RESOLUCIÓN 26 1999 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

REGLAMENTA EL ARTÍCULO 14° DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - LEY N° 31 - ESTABLECIENDO QUE SUS MIEMBROS CUMPLIMENTARÁN LA PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES JURADAS -SECRETARÍA DEL COMITÉ EJECUTIVO

Publicación:

21/05/1999

Sanción:

29/04/1999

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


Visto:

El Art. 14 de la Ley N° 31, que ordena a los miembros del Consejo de la Magistratura a presentar en Secretaría una declaración jurada de bienes y recursos, con descripción de los activos y pasivos, que deben ponerse a disposición de cualquier persona que solicite examinarla, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde establecer las reglas internas del Consejo de la Magistratura respecto de la recepción y custodia de las declaraciones juradas que presenten sus miembros.

Que a los efectos de dar acabado cumplimiento a la disposición legal citada sin que ello implique desproteger la privacidad del patrimonio de los declarantes, y a fin de preservar la puesta a disposición de particulares de usos indebidos dirigidos individual o grupalmente a los niveles superiores del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en publicaciones por cualquier medio gráfico, radial, televisivo, computarizado, etc. que puedan eventualmente ocasionar daños a la imagen de la Magistratura, es menester establecer las condiciones reglamentarias bajo las cuales cualquier persona podrá consultar las respectivas declaraciones juradas.

Por ello, y en ejercicio de la competencia reglamentaria otorgada por el Art. 20, inciso 3 de la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°- Los miembros del Consejo de la Magistratura darán cumplimiento con la presentación de las respectivas declaraciones juradas, mediante la entrega contra recibo a la Secretaría de su Comité Ejecutivo, entre los meses de enero y febrero de cada año.

Art. 2°- La formalidad se tendrá por cumplida con la presentación de un detalle completo de los bienes y deudas que componen su patrimonio, con los datos mínimos que requiere el formulario adjunto a la presente y que la integra como su Anexo I, o alternativamente con una copia autenticada de la última declaración jurada que haya presentado por ante la Administración Federal de Ingresos Públicos o el organismo que la sustituya.

Art. 3°- En caso que a la fecha de presentación de la declaración jurada por ante la Secretaría del Consejo de la Magistratura el patrimonio hubiere variado en más o en menos un quince por ciento (15 %) respecto del declarado a la autoridad fiscal, deberá acompañarse un detalle adicional con la debida actualización.

Art. 4°- En todos los casos en que cualquier persona manifieste su voluntad de consultar las declaraciones juradas de bienes presentadas por los miembros del Consejo de la Magistratura, deberá formular el pedido por escrito asentando todos los datos identificatorios del peticionante, y con explicación de las razones que justifiquen el pedido.

Art. 5°- En caso de que el pedido en cuestión resultare procedente, las declaraciones juradas requeridas serán puestas a disposición del peticionante, quien asumirá respecto del contenido de las mismas, compromiso formal de confidencialidad, no pudiendo darlas a conocer total o parcialmente, sin la autorización expresa del interesado.

Art. 6°-El deber de confidencialidad cesa, en caso que el peticionante tenga sospechas o indicios fundados de que median, en relación con las declaraciones juradas puestas en su conocimiento, graves irregularidades o ilícitos de alguna índole. En tal supuesto, sólo podrá divulgar la información, cuando haya producido la correspondiente denuncia penal.

Art. 7°- En caso de incumplimiento a cualquiera de las obligaciones precedentes, el peticionante deberá responder civil y/o penalmente.

Art. 8°- La Secretaría del Comité Ejecutivo llevará el archivo y registro de las declaraciones presentadas y de todos los pedidos que le sean formulados para consultar las declaraciones juradas, así como el archivo de los compromisos asumidos por los solicitantes conforme se requiere en el artículo 5°.

Art. 9°- En caso de transgresiones al deber de confidencialidad la Secretaría del Comité Ejecutivo remitirá a la Fiscalía General los antecedentes del caso.

Art. 10 - Regístrese y publíquese.


ANEXOS

Anexo I - Resolución N° 26


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Declaración Jurada Patrimonial
Ciudad Autónoma de Buenos Aires al___de_____________de 1999

Declarante
Estado Civil D.N.I.-L.E.-L.C. N° C.I. N°
Cónyuge/Conviviente D.N.I.-L.E.-L.C. N°
Hijo 1 Fecha de nacimiento D.N.I. N°
Hijo 2 Fecha de nacimiento D.N.I. N°
Hijo 3 Fecha de nacimiento D.N.I. N°
Hijo 4 Fecha de nacimiento D.N.I. N°
Hijo 5 Fecha de nacimiento D.N.I. N°
Hijo 6 Fecha de nacimiento D.N.I. N°
Otros familiares a cargo
Nombre y Apellido Parentesco D.N.I. N° .
Nombre y Apellido Parentesco D.N.I. N° .
Nombre y Apellido Parentesco D.N.I. N° .
Form 17.0


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Declaración Jurada Patrimonial
Ciudad Autónoma de Buenos Aires al___de_____________de 1999

A. ACTIVO
1. Inmuebles
Tipo Ubicación
Destino Fecha adquisición Precio de Compra o Valuación Fiscal (el que sea mayor):
Tipo Ubicación
Destino Fecha adquisición Idem
Tipo Ubicación
Destino Fecha adquisición Idem
2. Rodados
Tipo Marca Modelo Año Dominio Valor Estimado
Tipo Marca Modelo Año Dominio Valor Estimado
Tipo Marca Modelo Año Dominio Valor Estimado
3. Capital en explotaciones: Comerciales, individuales, financieras, profesionales, etc.
Nombre o Razón Social Actividad Capital Valor participación
Nombre o Razón Social Actividad Capital Valor participación
Nombre o Razón Social Actividad Capital Valor participación
Form 17.1


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Declaración Jurada Patrimonial
Ciudad Autónoma de Buenos Aires al___de_____________de 1999

4. Títulos, Acciones, etc.
Empresa Actividad Cantidad
Empresa Actividad Cantidad
Empresa Actividad Cantidad
Empresa Actividad Cantidad
5. Créditos
Nombre o Razón Social Domicilio Tipo de deuda Monto
6. Depósitos en bancos o instituciones financieras
Form 17.2


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Declaración Jurada Patrimonial
Ciudad Autónoma de Buenos Aires al___de_____________de 1999

7. Dinero en efectivo
Monto
Monto
8. Otros bienes
Detalle (Joyas, obras de arte, etc.) Monto
Detalle (Joyas, obras de arte, etc.) Monto
Detalle (Joyas, obras de arte, etc.) Monto
Detalle (Joyas, obras de arte, etc.) Monto
9. Otros derechos susceptibles de valoración económica
Detalle (Leasing, derechos de autor, etc.) Monto
Detalle (Leasing, derechos de autor, etc.) Monto
Detalle (Leasing, derechos de autor, etc.) Monto
Suma rubros 1- 2 3 4 5 6 7 8 9 Monto
Form 17.3


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Declaración Jurada Patrimonial
Ciudad Autónoma de Buenos Aires al___de_____________de 1999

B. PASIVO
1. Acreedores
Nombre o Razón Social Domicilio Tipo de deuda Monto
Total
C. PATRIMONIO NETO
Diferencia Activo menos Pasivo Monto
Firma
Aclaración
Form. 17.4

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Resolución 26-CMCABA-99 regula la presentación de declaraciones juradas ordenada por Art. 14 de la Ley 31.</p>
INTEGRADA POR
Art. 1.5 del Anexo de la Res. 302-CMBA-02 incluye en los deberes de los funcionarios la presentación de las declaraciones juradas aplicando Arts. 2 al 9 de la Res. 26-CMBA-99
MODIFICADA POR
La Res. 34-CMCABA-99 rectifica el error material de la Resolución 26-CMCABA-99, sustituyendo los vocablos Tribunal Superior de Justicia por las palabras Consejo de la Magistratura
INTEGRADA POR
Art. 2.15.1 de Res. 2-CMBA-99 incluye entre los deberes de los funcionarios la presentación de las declaraciones juradas reglamentadas por Res. 26-CMBA-99
INTEGRADA POR
Anexo Cap. II Art. 15 Res. 504-CMBA-05 En los deberes de los funcionarios se aplican Arts. 2 al 9 de la Res. 26-CMBA-99