasta intersección con eje de calle California, por éste hasta intersección con eje de Avenida Vélez Sársfield, por éste hasta intersección con eje de Avenida Iriarte, por éste hasta intersección con eje de calle Agustín Magaldi, por éste hasta intersección con eje de calle Cayastá, por éste hasta intersección con eje de calle Luna, y por éste hasta intersección con eje de calle California; a Distrito E3.

22 - Aféctase el polígono delinnitado por:

Eje de calle Alfredo L. Palacios desde intersección con eje de calle Chubut, hasta intersección con eje de calle Blandengues, por éste hasta intersección con eje de calle California, por éste hasta intersección con eje de calle Chubut y por éste hasta intersección con eje de calle Alfredo L. Palacios; a Distrito R2bll.

23 - Aféctese el polígono delimitado por:

Vías del FF.CC. Gral. Roca desde su intersección con eje de calle Luna, hasta la intersección con el eje de la Avenida Australia (proyecto), por éste hasta intersección con eje de Avenida Vélez Sársfield, por éste hasta intersección con eje de calle Alfredo L. Palacios, por éste hasta intersección con eje de calle Agustín Magaldi, por éste hasta intersección con eje de calle California por éste hasta intersección con eje de calle Luna y por éste hasta intersección con vías del FF.CC. Gral. Roca; a Distrito E2.

24 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de calle Alfredo L. Palacios desde la intersección con eje de calle Blandengues hasta la intersección con eje de calle Luzuriaga por éste hasta la intersección con eje de calle Río Cuarto, por éste hasta la intersección con eje de calle Blandengues, por éste hasta intersección con eje de la Avenida Iriarte, por éste hasta intersección con eje de la Avenida Vélez Sársfield, por éste hasta intersección con eje de calle California, por éste hasta intersección con eje de calle Blandengues, y por éste hasta intersección con eje de calle Alfredo L. Palacios; a Distrito UP.

25 - Aféctese el polígono delimitado por:

Eje de calle Alfredo L. Palacios desde intersección con eje de calle Luzuriaga hasta intersección con eje de calle Río Limay, por éste hasta intersección con eje de calle Río Cuarto, por éste hasta intersección con eje de calle Luzuriaga y por éste hasta intersección con eje de calle Alfredo L. Palacios; a Distrito R1a.

26 - Aféctese el polígono delimitado por:

Eje de calle Alfredo L. Palacios desde intersección con eje de calle Río Limay hasta intersección con eje de calle Santa Elena, por éste hasta intersección con la línea de fondo de las parcelas frentistas a Avenida Iriarte (vereda Norte), por ésta hasta intersección con eje de calle Río Limay, y por éste hasta intersección con eje de calle Alfredo L. Palacios; a Distrito R2bI.

27 - Aféctese el polígono delimitado por:

Eje de calle Alfredo L. Palacios, desde intersección con eje de calle Santa Elena hasta su intersección con la línea de fondo de parcelas frentistas a calle Hipólito Vieytes (vereda oeste), por esta lince hasta la intersección con la línea de fondo de parcelas frentistas a Avenida Iriarte (vereda norte), por esta línea hasta la intersección con eje de calle Santa Elena, y por éste hasta intersección con eje de calle Alfredo L. Palacios; a Distrito R2bIll.

28 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de calle Toll, desde su intersección con eje de Avenida Vélez Sársfield hasta su intersección con eje de calle Perdriel, por éste hasta su intersección con eje de Avenida Suárez, por éste hasta intersección con Vías del FF.CC. Gral. Roca, por éstas hasta intersección con eje de Avenida Australia, por éste hasta intersección con eje de calle Perdriel, por éste hasta su intersección con eje de calle General Gregorio Aráoz de Lamadrid, por éste hasta su intersección con eje de Avenida Vélez Sársfield, y por éste hasta su intersección con eje calle Toll; a Distrito UF.

29 - Aféctese el polígono delimitado por:

Eje de calle Perdriel desde su intersección con eje de Avenida Suárez, hasta su intersección con eje de Avenida Amancio Alcorta, por éste, hasta su intersección con eje de calle Barracas, por éste hasta su intersección con eje de Avenida Suárez, y por éste, hasta su intersección con eje de calle Perdriel; a Distrito E4.

30 - Aféctese el polígono delimitado por:

Eje de Avenida Suárez desde su intersección con Vías del FF.CC. Gral. Roca hasta su intersección con eje de calle Hipólito Vieytes, por éste hasta intersección con deslinde Distrito E3, por esta línea hasta intersección con eje calle Benito Quinquela Martín, por éste hasta intersección con deslinde de Vías del FF.CC. Gral. Roca, por ésta hasta intersección con eje Avenida Suárez; a Distrito E4 (figura 3).

31 - Aféctese el polígono delimitado por:

Eje de calle Luzuriaga desde su intersección con eje Avenida Vélez Sársfield hasta eje de calle Uspallata, por éste hasta intersección con eje de calle Baigorri, por éste hasta intersección con eje Avenida Amancio Alcorta, por éste hasta intersección con eje de calle Perdriel, por éste hasta intersección con eje de calle Toll, por éste hasta intersección con eje de Avenida Vélez Sársfield, y por éste hasta su intersección con eje de calle Luzuriaga; a Distrito E3.

32 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de Avenida Caseros desde su intersección con eje Avenida Vélez Sarsfield hasta su intersección con eje de calle Perdriel, por éste hasta su Intersección con eje de calle Doctor Enrique Finochietto, por éste hasta intersección con eje de calle Baigorri, por éste hasta intersección con eje de calle Uspallata, por éste hasta intersección con eje de calle Luzuriaga, por éste hasta intersección con eje de Avenida Vélez Sársfield y por éste hasta su intersección con eje de Avenida Caseros; a Distrito R2bl.

33 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de Avenida Caseros desde su intersección con eje de calle Baigorri hasta intersección con eje de Avenida Amancio Alcorta por éste hasta su intersección con calle Baigorri, y por éste hasta intersección con Avenida Caseros; a Distrito UP.

34 - Aféctese el polígono delimitado por:

Eje de Avenida Caseros desde intersección con eje de Avenida Amancio Alcorta hasta intersección con eje de calle Paracas, por éste hasta intersección con eje de calle Ambrosio Olmos, por éste hasta Intersección con eje de calle Doctor Ramón Carrillo, por éste hasta intersección con el eje de Avenida Amancio Alcorta, y por éste hasta intersección con eje de Avenida Caseros; a Distrito E3.

35 - Aféctese el polígono delimitado por:

Eje de calle Ambrosio Olmos desde intersección con eje de calle Doctor Ramón Carrillo hasta intersección con eje de calle Paracas, por éste hasta intersección con eje de calle Brandsen, por éste hasta el linde de las Vías del FF.CC. Gral. Roca, por éste hasta intersección con eje de calle Doctor Ramón Carrillo, y por éste hasta la intersección con eje de calle Ambrosio Olmos; a Distrito E2.

36 - Aféctese el polígono delimitado por:

Eje de calle Olavarría, desde su intersección con el eje de la Avenida Vélez Sársfield hasta su intersección con la prolongación virtual de calle Luna, por ésta 105 m. hacia el Sur, desde el final de esa prolongación, 170 m. hacia el oeste, desde ese punto, hacia el norte 105 m., hasta encontrar el límite de la zona de vías (Ley 14.953 - 4/12/59), por éstas hasta intersección con eje de calle Zavaleta, por éste hasta intersección con eje de Avenida Iriarte, por éste hasta intersección con vías del Ferrocarril Gral. Roca, por éstas hasta intersección eje de Avenida Australia por éste hasta intersección con eje de Avenida Vélez Sársfield y por éste hasta intersección de calle Olavarría, a Distrito I.

37 - Aféctese el polígono delimitado por:

Vías del ferrocarril Gral. Manuel Belgrano desde su intersección con la calle Zavaleta hasta intersección con eje de calle Lavardén, por éste hasta intersección con eje de calle Miravé, por éste hasta intersección con eje de calle Lafayette, por éste hasta intersección con calle Suárez, por éste hasta intersección con Avenida Vélez Sársfield, por éste hasta intersección con calle Olavarría, por éste hasta intersección con prolongación virtual de calle Luna, por éste 105 m, hacia el sur desde el final de esa prolongación, 170 m, hacia el Oeste, desde ese punto hacia el Norte 105 m. hasta encontrar el límite de la zona de vías (Ley 14.953 - 4/12/59) y por éstas hasta intersección con calle Zavaleta; a Distrito UF.

38 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de Avenida Caseros desde su intersección con eje de calle Perdriel hasta su intersección con eje de calle Baigorri, por éste hasta intersección con eje de calle Doctor Enrique Finochietto, por éste hasta intersección con eje de calle Perdriel, por éste hasta su intersección con eje de Avenida Caseros; a Distrito E4 quedando excluido de este distrito el Sector delimitado en el Anexo II el que se afectará a Distrito R2bI, cuyos límites precisos serán determinados por el Poder Ejecutivo en base a los datos de planchetas catastrales que posee (figura 11).

39 - Aféctase el polígono delimitado por:

Eje de Avenida Amancio Alcorta desde su intersección con eje de calle Lafayette hasta intersección con eje de Avenida Vélez Sársfield, por éste hasta intersección con eje de calle Suárez, y por éste hasta intersección con eje de calle Lafayette, por éste hasta eje de Avenida Amancio Alcorta, a Distrito E4.

Art. 5° - Apruébase el Anexo I conteniendo el plano con los polígonos delimitados en el artículo anterior y el Anexo II conteniendo las figuras 1, 2, 3, 4, 5. 6, 7, 8, 9, 10 y 11 que detallan límites particulares de algunos distritos.

Dichos anexos forman parte a todos los efectos de la presente ordenanza y tienen por objeto facilitar la lectura de los distritos afectados.

Art. 6° - Encomiéndase al Poder Ejecutivo, la modificación de las Planchetas Nros. 18 - 23 - 24 y 30 y la confección del plano N° 5.4.6.32k correspondiente al Subdistrito U31k incorporado en el art. 3° de la presente, del plano de zonificación del Código de Planeamiento Urbano (AD. 610.16) de acuerdo a lo establecido en los artículos 2°, 3° y 4° de la presente respectivamente.

Art. 7° - Dentro del plazo de 180 días el Poder Ejecutivo a través de los organismos competentes deberá elaborar y proponer para su aprobación y posterior incorporación, al art. 5.4.7 "Distrito de Arquitectura Especial A.E." (AD. 610.19), las normas correspondientes a los Distritos A. E., que se consignan en el plano mencionado en el art. 5°.

Art. 8° - Derógase la Ordenanza N° 43.226 (B.M. 19.018) y los arts. 1°, 2° Y 3° de la Ordenanza 43.611 (B.M. 18.585).

Art. 9° - Comuníquese, etcétera.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Art. 8 de la Ordenanza 50722, deroga la Ordenanza 43226.</p>
MODIFICA
Deroga los Arts. 1°, 2° y 3°
VETADA POR
Art. 1° Arts. 3°, 6°, 7° y los puntos 17, 33 y 34 del art. 4°
PROMULGADA POR
Art. 2° Arts. 1°, 2°, 5°, 8° y los puntos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 35, 36, 37, 38 y 39 del Art. 4°
DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Ordenanza 51981 deroga la Ordenanza 50722, manteniendo las derogaciones dispuestas por sus artículos 1 y 8.</p>