DECRETO 429 2017
Síntesis:
APRUEBA REGLAMENTACIÓN LEY 5735 - RÉGIMEN DE CONCERTACIÓN PARA LA ACTIVIDAD MILONGAS NO OFICIAL - BAMILONGA - DIRECTORIO - CONSEJO ASESOR - RECURSOS - ASIGNACIÓN
Publicación:
28/11/2017
Sanción:
24/11/2017
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.735, el Expediente Electrónico N° 25325361/MGEYA-DGTALMC/17, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.735 crea el Régimen de Concertación para la Actividad Milongas no
Oficial, con el objeto de diseñar e implementar mecanismos de protección,
fortalecimiento, fomento y promoción de la actividad milonga en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que la citada Ley establece que la Autoridad de Aplicación de la misma es el
Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y crea en
su ámbito el Registro de la Actividad Milongas no Oficial;
Que con el objetivo de favorecer la actividad de las milongas y el fomento de la cultura,
resulta procedente reglamentar la Ley N° 5.735;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la
intervención que le compete, en cumplimiento de lo establecido por la Ley N° 1.218
(texto consolidado Ley N° 5.666).
Por ello, en uso de las facultades legales que le confieren los Artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Apruébase la reglamentación de la Ley N° 5.735 la que como Anexo I (IF-
2017-27259612-MCGC) forma parte integrante del presente.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los señores ministros de Cultura y
de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese para su conocimiento y fines pertinentes a la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), a las Direcciones Generales de
Contaduría y de Tesorería del Ministerio de Hacienda y al Ministerio de Cultura del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido archívese. RODRÍGUEZ
LARRETA - Petitt - Mura - Miguel
ANEXOS