RESOLUCIÓN 75 2019 SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA
Síntesis:
SE APRUEBA PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE RECLAMOS - SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA - APRUEBA FORMULARIO DE RECLAMO - SE CREA COMITÉ DE RESOLUCIÓN DE RECLAMOS AD HOC - OPERATIVO CENSAL - VIVIENDAS Y HABITANTES - BAJO AUTOPISTA - CRISTO OBRERO - VILLA 31 - VILLA 31 BIS - SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA - MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - BARRIO PADRE CARLOS MUGICA - CENSO
Publicación:
11/04/2019
Sanción:
08/04/2019
Organismo:
SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA
VER TEXTO ACTUALIZADO
Solicite el Texto Actualizado de la presente norma en: ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar
VISTO: Las Leyes Nros. 449 (texto consolidado por la Ley N° 6.017), 3.343 (texto
consolidado por Ley N° 6.017), 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017), 6.129, el
Decreto N° 363/GCABA-15 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros.
473/MJGGC/16 y 399/MJGGC/17 y el Expediente Electrónico N° 10396454-2019-
GCABA-SECISYU, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.343 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se dispuso la urbanización
del polígono correspondiente a las Villas 31 y 31 bis condestino a vivienda, desarrollo
productivo yequipamiento comunitario de sus actuales habitantes;
Que el artículo 9° de la citada Ley N° 3.343 (texto consolidado por Ley N° 6.017)
establece que "la implementación de este proyecto no implicará desalojo forzoso
alguno, y para aquellos actuales habitantes -de acuerdo al censo poblacional
establecido en el artículo 3°- cuyas viviendas necesiten ser relocalizadas se
garantizará, en acuerdo con los mismos, una solución habitacional de similares
características dentro del polígono establecido en el artículo 1° de la presente Ley";
Que la Secretaría de Integración Social y Urbana, conforme la autorización efectuada
mediante Resolución N° 473/MJGGC/16 la Jefatura de Gabinete de Ministros, realizó
juntamente con la Dirección General de Estadística y Censo, un operativo censal en
las viviendas y habitantes ubicados en los sectores "Bajo Autopista" y "Cristo Obrero"
de las Villas 31 y 31 Bis;
Que posteriormente, esta instancia juntamente con la Dirección General de Estadística
y Censo, de conformidad con lo establecido en la Resolución N° 399/MJGGC/2017 de
la Jefatura de Gabinete de Ministros, realizó un operativo censal en las unidades
funcionales de vivienda, económicas y/o sociales de las Villas 31-31 Bis y de sus
habitantes, excluyendo los sectores "Bajo Autopista" y "Cristo Obrero" de los citados
asentamientos;
Que el operativo censal tiene como objetivo representan un insumo fundamental para
el diagnóstico, diseño, aplicación, evaluación y ejecución de políticas y programas
públicos;
Que mediante Decreto N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura
orgánica funcional del Poder Ejecutivo, contemplando a la Secretaría de Integración
Social y Urbana, dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, entre las responsabilidades primarias de la mencionada Secretaría se
encuentran las de coordinar el plan maestro de urbanización integral Retiro - Puerto,
promoviendo la interconectividad e integración del entramado urbano entre las Villas
31 y 31 bis, la zona portuaria y la Ciudad, diseñar estrategias, planes, políticas y
proyectos vinculados a la integración urbana, social y económica de las Villas 31 y
31bis; planificar, diseñar y coordinar acciones tendientes a mejorar la calidad del
hábitat en las Villas 31 y 31bis; y formular, coordinar y supervisar políticas vinculadas a
la urbanización y regularización de las Villas 31 y 31 bis;
Que la Ley N° 6.129 dispuso la re-urbanización del Barrio "Padre Carlos Mugica", su
integración con el resto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la radicación
definitiva de sus habitantes en un hábitat adecuado, en el marco de las disposiciones
de la Ley N° 3.343,
Que el artículo 4° de la Ley N° 6.129 designó como autoridad de aplicación de la
citada norma a la Secretaría de Integración Social y Urbana o al organismo que en el
futuro lo reemplace;
Que conforme lo prescripto por los artículos 30, 31 y 32 del Capítulo VI del Título III de
la Ley N° 6.129, la Secretaría de Integración Social y Urbana, se encuentra facultada
para realizar las acciones necesarias a efectos de incorporar a aquellas personas
humanas, organizaciones sociales y unidades de desarrollo de actividades
económicas, que acrediten que habitaban, hayan prestado servicio y ejerzan
actividades económicas en el polígono del barrio al momento del último
empadronamiento realizado;
Que en virtud de lo expuesto, resulta pertinente establecer un procedimiento que
permita la presentación de los reclamos de incorporación al mentado
empadronamiento así como de resolución de reclamos que pudieran suscitarse con
motivo del operativo censal dispuesto mediante Resolución N° 399/MJGGC/17;
habilitar la Ventanilla de Reclamos, crear un Comité Ad Hoc, estableciendo su
constitución, responsabilidades, funciones, sistemas de toma de decisiones y el
formulario de reclamo.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el "Procedimiento de Resolución de Reclamos" (IF-2019-
10869655-GCABA-SECISYU) que como Anexo I, forma parte integrante de la
presente.
Artículo 2°.- Apruébase el "Formulario de Reclamo" (IF-2019-10878338-GCABA-
SECISYU) que como Anexo II, forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Créase el "Comité de Resolución de Reclamos Ad Hoc" (IF-2019-
10869655-GCABA-SECISYU) que como Anexo I, forma parte integrante de la
presente.
Artículo 4°.- Establécese la apertura de la "Ventanilla de Reclamos" que funcionará a
tal fin en el edificio "Galpón" del Barrio Padre "Carlos Mugica", única y exclusivamente
en el período comprendido entre los días lunes 08 abril y viernes 12 de abril de 2019
en el horario de 10:00 a 18:00 horas y los días sábado 13 de abril y domingo 14 de
abril de 2019 en el horario comprendido entre las 10:00 y 14:00 horas.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos gírese a la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Fernández