RESOLUCIÓN 529 2003 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

RATIFICA LA ENCOMIENDA A LA EMPRESA AUTOPISTAS URBANAS SA PARA LAS OBRAS DE EJECUCIÓN DE APERTURA DE CALLES EN EL ÁREA DEL MERCADO DE HACIENDA DE LINIERS

Publicación:

03/06/2003

Sanción:

26/05/2003

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto la Ley N° 70 (B.O. N° 539), de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad, y su Decreto Reglamentario N° 1.000/GCBA/1999 (B. O. N° 704), los Decretos Nros. 524/GCBA/2002 (B.O. N° 1454) y 1.162/GCBA/2002 (B.O. N° 1527), la Resolución N° 738/SOYSP/2002 (B.O. N° 1551), Resolución N° 867/SOYSP/2002, Expedientes y agregados Nros. 44.177/2002 y agregados en N° 50.327/2002 y las Providencias Nros. 445/SOYSP y 677/SOYSP, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 524/GCBA/2002, modificatorio de su similar N° 408/GCBA/97, se estableció, entre otras cosas, que el canon que Autopistas Urbanas S. A. abona al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por recaudación en concepto de peaje, debe efectivizarse en efectivo o bien mediante la prestación de servicios y/o ejecución de obras y/o provisión de bienes, cuando ello le sea encomendado expresamente por el Gobierno para incorporarse al dominio de la Ciudad;

Que en el marco de las facultades conferidas en los artículos 7° y 8° del Decreto N° 1.162/GCBA/02, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos dictó la Resolución N° 738/SOYSP/02, reglamentaria del procedimiento para la implementación de los servicios y/o ejecución de obras y/o provisión de bienes que se encomienden a Autopistas Urbanas S.A.;

Que el artículo 9° del citado Decreto determina que las Jurisdicciones del Gobierno requerirán a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos la aprobación para la prestación de servicios, ejecución de obras o provisión de materiales que resulten necesarias en el marco del procedimiento aprobado;

Que la Subsecretaría de Espacio Público y Desarrollo Urbano oportunamente elaboró el proyecto de apertura de calles en el área del Mercado de Hacienda de Liniers para el mejoramiento de la circulación vehicular, la refuncionalización y el mejoramiento de la misma, incluyendo la justipreciación económica oficial y los plazos de cumplimiento dentro de la planificación desarrollada, estableciéndose asimismo la modalidad de avance, recepción provisoria, definitiva y metodología de fiscalización de las mismas;

Que no obstante ello, el suscripto basado en la experiencia y antecedentes adquiridos por el Ente de Mantenimiento Urbano Integral, ordenó mediante la Resolución N° 867/SOSP/02, que las obras de rehabilitación ordenadas a la empresa Autopistas Urbanas S.A. en el marco del Decreto N° 1.162/GCBA/02, sean fiscalizadas, inspeccionadas, controladas, recepcionadas y aprobadas por el citado organismo descentralizado;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1.162/GCBA/02,

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Articulo 1° - Ratifícase la encomienda convenida por la empresa Autopistas Urbanas S.A. para que en el marco del Decreto N° 1.162/GCBA/02, ejecute apertura de calles en el área del Mercado de Hacienda de Liniers para el mejoramiento de la circulación vehicular, la refuncionalización y el mejoramiento de la misma por un monto de pesos novecientos setenta y tres mil seiscientos ochenta y tres con 20/100 ($ 973.683,20).

Articulo 2° - Establécese que la encomienda a la empresa Autopistas Urbanas S.A. mediante la Providencia N° 445/SOYSP/03, de fecha 25 de marzo de 2003 y la providencia N° 677/SOYSP/03 del 29 de abril de 2003, para apertura de calles en el área del Mercado de Hacienda de Liniers para el mejoramiento de la circulación vehicular, la refuncionalización y el mejoramiento de la misma requerida en las mismas la que se ejecutarán de conformidad con lo dispuesto en los pliegos de condiciones particulares, pliegos de especificaciones técnicas generales y particulares que formaron parte integrante de las mismas y cuya fiscalización, recepción y aprobación se seguirá ajustando a los términos expuestos en la Resolución N° 867/SOYSP/02.

Articulo 3° - Las erogaciones que implique la ejecución de las obras convenidas a la empresa Autopistas Urbanas S.A. de conformidad con las prescripciones establecidas en la Ley N° 70 de la Ciudad de Buenos Aires serán afectadas al ejercicio presupuestario en vigor correspondiente a la Jurisdicción requirente Subsecretaría de Espacio Público y Desarrollo Urbano.

Articulo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Jefatura de Gabinete, a la Secretaría de Hacienda y Finanzas, a la Subsecretaría de Espacio Público y Desarrollo Urbano, al Ente de Mantenimiento Urbano Integral y a la empresa Autopistas Urbanas S.A. para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, Archívese. Fatala

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ART.1°.-Ratifica la encomienda convenida por la empresa Autopistas Urbanas S.A. para que en el marco del D. N° 1.162/02, ejecute apertura de calles en el área del Mercado de Hacienda de Liniers
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