DISPOSICIÓN 34 2018 DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

Síntesis:

ALTA BIANUAL - RENOVACIÓN  -TÉCNICOS INSTALADORES Y OPERADORES DE MONITOREO - DOCUMENTACIÓN REQUERIDA - REVALIDACIÓN ANUAL - RESPONSABLE TÉCNICO DE LA PRESTADORA - EMPRESAS DE SEGURIDAD - DEROGA DISPOSICIONES 265-DGSP-2006 - 292-DGSPR-2013 - VENCIMIENTO DE CREDENCIALES - RESPONSABILIDADES - PERSONAL VIGILADOR - REQUISITOS

Publicación:

01/02/2018

Sanción:

30/01/2018

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA


VISTO:

La Ley N° 5688, Disposición N° 265/DGSP/2006, Disposición N° 19-DGSPR/2009,

Disposición N°236-DGSPR/2012, Disposición N° 292/DGSPR/2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5688, en su Libro VI regula la prestación del servicio de seguridad

privada en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Título V, artículo 449° del mencionado cuerpo legal establece los requisitos que

deben cumplir los técnicos instaladores y operadores de monitoreo;

Que la cláusula transitoria vigésimo octava de la Ley N° 5688, establece un plazo de

tres (3) años improrrogable a partir de su promulgación para dar cumplimiento a lo

dispuesto en el artículo 449° punto 1 del Libro VI;

Que el artículo 451° punto 2 detalla la obligación de los prestadores de seguridad de

tramitar la renovacion de la habilitación con una antelación no inferior a los treinta (30)

días de su vencimiento;

Que el artículo 454° menciona que la autoridad de aplicación establecerá la forma de

presentanción de los legajos de personal por parte de las prestadoras;

Que el artículo 461, punto 2 de la Ley citada, establece que la autoridad de aplicación

tiene la función de inscribir en el registro de prestadores y otorgar las altas del

personal por un plazo no mayor a los dos (2) años; en el punto 8, crear y mantener

actualizado un registro de operadores de monitoreo; y en el punto 9 llevar el registro

único de técnicos instaladores de sistemas de vigilancia, monitoreo y alarma

electrónica;

Que la extensión del plazo amerita el cumplimiento de ciertas exigencias que revaliden

las aptitudes para permanecer vigente en el registro, en el marco de las funciones que

desempeña el personal alcanzado por la Ley N° 5688;

Que el Título XII de la Ley N° 5688 fija el sistema de capacitación para el personal de

seguridad privada en jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires, estableciendo una

capacitacion inicial, la actualización y el entrenamiento periódico;

Que el artículo 9 inc. f) de la Disposición N°236-DGSPR/2012 establece que el

personal contratado por los prestadores, deberá concurrrir cada dos (2) años para

registrar los datos biométricos;

Que la Disposición N° 19-DGSPR/09 establece el curso básico de adiestramiento y

formación de aplicación para el personal de las prestadoras de servicios de vigilancia,

monitoreo y alarma electrónica de seguridad;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPONE:

Artículo 1°.- Establecer la documentación requerida para realizar el Alta bianual de

técnicos instaladores y operadores de monitoreo de acuerdo a lo detallado en el Anexo

I (IF-2018-04190393-DGSPR).

Artículo 2°.- Establecer la documentación requerida para realizar la revalidación anual

de técnicos instaladores y operadores de monitoreo de acuerdo a lo detallado en el

Anexo II (IF-2018-041903974-DGSPR). Dicha documentación deberá ser presentada

entre los cuarenta y cinco (45) y los quince (15) días previos al vencimiento de la

credencial del personal vigilador.

Artículo 3°.- Establecer la documentación requerida para realizar la renovación bianual

de técnicos instaladores y operadores de monitoreo de acuerdo a lo detallado en el

Anexo III (IF-2018-04190384-DGSPR). Dicha documentación deberá ser presentada

entre los cuarenta y cinco (45) y los quince (15) días previos al vencimiento de la

credencial del personal vigilador.

Artículo 4°.- Determinar que el Responsable Técnico de la prestadora de Seguridad es

el que debe certificar toda la documentación requerida en los Anexos I, II y III del

presente acto.

Artículo 5°.- Derogar las Disposiciones N° 265-DGSP/2006 y N° 292-DGSPR/2013.

Artículo 6°:- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

notifíquese a los interesados, y comuníquese a la Subsecretaría de Seguridad

Ciudadana, a la Secretaría de Seguridad, y al Ministerio de Justicia y Seguridad.

Cumplido, archívese. Cocca


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5307

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la 34-DGSPR-18 establece la documentación requerida para realizar el Alta bianual de técnicos instaladores y operadores de monitoreo, en marco de lo dispuesto por la Ley 5688, de acuerdo a lo detallado en el Anexo I.</p><p>Art. 2 establece  la documentación requerida para realizar la revalidación anual de técnicos instaladores y operadores de monitoreo, de acuerdo a lo detallado en el Anexo II.</p><p>Art 3 establece la documentación requerida para la renovación bianual de técnicos instaladores y operadores de monitoreo, de acuerdo a lo detallado en el Anexo III.</p><p>Art. 4 determina que el Responsable Técnico de la prestadora de Seguridad es el que debe certificar toda la documentación requerida.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 3 de la Disposición 290-DGSPR-18 modifica la Resolución 34-DGSPR-18, en cuanto a presentación de documentación en trámites de alta, revalidación y renovación del personal de seguridad electrónica.</p>
DEROGA
<p>Art. 5 de la Disposición 34-DGSPR-18 deroga la Disposición 292-DGSPR-13.</p>
DEROGA
<p>Art. 5 de la Disposición 34-DGSPR-18 deroga la Disposición 265-DGSPR-06.</p>