RESOLUCIÓN 2342 2003 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Síntesis:

MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 2.011/DGR/03, B.O. N° 1713, MEDIANTE LA QUE SE CONSIDERAN COMO INGRESADOS EN TIEMPO Y FORMA LOS PAGOS DE PLANES DE FACILIDADES.

Publicación:

10/07/2003

Sanción:

03/07/2003

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS


VISTO y CONSIDERANDO:

Visto el dictado de la Resolución N° 2.011/DGR/03, mediante la que se consideran como ingresados en tiempo y forma los pagos efectuados hasta el 20/6/03, correspondientes a cuotas de planes de facilidades normados por Decreto N° 1.708/97, Resolución N° 15.733/SHYF/97, Resolución N° 173/SHYF/01, Resolución N° 303/SHYF/99, Resolución N° 801/SHYF/00 y Resolución N° 1.651/SHYF/01, que no pudieron ingresarse con fechas 22/4/03 y 28/4/03 de acuerdo a la norma de que se trate;

Que la emisión para los instrumentos citados estuvo operativo recién el día 19/6/03;

Que asimismo, el día 20/6/03, no se atendió público debido al paro de actividades determinado por S.U.T.E.C.B.A.;

Que es intención de esta Administración mantener una relación con sus contribuyentes que permita a ambos cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones;

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Modificar el artículo 1° de la Resolución N° 2.011/DGR/03, el que quedará redactado en su parte pertinente de la siguiente forma:

Considerar como ingresados en tiempo y forma hasta el 18/7/03, los pagos que no se pudieron efectuar los días 22/4/03 y 28/4/03 correspondientes a las cuotas de los Planes de Facilidades de Pago normados por el Decreto N° 1.708/97, Resolución N° 15.733/SHYF/97, Resolución N° 303/SHYF/99, Resolución N° 801/SHYF/00, Resolución N° 173/SHYF/01 y Resolución N° 1.651/SHYF/01 cuyo vencimiento original operó con fecha 20/2/03 y 25/2/03 de acuerdo a la norma de que se trate, siendo el plazo para su cancelación antes de que se produzca la caducidad los días 22/4/03 y 28/4/03.

Artículo 2° - Modificar el artículo 2° de la Resolución N° 2.011/DGR/03, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Considerar como ingresados en tiempo y forma hasta el 18/7/03, los pagos que no se pudieron efectuar el día 26/5/03 correspondientes a las cuotas de los Planes de Facilidades de Pago normados por el Decreto N° 1.708/97, Resolución N° 303/SHYF/99, Resolución N° 801/SHYF/00, Resolución N° 1.651/SHYF/01, Resolución N° 3.118/SHYF/02 cuyo vencimiento original operó con fecha 25/2/03, y Ley N° 671 cuyo vencimiento original operó el 27/3/03 siendo el plazo para su cancelación antes de que se produzca la caducidad el 26/5/03.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones dependientes de esta Dirección General y, al Banco de la Ciudad de Buenos Aires. Otero

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
MODIFICA
Modifica los art. 1° y 2° de la Res. 2011/03 Modifica los art. 1° y 2° de la Res. 2011/03