RESOLUCIÓN 1027 2017 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

 FIJA VALOR  - ARANCEL POR TRÁMITE FINALIZADO -  RECEPCIÓN Y REGISTRACIÓN DE CESIONES DE CRÉDITO - TABLA DE VALORES DE RECUPERACIÓN DE COSTOS - DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA

Publicación:

30/03/2017

Sanción:

27/03/2017

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

los Decretos Nros. 1.232/99, 2.302/04, 1.206/07, la Resolución N° 305/MHGC/05 y el

Expediente Electrónico N° 6.690.667/MGEYA-DGCG/2017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1.232/99 se incorporó a la Tabla de Valores de

Recuperación de Costos aprobada por el Decreto N° 900/91 el monto a recuperar por

parte de la Dirección General de Tesorería por el servicio especial de registración de

cesiones de créditos a requerimiento de los interesados;

Que por el Decreto N° 2.302/04 se estableció que la Dirección General de Contaduría

es el organismo competente para la recepción, registración y aplicación de las

cesiones de crédito presentadas por acreedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, a partir del 1° de enero de 2005;

Que asimismo, en el Decreto N° 1.206/07 se fijo el valor para el servicio en cuestión en

la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA ($ 230), y se delegó en el Ministerio de

Hacienda la facultad de modificar dicho arancel;

Que mediante la Resolución N° 305/MHGC/05 el mencionado valor fue actualizado en

la suma de PESOS UN MIL CUARENTA ($ 1.040);

Que teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la fijación de dicho monto, y en

función de la modificación propuesta por la Dirección General de Contaduría, la cual

se sustenta en los valores consignados por los indicadores de la Dirección General de

Estadística y Censos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta

necesario actualizar el mismo;

Que, por ello y en uso de las facultades delegadas por el Decreto N° 1.206/07,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Fíjase en PESOS UN MIL OCHOCIENTOS ($ 1.800) el valor del arancel

por cada trámite finalizado para la recepción y registración de las cesiones de crédito

presentadas ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Contaduría la que

deberá notificar los términos de la presente al Colegio de Escribanos de la Ciudad de

Buenos Aires, y a la Dirección General de Tesorería. Cumplido, archívese. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Resolución  1027-MHGC-17 fija valor de  arancel por cada trámite finalizado para recepción y registración de cesiones de crédito presentadas ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, respecto del punto 14 incorporado a la Tabla de Valores de Recuperación de Costos establecida por Decreto 900/91, en virtud de la delegación dispuesta por art. 2 del Decreto 1206/07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolucion 132-MHFGC-19 fija a partir del 1° de enero de 2020, en pesos tres mil ($ 3.000.-) el valor del arancel por cada trámite finalizado para la recepción y registración de las cesiones de crédito.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 Resolución 1027-MHGC-17 fija valor arancel por cada trámite finalizado para recepción y registración de las cesiones de crédito presentadas ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires</p>