RESOLUCIÓN 243 2018 SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO - ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 184-SECISYU-16 - SE APRUEBA PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE RECLAMOS - RATIFICA - DESIGNA - KENIA CORREA GONZALEZ - COMITÉ DE REASENTAMIENTO - MARÍA CANDELA ZUNINO - MARÍA BELÉN BARRETO - JOSEFINA MARTORELL - SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA - OPERATIVO CENSAL - CENSO
Publicación:
30/08/2018
Sanción:
06/07/2018
Organismo:
SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA
TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 06 de abril del 2022.
VISTO:
Las Leyes N° 449 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y modificatorias, N° 3.343
(texto consolidado por Ley 5.666), N° 5.460, el Decreto N° 363/GCABA/15 y sus
modificatorios, las Resoluciones N°
473/MJGGC/2016, 162/SECISYU/2016,
166/SECISYU/2016 y 184/SECISYU/2016, y el Expediente Electrónico N° 25822581-
MGEYA-SSPYGC/16, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.343 (texto consolidado Ley N° 5.666) dispone la urbanización del
polígono correspondiente a las Villas 31 y 31 bis con destino a vivienda, desarrollo
productivo y equipamiento comunitario de sus actuales habitantes;
Que el artículo 9° de la citada norma establece que:"La implementación de este
proyecto no implicará desalojo forzoso alguno, y para aquellos actuales habitantes -de
acuerdo al censo poblacional establecido en el artículo 3°- cuyas viviendas necesiten
ser relocalizadas se garantizará, en acuerdo con los mismos, una solución habitacional
de similares características dentro del polígono establecido en el artículo 1° de la
presente Ley";
Que por Decreto N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura
orgánica funcional del Poder Ejecutivo, contemplando a la Secretaría de Integración
Social y Urbana, dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, entre las responsabilidades primarias de la mencionada Secretaría se
encuentran las de coordinar el plan maestro de urbanización integral Retiro - Puerto,
promoviendo la interconectividad e integración del entramado urbano entre las Villas
31 y 31 bis, la zona portuaria y la Ciudad, diseñar estrategias, planes, políticas y
proyectos vinculados a la integración urbana, social y económica de las Villas 31 y 31
Bis; planificar, diseñar y coordinar acciones tendientes a mejorar la calidad del hábitat
en las Villas 31 y 31 Bis; y formular, coordinar y supervisar políticas vinculadas a la
urbanización y regularización de las Villas 31 y 31 Bis;
Que, en el marco del proceso de urbanización mediante Resolución N°
473/MJGGC/16 se dispuso la realización de un operativo censal en las viviendas y
habitantes ubicados en los sectores "Bajo Autopista" y "Cristo Obrero" identificadas en
el Anexo I de dicha Resolución, llevado a cabo por esta Secretaría, con la
colaboración de la Dirección General de Estadística y Censo;
Que a tales efectos, mediante las Resoluciones N° 162/SECISYU/16 y
166/SECISYU/2016 se aprobó el detalle de las unidades funcionales de los sectores
"Cristo Obrero" y "Bajo Autopista" que serían objeto del operativo censal precitado,
practicándose el mismo los días 12 y 13 y 19 y 20 de noviembre de 2016
respectivamente;
Que a los fines de establecer un procedimiento de resolución de reclamos que
pudieren suscitarse con motivo del operativo censal, por Resolución N°
184/SECISYU/2016 se creó el Comité de Reasentamiento en la órbita de la Secretaría
de Integración Social y Urbana;
Que teniendo en cuenta la experiencia recogida a través de la implementación del
procedimiento aprobado por la Resolución mencionada, se ha definido la actualización
de dicho procedimiento propiciándose la toma de decisiones por mayoría de 2/3 de los
miembros presentes;
Que por las razones expresadas, en virtud de las modificaciones introducidas en la
estructura organizativa de la Secretaría de Integración Social y Urbana por el Decreto
N° 154/GCABA/18 y a fin de dar celeridad a los procedimientos, resulta necesario
dejar sin efecto el Anexo I de la Resolución N° 184/SECISYU/16 y efectuar la
aprobación de un nuevo Procedimiento de Resolución de Reclamos, en orden a lo
expuesto en los considerandos de la presente, mediante el dictado de un nuevo acto
administrativo.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto el Anexo I (IF-2016-26820572-SECISYU) de la
Resolución 184/SECISYU/2016, en orden a lo expuesto en los considerandos de la
presente.
Artículo 2°.- Apruébase el Procedimiento de Resolución de Reclamos, el cual, como
Anexo I (IF-2018-18865826-SECISYU), forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Ratifícase los restantes términos de la Resolución N° 184-SECISYU/16.
Artículo 4°.- Desígnase a la señora Kenia CORREA GONZALEZ, DNI N° 95.439.422
como miembro del Comité de Reasentamiento, por acefalía de la Gerencia Operativa
de Reasentamiento.
Artículo 5°.- Desígnase a la Dra. María Candela ZUNINO, DNI N° 33.716.393, a las
señoras María Belén BARRETO, DNI N° 33.713.541 y Josefina MARTORELL, DNI N°
29.951.270, como miembros del Comité de Reasentamiento, en sus carácter de
asesores legal, de gabinete y presupuestario, respectivamente de esta Secretaría de
Integración Social y Urbana.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
Comuníquese a las Subsecretarías de Infraestructura Urbana y Coordinación
Gubernamental y de Integración Social y Económica, a las Direcciones Generales de
Integración Social e Integración Económica y Obras, Proyectos y Diseño Urbano.
Notifíquese los términos de la presente a los miembros del Comité de Reasentamiento
indicados en el Artículo 5° del Anexo I aprobado por el Artículo 2° de la presente y
para su conocimiento y demás efectos gírese a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese.
Fernández