RESOLUCIÓN 1922 2022 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
SE DEROGA LA RESOLUCIÓN 761-MCGC/21 - SE APRUEBAN LÍNEAS DE SUSBSIDIOS EN EL MARCO DEL RÉGIMEN DE CONCERTACIÓN PARA LA ACTIVIDAD MILONGAS NO OFICIAL - LÍNEA ORGANIZADORES DE MILONGAS - LÍNEA SALONES DE MILONGA - LÍNEA CLUBES Y ASOCIACIONES - REGLAMENTACIÓN - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES - INSCRIPCIÓN - REGISTRO BAMILONGA - FORMULARIOS - CULTURA - TANGO - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA - COVID 19
Publicación:
28/03/2022
Sanción:
25/03/2022
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/20,
167-PEN/21, 867- PEN/21 y 1-GCBA/20; las Leyes Nros. 5.735 y 1.218 (textos
consolidados por Ley N° 6.347); el Decreto N° 429-GCABA/17; la Resolución N° 761-
MCGC/21; el Expediente Electrónico N° EX-2022-08792496- GCABA-DGDCC, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud, declaró el
brote del virus SARS-CoV-2 como una pandemia;
Que en dicho marco, mediante el Decreto N° 260-PEN/20, se amplió la emergencia
pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, por el plazo de un año a
partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido prorrogado el
mencionado decreto hasta el 31 de diciembre de 2021, por el Decreto N° 167-PEN/21,
en los términos del mismo;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 867-PEN/21, se prorrogó el Decreto
N° 260-PEN/20, sus modificatorios y normas complementarias, hasta el día 31 de
diciembre de 2022;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/20 y sus correspondientes
prórrogas, se declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y
reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19
(Coronavirus);
Que la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley N° 6.347) crea el Régimen de
Concertación para la Actividad Milongas No Oficial, con el objeto de diseñar e
implementar mecanismos de protección, fortalecimiento, fomento y promoción de la
actividad milonga en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la precitada Ley establece al Ministerio de Cultura como autoridad de aplicación
del Régimen creado y lo autoriza a dictar las normas complementarias, a fin de regular
los aspectos contemplados en la misma;
Que asimismo, la normativa indicada crea, en el ámbito de este Ministerio, el Registro
de beneficiarios del Régimen de Concertación para la Actividad Milongas No Oficial en
el que podrán inscribirse los sujetos comprendidos por la misma;
Que el Decreto N° 429-GCABA/2017 reglamenta la referida ley;
Que por Resolución N° 761-MCGC/2021 se aprobaron las líneas de subsidios: a)
Línea Organizadores de Milongas, para las solicitudes de subsidios de los sujetos
comprendidos en el artículo 12 inciso a) de la Ley N° 5.735; b) Línea Salones de
Milonga, para las solicitudes de subsidios de los sujetos comprendidos en el artículo
12 inciso b) de la Ley N° 5.735 y c) Línea Clubes y Asociaciones, para las solicitudes
de subsidios de los sujetos comprendidos en el artículo 12 inciso c) de la Ley N° 5.735
(texto consolidado por Ley N° 6.347);
Que asimismo, mediante la citada Resolución, se aprobó la reglamentación atinente a
la presentación de las solicitudes de inscripción en el Registro BAMILONGA y de
subsidios, en el marco del referido Régimen, conforme los lineamientos establecidos
en sus Anexos I "Reglamento General BAMILONGA" (identificado bajo N° IF-2021-
09591026-GCABA-DGDCC), II "Formulario de datos para la inscripción al Registro y
Declaración Jurada" (bajo N° IF-2021-09584512-GCABA-DGDCC), III "Formulario de
solicitud de inscripción al Registro" (identificado bajo N° IF-2021-09583983-GCABA-
DGDCC), IV "Formulario de datos para la solicitud de subsidio" (identificado bajo N° IF-
2021-09584306-GCABA-DGDCC); V "Formulario de líneas para la solicitud de
subsidio" (identificado bajo N° IF-2021-09585021-GCABA-DGDCC); VI "Formulario de
rendición de cuentas" (identificado bajo N° IF-2021-09586292-GCABA-DGDCC) y VII
"Nota de Compensación por los servicios prestados" (identificado bajo N° IF-2021-
09585646-GCABA-DGDCC, que forman parte integrante de la citada Resolución;
Que a fin de readecuar el procedimiento para la presentación de solicitudes de
inscripción al indicado Registro y de subsidios en el marco del referido Régimen, este
Ministerio propicia la derogación de la Resolución N°761-MCGC/2021;
Que resulta menester la aprobación del Reglamento General del Régimen de
Concertación para la Actividad Milongas No Oficial conforme los lineamientos
establecidos en los Anexos I "Reglamento General BAMILONGA" (identificado bajo N°
IF-2022-11363156-GCABA-DGDCC), II "Formulario de datos para la inscripción o
actualización del Registro y Declaración Jurada" (bajo N° IF-2022-08787836-GCABA-
DGDCC); III "Formulario de solicitud de inscripción o actualización del Registro" (bajo
N° IF-2022-11362725-GCABA-DGDCC); IV "Formulario de datos para la solicitud del
subsidio" (bajo N° IF-2022-08788226-GCABA-DGDCC); V "Formulario de líneas para
la solicitud del subsidio" (bajo N° IF-2022-11362756-GCABA-DGDCC); VI "Nota de
solicitud de readecuación de proyecto" (bajo N° IF-2022-11362783-GCABA-DGDCC) y
VII "Formulario de rendición de cuentas" (bajo N° IF-2022-11362821-GCABA-
DGDCC), que forman parte integrante de la presente Resolución;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado
intervención de conformidad con las previsiones de la Ley N° 1.218 (texto consolidado
por Ley N° 6.347),
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Derógase la Resolución N° 761-MCGC/2021.
Artículo 2°.- Apruébase en el marco del Régimen de Concertación para la Actividad
Milongas no Oficial las siguientes líneas de subsidios:
a) Línea Organizadores de Milongas, para las solicitudes de subsidios de los sujetos
comprendidos en el artículo 12 inciso a) de la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley
N° 6.347);
b) Línea Salones de Milonga, para las solicitudes de subsidios de los sujetos
comprendidos en el artículo 12 inciso b) de la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley
N° 6.347);
c) Línea Clubes y Asociaciones, para las solicitudes de subsidios de los sujetos
comprendidos en el artículo 12 inciso c) de la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley
N° 6.347).
Artículo 3°. Apruébase la reglamentación atinente a la presentación de las solicitudes
de inscripción al Registro BAMILONGA y de Subsidios en el marco del Régimen de
Concertación para la Actividad Milongas no Oficial BAMILONGA, que como Anexo I
"Reglamento General BAMILONGA" (IF-2022-11363156-GCABA-DGDCC), forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Apruébanse los Anexos II "Formulario de datos para la inscripción o
actualización del Registro y Declaración Jurada" (bajo N° IF-2022-08787836-GCABA-
DGDCC); III "Formulario de solicitud de inscripción o actualización del Registro" (bajo
N° IF-2022-11362725-GCABA-DGDCC); IV "Formulario de datos para la solicitud del
subsidio" (bajo N° IF-2022-08788226-GCABA-DGDCC); V "Formulario de líneas para
la solicitud del subsidio" (bajo N° IF-2022-11362756-GCABA-DGDCC); VI "Nota de
solicitud de readecuación de proyecto" (bajo N° IF-2022-11362783-GCABA-DGDCC) y
VII "Formulario de rendición de cuentas" (bajo N° IF-2022-11362821-GCABA-
DGDCC), que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa
Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General
Desarrollo Cultural y Creativo de este Ministerio. Cumplido, Archívese. Avogadro
ANEXOS
Anexo - PE-RES-MCGC-MCGC-1922-22-ANX-6.pdf
Anexo - PE-RES-MCGC-MCGC-1922-22-ANX-5.pdf
Anexo - PE-RES-MCGC-MCGC-1922-22-ANX-4.pdf
Anexo - PE-RES-MCGC-MCGC-1922-22-ANX-3.pdf
Anexo - PE-RES-MCGC-MCGC-1922-22-ANX-2.pdf