DISPOSICIÓN 4 2018 UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

Síntesis:

SE RATIFICA - REPRESENTANTE - MIGUEL ÁNGEL DANIEL CEREBELLO - DIRECCIÓN DEL COMITÉ DE CALIDAD - SE DESAFECTAN Y RATIFICAN INTEGRANTES DEL COMITÉ DE CALIDAD - SE CRÉA EL EQUIPO DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN BAJO LA ÓRBITA DEL COMITÉ DE CALIDAD DE LA UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA DE LA PROCURACIÓN - SE ASÍGNAN LAS SIGUIENTES TAREAS Y RESPONSABILIDADES - PARTICIPAR EN LA IDENTIFICACIÓN ESTABLECIMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DE LOS PROCESOS QUE FORMAN PARTE DE LA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - DE CONFORMIDAD CON EL REFERENCIAL IRAM 15:14-SGCBA Y LA POLÍTICA DE CALIDAD ESTABLECIDA - REALIZAR EL SEGUIMIENTO Y LA REVISIÓN PERIÓDICA DEL DESEMPEÑO DE LA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN ADOPTADA - LLEVANDO LOS REGISTROS DE DICHO SEGUIMIENTO Y MANTENIENDO INFORMADA - DIRECCIÓN SOBRE EL DESEMPEÑO - FORMULAR PROPUESTAS O PROYECTOS DE MEJORAS DE LA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - LLEVAR A CABO TAREAS Y ACTIVIDADES PARA EL CONOCIMIENTO - LA SENSIBILIZACIÓN - PROMOCIÓN Y FORMACIÓN DEL CAPITAL HUMANO DE LA UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - MARCO - SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN ADOPTADA - EVALUAR LA ADHESIÓN A LA GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

Publicación:

07/09/2018

Sanción:

04/09/2018

Organismo:

UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

Estado:

No vigente


VISTO,

la Ley N° 70, los Decretos N° 298-GCABA/06, N° 400-GCABA/17; el Referencial IRAM

N° 15:14-SGCBA, la Circular N °4-SGCBA/16, las Disposiciones N° 4-UAIPG/16 y N°

2-UAIPG/17, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y

Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, conforme el artículo N° 121 de la norma arriba citada se estableció que "El

Sistema de Control Interno queda conformado por la Sindicatura General de la Ciudad

de Buenos Aires, órgano normativo, de supervisión y coordinación y por las Unidades

de Auditoría Interna de cada Jurisdicción y entidades que dependan del Poder

Ejecutivo. Estas unidades dependen jerárquicamente de la autoridad superior de cada

organismo y actúan coordinadas técnicamente por la Sindicatura General";

Que, por Decreto N° 298/06 se crea la Unidad de Auditoría Interna de la Procuración

General de la Ciudad;

Que, por Decreto N° 400/17, se modifica la Estructura Orgánico Funcional de la

Procuración General de la Ciudad;

Que, mediante el Referencial IRAM N° 15:14-SGCBA "Unidades de Auditoría Interna,

Requisitos de Gestión de la Calidad, Seguridad de la Información y Ambientales" tiene

como objeto la implementación de Sistemas de Gestión de la Calidad en las diferentes

Unidades de Auditoría Interna del GCABA, incorporando requisitos de las normas

IRAM-ISO 9001:2008, IRAM-ISO 14001:2005 e IRAM-ISO/IEC 27001:2007, relativos a

la calidad, al Ambiente y a la Seguridad de la Información en cada organismo;

Que, por la Circular N° 4-SGCBA/16 se instruyó a las Unidades de Auditoría Interna a

tomar las medidas necesarias para implementar la certificación del Referencial IRAM

N° 15/14 respecto al cumplimiento de los requisitos de Gestión de Calidad, Seguridad

de la Información y ambientales;

Que dicha Circular ordena la constitución de un equipo de trabajo, encargado de la

obtención e implementación de dicha certificación;

Que en virtud de lo expuesto se dictó la Disposición N° 4-UAIPG/16 que creó el

Comité de Calidad de la Unidad de Auditoría Interna de la Procuración General y

nombró a sus integrantes. Posteriormente, fue modificada mediante la Disposición N°

2-UAIPG/17, la cual incorpora integrantes al Comité de Calidad y nombra un

responsable de la Seguridad de la Información de la Unidad de Auditoría Interna de la

Procuración General;

Que por razones operativas resulta necesario reducir el Comité de Calidad;

Que, a fin de mantener el logro obtenido de la Certificación IRAM, resulta necesario

crear un equipo dedicado a asegurar los requisitos de Seguridad de la Información.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA AUDITORA INTERNA TITULAR DE LA PROCURACIÓN GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE:

Artículo 1°.- Ratifíquese como representante de la Dirección del Comité de Calidad al

agente Miguel Ángel Daniel CEREBELLO, D.N.I. N° 12.588.170, C.U.I.L. N° 20-

12588170-0; quien fuera designado mediante el artículo 2° de la Disposición N° 4-

UAIPG/16 y rectificado por el artículo 1° de la Disposición N° 2-UAIPG/17, sin que ello

implique remuneración adicional alguna.

Artículo 2°.- Desaféctese como integrantes del Comité de Calidad a los agentes María

Celia ERTOLA, D.N.I. N° 20.004.414, C.U.I.L. N° 27-20004414-8; Julia Andrea

ANTONIOU, D.N.I. N° 25.485.355, C.U.I.L. N° 27-25485355-6; y Marcelo Leonel DI

CIANO, D.N.I. N° 32.890.947, C.U.I.L. N° 20-32890947-3, quienes fueran designados

mediante el artículo 3° de la Disposición N° 4-UAIPG/16 y ratificados por el artículo 2°

de la Disposición N° 2-UAIPG/17.

Artículo 3°.- Agradécese a los agentes desafectados los servicios prestados durante

su gestión.

Artículo 4°.- Ratifíquese como integrantes del Comité de Calidad a la agente Angeles

Silvina ARAYA BARO, D.N.I. N° 32.770.798, C.U.I.L. N° 27-32770798-7; quien fuera

designada mediante el artículo 3° de la Disposición N° 4-UAIPG/16 y ratificada por el

artículo 2° de la Disposición N° 2-UAIPG/17, y a las agentes Adriana Gabriela

PALAGANOS, D.N.I. N° 32.125.141, C.U.I.L. N° 27-32125141-8; y Sofía DEL CARRIL,

D.N.I. N° 30.248.147, C.U.I.L. N° 23-30248147-4, quienes fueran designadas mediante

el artículo 4° de la Disposición N° 2-UAIPG/17, sin que ello implique remuneración

adicional alguna.

Artículo 5°.- Créase el Equipo de Seguridad de la Información bajo la órbita del Comité

de Calidad de la Unidad de Auditoría Interna de la Procuración.

Artículo 6°.- Asígnese al Equipo de Seguridad de la Información, las siguientes tareas

y responsabilidades:

a.- Participar en la identificación, establecimiento e implementación de los procesos

que forman parte de la Seguridad de la Información, de conformidad con el Referencial

IRAM N° 15:14-SGCBA y la Política de Calidad establecida;

b.- Realizar el seguimiento y la revisión periódica del desempeño de la Seguridad de la

Información adoptada, llevando los registros de dicho seguimiento y manteniendo

informada a la Dirección sobre el desempeño del mismo;

c- Formular propuestas o proyectos de mejoras de la Seguridad de la Información,

para elevar a la consideración de la Dirección;

d.- Llevar a cabo tareas y actividades para el conocimiento, la sensibilización,

promoción y formación del capital humano de la Unidad de Auditoría Interna, en el

marco de la Seguridad de la Información adoptada;

e.- Evaluar la adhesión a la guía de buenas prácticas de Seguridad de la Información

adoptada dentro de la Unidad de Auditoria Interna.

Artículo 7°.- Ratifíquese como responsable de la Seguridad de la Información a la

agente Veronica Estefanía SCIALFA, D.N.I. N° 27.939.803, C.U.I.L. N° 27-27939803-

9, quien fuera designada mediante el artículo 3° de la Disposición N° 2-UAIPG/17, sin

que ello implique remuneración adicional alguna.

Artículo 8°.- Desígnese como integrantes del Equipo de Seguridad de la Información a

las agentes Julia Andrea ANTONIOU D.N.I. N° 25.485.355, C.U.I.L. N° 27-25485355-

6; y María José SUAREZ CEVA, D.N.I. N° 39.760.510, C.U.I.T. N° 27-39760510-3, sin

que ello implique remuneración adicional alguna.

Artículo 9°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Sindicatura General de la Ciudad, a la Dirección de Recursos

Humanos dependiente de la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal de la

Procuración General y al personal dependiente de la Unidad de Auditoría Interna,

notifíquese a los interesados. Cumplido, archívese. Miñones

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición N° 3-UAIPG/20 deroga la Disposición N° 4-UAIPG/18.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art.1 de la Disposición 5- UAIPG-18, aprueba el Procedimiento de Rúbrica de Libros descripto en el Anexo I, según lo previsto por Disposición 4-UAIPG-18.<br />Art. 2° Aprueba el Procedimiento de Ejecución de Auditorías y Emisión de Informes descripto en el Anexo II.<br />Art. 3° Aprueba el Procedimiento de Seguimiento del Plan de Acción Correctiva descripto en el Anexo III.<br />Art. 4° Aprueba el Procedimiento de Seguimiento de Observaciones descripto en el Anexo IV.</p><p> </p>
INTEGRA
<p>Art.5 de la Disposición 4-UAIPG-18 crea el Equipo de Seguridad de la Información bajo la órbita del Comité<br />de Calidad de la Unidad de Auditoría Interna de la Procuración.<br />Art. 6°.- Asigna al Equipo de Seguridad de la Información, las tareas y responsabilidades segun lo previsto en la Circular  4-SGCBA/16.</p>