DECRETO 314 1996

Síntesis:

APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

Publicación:

16/04/1996

Sanción:

26/03/1996

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto la Ordenanza N° 49.043, por la cual se reestructura la Organización de la Comuna, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la norma citada se establecen las Secretarías que conformarán el Departamento Ejecutivo;

Que en virtud de ello, se escinde la Secretaría de Educación y Cultura en dos Secretarías diferenciadas, en atención a la importancia en todo lo relacionado con la cultura y a la ímproba tarea que en materia educativa debe encarar el Municipio;

Que en consecuencia, se hace necesario convalidar la vigencia dé la normativa aludida introduciendo las modificaciones organizativas que funcionalmente sean aconsejables;

Que en ese sentido, es oportuno generar los cambios orgánicos que permitan la puesta en marcha, en forma gradual, de la Ley Federal de Educación y contemplar, además, la transferencia de los establecimientos educativos de los distintos niveles y modalidades de enseñanza al ámbito de la Comuna;

Que por tal motivo, es menester introducir ajustes a las estructuras organizativas del área de Educación y sus organismos dependientes, aprobada por el Decreto N° 7/95 (B.M. N° 19.952), teniendo en cuenta la pertinente adecuación a la vigente norma estatutaria docente (Estatuto Docente Municipal, Ordenanza número 40.593);

Que, el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado Municipal ha tomado la intervención que le compete, de acuerdo a lo dispuesto en el Capítulo 7, inciso 1° del Anexo, el Decreto número 1.711/94, expidiéndose en forma favorable al Anteproyecto presentado;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 31, inciso d) de la Ley Orgánica Municipal N\' 19.987,

El Intendente Municipal

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase la estructura organizativa de la Secretaría de Educación, conforme a los Anexos 1 (Organigrama), II (Objetivos) y III (Responsabilidad Primaria y Acciones), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2° - Déjase establecido que de la Dirección Artística (cargo equivalente a Dirección Area Docente) dependerán los Establecimientos Educativos transferidos por Anexo I.a del Acta N° 4 del 30 de noviembre de 1993, asignados al área Educación Artística y conforme a las Resoluciones Nros. 165/2/SE y C/94 y 43/2/SE y C/95.

Art. 3° - Modifícase los Decretos Nros. 1.711/94 y 7/95 ytoda otra norma relativa a estructuras organizativas que involucren a los organismos afectados por el presente decreto.

Art. 4° - La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General de Planificación Presupuestaria, arbitrará las medidas pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente norma.

Art. 5° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación, de Cultura y de Hacienda y Finanzas.

Art. 6° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, Planificación Presupuestaria y Sistemas de Información. Cumplido, archívese.


ANEXOS

NOTA: LOS ANEXOS PUEDEN SER CONSULTADOS EN EL BOLETÍN MUNICIPAL N° 20.268

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Art. 3° Dto. 12-96 . Derogación Genérica Dto. 314-96 . Caducidad de todas las estructuras organizativas anteriores
MODIFICADA POR
<p>Art. 4 de la Ley 955 excluye de las previsiones del Decreto 314-96 de congelamiento de vacantes, a los Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica.</p>