RESOLUCIÓN 54 2024 UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES BARRIO MUGICA
Síntesis:
ESTABLECE - APERTURA - VENTANILLA ÚNICA DE RECLAMOS AD HOC - EDICIÓN 2024 - MODALIDAD PRESENCIAL - TRÁMITE - RECEPCIÓN FÍSICA DE RECLAMOS -DOCUMENTACIÓN - PLAZOS - PORTAL DEL BARRIO PADRE CARLOS MUGICA - UBICADO EN LA CALLE RODOLFO WALSH Y AV GENDARMERÍA NACIONAL - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE INCORPORACIÓN COMPLEMENTARIA A LOS RESULTADOS DE OPERATIVOS CENSALES - CENSO DE HABITANTES - SOLUCIONES HABITACIONALES - VIVIENDAS - DIFUSIÓN
Publicación:
13/05/2024
Sanción:
07/05/2024
Organismo:
UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES BARRIO MUGICA
VISTO: Las Resoluciones N° 184/ GCABA /SECISYU/16, N° 59/ GCABA
/SECISYU/17, N° 243/ GCABA /SECISYU/18, N° 75/ GCABA /SECISYU/19, N° 158/
GCABA /SECISYU/19, N° 419/ GCABA /SECISYU/19, N° 420/ GCABA /SECISYU/19,
N° 543/ GCABA /SECISYU/20, N° 96/ GCABA /UPEUBPCM/21, N° 42/ GCABA
/UPEUBPCM/22 y N° 5/ GCABA /UPEUBPCM/23 y el Expediente Electrónico N° EX-
2022-11792939- GCABA -UPEUBPCM y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 42/ GCABA /UPEUBPCM/22 se estableció la apertura de
la "Ventanilla Única de Reclamos Ad Hoc" para la presentación de solicitudes de
incorporación complementaria a los resultados de los operativos censales aprobados
por las Resoluciones N° 59/ GCABA /SECISYU/17 y N° 158/ GCABA /SECISYU/19 de
conformidad con las pautas, días, horarios y procedimiento allí estatuidos;
Que de acuerdo a la experiencia recogida y la evaluación efectuada en ocasión de la
"Ventanilla Única de Reclamos Ad Hoc" instituida por la Resolución N° 42/ GCABA
/UPEUBPCM/22, durante el año 2022, mediante Resolución N° 5/ GCABA
/UPEUBPCM/23 y con sustento en su norma precedente, se realizó la apertura de la
"Ventanilla Única de Reclamos Ad Hoc - Edición 2023";
Que en los términos de los artículos 30, 31 y 32 del Capítulo VI del Título III de la Ley
N° 6.129, se estima conducente la apertura de la "Ventanilla Única de Reclamos Ad
Hoc - Edición 2024" durante el corriente año 2024 para la presentación de solicitudes
de incorporación complementaria a los resultados de los operativos censales
aprobados por las Resoluciones N° 59/ GCABA /SECISYU/17 y N° 158/ GCABA
/SECISYU/19;
Que asimismo, corresponde establecer que los Reclamos presentados al amparo de lo
prescripto por las Resoluciones N° 184/ GCABA /SECISYU/16, N° 243/ GCABA
/SECISYU/18, N° 75/ GCABA /SECISYU/19, N° 419/ GCABA /SECISYU/19, N° 420/
GCABA
/SECISYU/19, N° 543/
GCABA
/SECISYU/20, N° 96/
GCABA
/UPEUBPCM/21, N° 42/ GCABA /UPEUBPCM/22 y N° 5/ GCABA /UPEUBPCM/23
que a la fecha se encuentren pendientes de análisis y resolución, deberán ser
sustanciados por el "Comité Único Ad Hoc de Resolución de Reclamos" creado por la
Resolución N° 42/ GCABA /UPEUBPCM/22;
Que, a su vez, obsta indicar que no serán recibidas o serán rechazadas sin más
trámite aquellas reclamaciones que ya hayan sido presentadas por idéntico objeto o
pretensión, con o sin resolución a la fecha, en las Ventanillas de Reclamos aprobadas
por las Resoluciones N° 184/ GCABA /SECISYU/16, N° 243/ GCABA /SECISYU/18,
N° 75/ GCABA /SECISYU/19, N° 419/ GCABA /SECISYU/19, N° 420/ GCABA
/SECISYU/19, N° 543/ GCABA /SECISYU/20, N° 96/ GCABA /UPEUBPCM/21, N° 42/
GCABA /UPEUBPCM/22 y N° 5/ GCABA /UPEUBPCM/23 como así tampoco se
aceptarán reclamos de por construcciones ubicadas en el sector Bajo Autopista que
hayan estado sujetas al proceso de Reasentamiento y por las cuales ya se haya
entregado una solución habitacional única y definitiva,
Que en función de lo expuesto, deviene necesario propiciar la apertura de la
"Ventanilla Única de Reclamos Ad Hoc - Edición 2024" para la presentación de
solicitudes de incorporación complementaria a los resultados de los operativos
censales aprobados por las Resoluciones N° 59/ GCABA /SECISYU/17 y N° 158/
GCABA /SECISYU/19.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias y de aquellas conferidas por la
Ley N° 6.129, en carácter de Autoridad de Aplicación,
Artículo 1°.- Establecer la apertura de la "Ventanilla Única de Reclamos Ad Hoc -
Edición 2024", a partir del día 20 de mayo del año 2024 y hasta el día 13 de junio del
2024, en los términos de la Resolución N° 42/ GCABA /UPEUBPCM/22 y de
conformidad con las pautas, días, horarios y procedimientos conforme se estatuye en
el Anexo (IF-2024-17341797- GCABA -UPEBM) que forma parte integrante de la
presente.
Artículo 2°.- Establecer que los Reclamos presentados al amparo de lo prescripto por
las Resoluciones N° 184/ GCABA /SECISYU/16, N° 243/ GCABA /SECISYU/18, N°
75/ GCABA /SECISYU/19, N° 419/ GCABA /SECISYU/19, N° 420/ GCABA
/SECISYU/19, N° 543/ GCABA /SECISYU/20, N° 96/ GCABA /UPEUBPCM/21, N° 42/
GCABA /UPEUBPCM/22 y N° 5/ GCABA /UPEUBPCM/23 que a la fecha se
encuentren pendientes de análisis y resolución, serán sustanciados por el "Comité
Único Ad Hoc de Resolución de Reclamos" creado por el artículo 4° de la Resolución
N° 42/ GCABA /UPEUBPCM/22.
Artículo 3°.- Establecer que serán desestimadas sin más trámite aquellas nuevas
presentaciones que versen sobre idéntico objeto al de reclamaciones ya realizadas
con anterioridad, al amparo de las Ventanillas de Reclamos aprobadas por las
Resoluciones N° 184/ GCABA /SECISYU/16, N° 243/ GCABA /SECISYU/18, N° 75/
GCABA /SECISYU/19, N° 419/ GCABA /SECISYU/19, N° 420/ GCABA /SECISYU/19,
N° 543/ GCABA /SECISYU/20, N° 96/ GCABA /UPEUBPCM/21, N° 42/ GCABA
/UPEUBPCM/22 y N° 5/ GCABA /UPEUBPCM/23 tengan o no resolución a la fecha;
excluir asimismo, de la ventanilla aprobada por el artículo 1° de la presente, a toda
reclamación que se sustente en construcciones ubicadas en el sector Bajo Autopista
ya sujetas al proceso de Reasentamiento y por las cuales a la fecha se haya asignado
una solución habitacional única y definitiva.
Artículo 4°.- Complementar las Resoluciones N° 42/ GCABA /UPEUBPCM/22 y N° 5/
GCABA /UPEUBPCM/23.
Artículo 5°.- Efectuar amplia difusión a fin de alcanzar la mayor publicidad a la
comunidad del Barrio "Padre Carlos Mugica", de los términos de la presente.
Artículo 6°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos gírese a la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archívar. Barberis