DISPOSICIÓN 131 2003 SECRETARIA DE CULTURA

Síntesis:

APRUEBA LA CONTRATACIÓN DIRECTA N° 8/PROFECI/03. ADJUDICA A LA EMPRESA ARTES GRÁFICAS RIOPLATENSE S.A. LA PROVISIÓN DE LA REVISTA DEL IV FESTIVAL INTERNACIONAL DE BUENOS AIRES - SECRETARÍA DE CULTURA , PROGRAMA FESTIVALES DE LA CIUDAD , APROBACIÓN

Publicación:

19/08/2003

Sanción:

13/08/2003

Organismo:

SECRETARIA DE CULTURA


Visto los Decretos N° 5.720/PEN/72 y sus modificatorios, Decretos Nros. 383/73, 825/PEN/88, 826/PEN/88 y 827/PEN/88, de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a la Cláusula Transitoria 3° de la Ley N° 70 (B.O. N° 539) y el Decreto N° 791/2003 (B.O. N° 1718), el Expediente N° 45.059/2003; y

CONSIDERANDO:

Que por el citado actuado tramita la solicitud de aprobación de la Contratación Directa N° 8/PROFECI/2003, realizada al amparo del Decreto N° 5.720/PEN/72 y sus modificatorios, artículo 56, inciso 3, apartado a), para el servicio de impresión de la revista y catálogo de difusión del IV Festival Internacional de Buenos Aires, evento autorizado por Resolución N° 403/SC/2003;

Que mediante Disposición N° 121/DGTAYL/SC-2003 (B.O. N° 1746), se aprobaran las condiciones generales y particulares, y se autorizara el llamado a contratación directa al amparo del artículo 56, inciso 3) apartado a) de la norma citada en el visto, recibiéndose una única oferta;

Que la oferta recibida corresponde a la empresa Artes Gráficas Rioplatense S.A., CUIT 33-50042685-9;

Que se ha confeccionado el cuadro comparativo de precios que indica la reglamentación vigente, interviniendo la Comisión de Preadjudicaciones del Programa Festivales de la Ciudad, aconsejando adjudicar a la empresa Artes Gráficas Rioplatense S.A., por resultar oferta única y la más conveniente;

Que conforme indica la normativa se mantuvo en cartelera el resultado de la preadjudicación atento los términos del artículo 61, inciso 78) del Decreto N° 5.720/PEN/72, y concluidos los plazos legales no se presentó impugnación alguna al acto que se pretende aprobar por el presente;

Que se cuenta con los fondos otorgados mediante Resolución N° 1.545/SHYF/2003 para la atención del gasto derivado de la presente contratación;

Que obra en los presentes el proyecto de Orden de Compra a favor de Artes Gráficas Rioplatense S.A., según estipula la normativa vigente;

Que ha tomado la intervención de su competencia la Comisión de Verificación y Control de la Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, conforme lo estipula la Resolución N° 1.672/SHYF/98 (B.O. N° 394), habiéndose satisfecho las observaciones que se realizaran;

Que en virtud de los términos del Decreto N° 791/2003 (B.O. N° 1718), y la Ley de Contabilidad, corresponde realizar la presente aprobación, al amparo de lo establecido en el Decreto N° 5.720/PEN/72;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO

ADMINISTRATIVO Y LEGAL

DISPONE:

Artículo 1° - Apruébase la contratación Directa N° 8/PROFECI/03, realizada al amparo del artículo 56, inciso 3) apartado a) de la Ley de Contabilidad, reglamentada por Decreto PEN N° 5.720/72 y sus modificatorios y complementarios.

Artículo 2° - Adjudícase a la oferta presentada por la empresa Artes Gráficas Rioplatense S.A., CUIT 33-50042685-9, para la provisión de ochenta mil (80.000) ejemplares de la revista del IV Festival Internacional de Buenos Aires, por un total de pesos sesenta y nueve mil doscientos veinticuatro ($ 69.224), al amparo de lo establecido por el artículo 61, incisos 74) y 76), de la Ley de Contabilidad, reglamentada por Decreto PEN N° 5.720/72 y sus modificatorios.

Artículo 3° - Autorízase al Programa Festivales de la Ciudad a emitir la Orden de Compra reglamentaria a la firma Artes Gráficas Rioplatense S.A., CUIT 33-50042685-9, por un total de pesos sesenta y nueve mil doscientos veinticuatro ($ 69.224), y a proceder al pago del servicio brindado contra la emisión del parte de recepción definitiva y la factura que ordena la legislación de aplicación.

Artículo 4° - El gasto resultante, de pesos sesenta y nueve mil doscientos veinticuatro ($ 69.224) deberá ser cancelado con los fondos otorgados mediante Resolución N° 1.545/SHYF/2003.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, y de Compras y Contrataciones, y para su conocimiento y demás efectos, pase al Programa Festivales de la Ciudad. Cumplido, archívese. Formento

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Revoca la Disposición N° 131/DGTAYL-SC/03, por resultar nula de nulidad absoluta e insanable en los términos del D. 1510/97