CONVENIO 22 2003

Síntesis:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL ESTADO NACIONAL Y EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RELACIONADO CON LOS PROCESOS ELECTORALES SIMULTÁNEOS A CELEBRARSE EL 24 DE AGOSTO DEL CORRIENTE AÑO Y EVENTUAL SEGUNDA VUELTA EL 14 DE SEPTIEMBRE - COLABORACIÓN , ELECCIONES 2003 - COMICIOS 2003 - MINISTERIO DEL INTERIOR , GASTOS - JUSTICIA NACIONAL ELECTORAL

Publicación:

18/07/2003

Sanción:

16/07/2003

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Entre el MINISTERIO DEL INTERIOR con domicilio en Balcarce 24, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por el Sr. Ministro del Interior, Dr. Aníbal Fernández, y por el otro, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con domicilio en Av. de Mayo 525 de esta Ciudad, representado en este acto por el Sr. Jefe de Gobierno Dr. Aníbal Ibarra, en adelante GCBA; y en virtud de los procesos electorales a celebrarse en la ciudad de Buenos Aires con vistas a las elecciones simultáneas convocadas a los efectos de elegir Diputados Nacionales y Jefe y Vicejefe de Gobierno y Legisladores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 24 de agosto y la eventual segunda vuelta para el 14 de septiembre de 2003, acuerdan celebrar el presente Convenio de Colaboración, el que se sujeta a las cláusulas y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: Las partes se comprometen a colaborar recíprocamente en todo aquello que pueda ser de utilidad para coordinar la programación de los procesos electorales que se desarrollen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para permitir el desarrollo de innovaciones. En especial, las partes deberán remitirse en soporte magnético o en papel, toda la información o documentación electoral vinculada al objeto del presente que le sea requerida y se comprenda dentro de las tareas y de la forma que se establecen en el Anexo I que integra el presente.

CLÁUSULA SEGUNDA: A los efectos señalados en el artículo 6° del Decreto N° 17.625 reglamentario de la Ley N° 15.262, las partes ratifican las proporciones correspondientes a cada una en la colaboración con los gastos que demande la Justicia Nacional Electoral, y la distribución pactada para afrontar los gastos que demande llevar adelante el proceso electoral, hasta su culminación, conforme han sido acordadas en las actas-propuesta suscriptas entre la Dirección General de Modernización del GCBA y la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del lnterior, con fecha 9 y 18 de junio. Ambas partes se comprometen a facilitar la gestión administrativa que deberán realizar de acuerdo con los compromisos asumidos respecto del acto electoral del 24 de agosto próximo y que deberán eventualmente reproducirse el 14 de septiembre.

CLÁUSULA TERCERA: El Ministerio del Interior, a través de la Dirección Nacional Electoral, en adelante DINE, autoriza al GCBA, a través de la Secretaría Jefatura de Gabinete, en adelante SJG, por intermedio de los funcionarios y personal que éste designe, el acceso y la consulta, en tiempos breves y oportunos, de instrumentos, documentación e información electoral producida o administrada por la DINE, incluyendo los que estén en soporte magnético. Todos los gastos que origine la ejecución de la presente cláusula correrán por cuenta del GCBA.

CLÁUSULA CUARTA: Toda información que la DINE entregue en soporte informático al GCBA o que éste entregue a la DINE, deberá ser acompañada de la información correspondiente al diseño de tablas u otra que sea necesaria para el procesamiento de los datos.

CLÁUSULA QUINTA: A los efectos de dar solución inmediata y práctica a cualquier duda, consulta o verificación comprendidas en este Convenio, cada parte contratante, y los funcionarios oportunamente designados por ellas, realizarán gestiones directas ante las oficinas de la otra parte, o ante las que ésta indique. En caso de requerirse gestiones en días u horas inhábiles, la parte solicitante lo comunicará a la otra, con (48) horas de anticipación, y haciéndose cargo de los gastos adicionales que se ocasionen.

CLÁUSULA SEXTA: Las partes se comprometen a suministrar la información o documentación solicitada en los tiempos más breves posibles, y a facilitar los mecanismos de acceso a ella, y se hacen plenamente responsables por su autenticidad, veracidad o fidelidad.

Cada parte asumirá exclusiva responsabilidad por el destino de la información remitida por la otra parte, y el resultado de su procesamiento.

La parte que transfiera información o documentos podrá disponer en cada caso la finalidad, modo, tiempo o condiciones de su transferencia o utilización.

En prueba de conformidad se suscriben dos ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a los 16 días del mes de julio del año 2003. IBARRA (por G.C.A.B.A.) - Fernández (Ministerio del Interior)

ANEXO

ANEXO I

Para las elecciones convocadas para el 24 de agosto y eventual segunda vuelta el 14 de setiembre del corriente año el Ministerio del Interior y la Secretaría Jefe de Gabinete podrán solicitar la colaboración recíproca respecto de las siguientes materias:

1. Sistema muleto de carga del escrutinio: sistema de ingreso de resultados electorales a nivel mesa, sección o circuito de forma ágil y sencilla. El sistema es flexible y usa como premisas, la eficiencia y la transparencia del proceso.

2. Sistema de consultas y procesamiento: sistema de consultas de avance y de procesamiento de resultados electorales. La suma de información se realiza instantáneamente en todos los niveles de desagregación, de esta manera se pueden obtener los resultados de avance en cualquier momento de la elección, este sistema puede ser usado de manera independiente al sistema de carga de datos, y permite un seguimiento y control del avance del proceso.

3. Sistema de difusión: genera y exporta las reportes WEB de resultados electorales, permite la publicación en distintos medios de difusión ( Sitios de Internet, Intranet, etc.) la información y así descentralizar las consultas de los resultados electorales, minimizando el riesgo de congestionamiento.

4. Conocimiento de los datos electorales: equipo de especialistas sobre tratamiento de datos electorales.

5. Equipo de carga: equipo de diez data entries que han obtenido la experiencia en el ingreso y corrección de datos electorales.

6. Experiencia en infraestructura e instalación de redes y sistemas de información: equipo técnico con versación en la instalación de redes robustas y seguras preparadas para sistemas de alta disponibilidad como es el de escrutinio provisional.

7. Documentación y estándares: documentación de desarrollo y de logística necesaria para la comprensión del funcionamiento del software y del proceso de escrutinio provisional.

8. Investigación: investigación y relevamiento de herramientas, metodologías y sistemas existentes relacionados al escrutinio.

9. Resolución de problemas: equipo de trabajo orientado a la resolución inmediata de problemas.

10. Soporte técnico: personal técnico especializado y capacitado en la atención de usuarios.

11. Logística electoral: conocimiento sobre la logística y problemas frecuentes en un proceso de escrutinio provisorio.

12. Incorporación de nuevas tecnologías a los procesos electorales.

En la ciudad de Buenos Aires, a los nueve días del mes de junio de dos mil tres se reúnen en la sede de la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior el señor Director General de Modernización de la Secretaría Jefe de Gabinete del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Dr. Marcelo Escolar y el señor Director Nacional Electoral Dr. Alejandro Tullio, y teniendo presente los requerimientos formulados por la Justicia Federal con competencia Electoral con vistas a la organización de las elecciones a celebrarse el próximo 24 de agosto del corriente año con eventual segunda vuelta el 14 de septiembre del año 2003, lo previsto en la Ley N° 15.262 y en el Código Nacional Electoral las partes manifiestan:

1 - La Dirección Nacional Electoral comunica a la Dirección General de Modernización que los gastos que demande la impresión y distribución de listados provisionales de electores y padrones definitivos; la provisión de materiales y útiles electorales en los términos del Art. 65 C.E.N., los gastos de despliegue y repliegue de urnas y documentación electoral, la seguridad electoral y el escrutinio provisorio de la primera vuelta electoral serán sufragados íntegramente por el Ministerio del Interior.

2 - Ambas partes acuerdan distribuir los requerimientos económicos efectuados por la Justicia Federal con competencia Electoral de la siguiente manera:

a) El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires cubrirá los gastos de horas extraordinarias cuyo monto asciende a $ 1.169.726, 72.

b) El Ministerio del Interior cubrirá los gastos de funcionamiento del Juzgado y la Junta Nacional Electoral y contratos cuyo monto total asciende a $ 420.054.

c) La contribución destinada a la Cámara Nacional Electoral se solventará en similares proporciones.

Los abajo firmantes elevarán la presente acta-propuesta a la consideración del señor Secretario Jefe de Gabinete del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y del señor Ministro del Interior. Escolar (por G.C.B.A.) - Tullio (por Ministerio del Interior)

En la ciudad de Buenos Aires, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil tres se reúnen en la sede de la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior el señor Director General de Modernización de la Secretaría Jefe de Gabinete del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Dr. Marcelo Escolar y el señor Director Nacional Electoral Dr. Alejandro Tullio, a los efectos de acordar lo contemplado en el punto c del numeral 2 del acta propuesta suscripta entre los firmantes el día nueve de junio ppdo. y las cuestiones relativas a los servicios electorales del Correo Argentino, de los servicios de seguridad y del pago a autoridades de mesa establecido en el Art. 72 del Código Electoral Nacional a esos efectos manifiestan:

1 - Ambas partes acuerdan distribuir los requerimientos económicos efectuados por la Cámara Nacional Electoral de la siguiente manera:

a) El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires cubrirá hasta la suma de $ 310.380,50 para atender gastos en concepto de contratos y horas electorales de la primera vuelta electoral a celebrarse el 24 de agosto.

b) El Ministerio del Interior cubrirá hasta una suma de $ 155.190,25 para atender gastos en concepto de contratos y horas electorales. La suma establecida en este inciso será transferida por el Ministerio del Interior por conducto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

2 - Ambas partes se comprometen a afrontar el pago a autoridades de mesa de la primera y eventualmente de la segunda vuelta electoral en partes iguales. El Ministerio del Interior fijará en $ 50 el monto del viático para cada vuelta electoral.

3 - El Ministerio del Interior se hará cargo de los gastos de despliegue y repliegue de urnas del proceso electoral.

4 - El Ministerio del Interior se hará cargo de la provisión de materiales electorales y del escrutinio provisorio del proceso electoral.

5 - El Ministerio del Interior se hará cargo de los gastos ocasionados por el servicio de seguridad de la primera vuelta electoral y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires los correspondientes a la segunda vuelta electoral.

Los abajo firmantes elevarán la presente acta-propuesta a la consideración del señor Secretario Jefe de Gabinete del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y del señor Ministro del Interior. Escolar (por G.C.B.A.) - Tullio (por Ministerio del Interior)


ANEXOS

ANEXO

ANEXO I

Para las elecciones convocadas para el 24 de agosto y eventual segunda vuelta el 14 de setiembre del corriente año el Ministerio del Interior y la Secretaría Jefe de Gabinete podrán solicitar la colaboración recíproca respecto de las siguientes materias:

1. Sistema muleto de carga del escrutinio: sistema de ingreso de resultados electorales a nivel mesa, sección o circuito de forma ágil y sencilla. El sistema es flexible y usa como premisas, la eficiencia y la transparencia del proceso.

2. Sistema de consultas y procesamiento: sistema de consultas de avance y de procesamiento de resultados electorales. La suma de información se realiza instantáneamente en todos los niveles de desagregación, de esta manera se pueden obtener los resultados de avance en cualquier momento de la elección, este sistema puede ser usado de manera independiente al sistema de carga de datos, y permite un seguimiento y control del avance del proceso.

3. Sistema de difusión: genera y exporta las reportes WEB de resultados electorales, permite la publicación en distintos medios de difusión ( Sitios de Internet, Intranet, etc.) la información y así descentralizar las consultas de los resultados electorales, minimizando el riesgo de congestionamiento.

4. Conocimiento de los datos electorales: equipo de especialistas sobre tratamiento de datos electorales.

5. Equipo de carga: equipo de diez data entries que han obtenido la experiencia en el ingreso y corrección de datos electorales.

6. Experiencia en infraestructura e instalación de redes y sistemas de información: equipo técnico con versación en la instalación de redes robustas y seguras preparadas para sistemas de alta disponibilidad como es el de escrutinio provisional.

7. Documentación y estándares: documentación de desarrollo y de logística necesaria para la comprensión del funcionamiento del software y del proceso de escrutinio provisional.

8. Investigación: investigación y relevamiento de herramientas, metodologías y sistemas existentes relacionados al escrutinio.

9. Resolución de problemas: equipo de trabajo orientado a la resolución inmediata de problemas.

10. Soporte técnico: personal técnico especializado y capacitado en la atención de usuarios.

11. Logística electoral: conocimiento sobre la logística y problemas frecuentes en un proceso de escrutinio provisorio.

12. Incorporación de nuevas tecnologías a los procesos electorales.

En la ciudad de Buenos Aires, a los nueve días del mes de junio de dos mil tres se reúnen en la sede de la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior el señor Director General de Modernización de la Secretaría Jefe de Gabinete del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Dr. Marcelo Escolar y el señor Director Nacional Electoral Dr. Alejandro Tullio, y teniendo presente los requerimientos formulados por la Justicia Federal con competencia Electoral con vistas a la organización de las elecciones a celebrarse el próximo 24 de agosto del corriente año con eventual segunda vuelta el 14 de septiembre del año 2003, lo previsto en la Ley N° 15.262 y en el Código Nacional Electoral las partes manifiestan:

1 - La Dirección Nacional Electoral comunica a la Dirección General de Modernización que los gastos que demande la impresión y distribución de listados provisionales de electores y padrones definitivos; la provisión de materiales y útiles electorales en los términos del Art. 65 C.E.N., los gastos de despliegue y repliegue de urnas y documentación electoral, la seguridad electoral y el escrutinio provisorio de la primera vuelta electoral serán sufragados íntegramente por el Ministerio del Interior.

2 - Ambas partes acuerdan distribuir los requerimientos económicos efectuados por la Justicia Federal con competencia Electoral de la siguiente manera:

a) El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires cubrirá los gastos de horas extraordinarias cuyo monto asciende a $ 1.169.726, 72.

b) El Ministerio del Interior cubrirá los gastos de funcionamiento del Juzgado y la Junta Nacional Electoral y contratos cuyo monto total asciende a $ 420.054.

c) La contribución destinada a la Cámara Nacional Electoral se solventará en similares proporciones.

Los abajo firmantes elevarán la presente acta-propuesta a la consideración del señor Secretario Jefe de Gabinete del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y del señor Ministro del Interior. Escolar (por G.C.B.A.) - Tullio (por Ministerio del Interior)

En la ciudad de Buenos Aires, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil tres se reúnen en la sede de la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior el señor Director General de Modernización de la Secretaría Jefe de Gabinete del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Dr. Marcelo Escolar y el señor Director Nacional Electoral Dr. Alejandro Tullio, a los efectos de acordar lo contemplado en el punto c del numeral 2 del acta propuesta suscripta entre los firmantes el día nueve de junio ppdo. y las cuestiones relativas a los servicios electorales del Correo Argentino, de los servicios de seguridad y del pago a autoridades de mesa establecido en el Art. 72 del Código Electoral Nacional a esos efectos manifiestan:

1 - Ambas partes acuerdan distribuir los requerimientos económicos efectuados por la Cámara Nacional Electoral de la siguiente manera:

a) El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires cubrirá hasta la suma de $ 310.380,50 para atender gastos en concepto de contratos y horas electorales de la primera vuelta electoral a celebrarse el 24 de agosto.

b) El Ministerio del Interior cubrirá hasta una suma de $ 155.190,25 para atender gastos en concepto de contratos y horas electorales. La suma establecida en este inciso será transferida por el Ministerio del Interior por conducto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

2 - Ambas partes se comprometen a afrontar el pago a autoridades de mesa de la primera y eventualmente de la segunda vuelta electoral en partes iguales. El Ministerio del Interior fijará en $ 50 el monto del viático para cada vuelta electoral.

3 - El Ministerio del Interior se hará cargo de los gastos de despliegue y repliegue de urnas del proceso electoral.

4 - El Ministerio del Interior se hará cargo de la provisión de materiales electorales y del escrutinio provisorio del proceso electoral.

5 - El Ministerio del Interior se hará cargo de los gastos ocasionados por el servicio de seguridad de la primera vuelta electoral y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires los correspondientes a la segunda vuelta electoral.

Los abajo firmantes elevarán la presente acta-propuesta a la consideración del señor Secretario Jefe de Gabinete del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y del señor Ministro del Interior. Escolar (por G.C.B.A.) - Tullio (por Ministerio del Interior)