DECRETO 344 2018

Síntesis:

ELIMINACIÓN - REGISTROS - DEROGACIONES - DECRETOS - 1706-01 - 1972-01 - 217-03 - 198-06 - 1512- 07 - REGISTRO DE LA ACTIVIDAD - DE LOS DIRECTORES TÉCNICOS - DE LAS PLAZOS - DE LA PUBLICIDAD - DE LOS ARANCELES - DECRETO 2045-93 - REGISTRO DE ACTIVIDADES DE EMPRESAS PRIVADAS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE AGUA POTABLE - REGISTRO DE DIRECTORES TÉCNICOS DE EMPRESAS PRIVADAS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE AGUA POTABLE - JEFATURA DE GOBIERNO - PLAN DE MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

29/10/2018

Sanción:

25/10/2018

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 3.304 (Texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 2045/93,

1706/01, 1972/01, 217/03, 198/06, 1.512/07, y 624/16, el Expediente Electrónico N°

27.465.051-MGEYA-DGPINV/18 y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa, con el objetivo de alcanzar una gestión pública de

calidad que posibilite la provisión de bienes y servicios públicos a los ciudadanos de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires de manera equitativa, transparente y efectiva;

Que en este orden de ideas, para evitar la realización de trámites y registraciones que

generan dilaciones y costos, tanto para el ciudadano como para la propia

administración, se plantea la necesidad de iniciar un proceso de eliminación y

simplificación de normas y requisitos en diversos regímenes para brindar una

respuesta rápida y transparente a los requerimientos del administrado;

Que, en virtud de lo establecido precedentemente, la administración efectuó un

relevamiento de los Registros existentes en el ámbito de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y detectó que los registros de la normativa citada se encuentran

obsoletos o en desuso;

Que de tal modo, el Anexo I del Decreto N° 1706/01, en el apartado 1.2 de su Punto 1,

creó el Registro de Lavaderos Industriales de Ropa;

Que por los artículos 2° y 4° del Decreto N° 1972/01 se estableció el Registro de

Paseadores de Perros y a la entonces Secretaría de Medio Ambiente y Espacio

Público como su autoridad de aplicación y por Decreto N° 624/16 se modificó dicha

norma en lo que a la autoridad de aplicación se refiere, designándose a la Agencia de

Protección Ambiental para llevar a cabo esa función;

Que, por su parte, el artículo 4° del Anexo II del Decreto N° 217/03 contempla el

Registro de Generadores o poseedores de PCBs;

Que el Anexo I y Anexo V del Decreto N° 198/06 contempla al Registro de

Laboratorios de Determinaciones Ambientales (RELADA);

Que, además, el Anexo I del Decreto N° 1512/07 impuso la obligación de llevar un

registro de profesionales de control y mantenimiento de maquinaria para

procedimientos de limpieza en seco;

Que, por su parte, el anexo I del Decreto N° 2045/93 estableció el Registro de

Actividades de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua

Potable y el Registro Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza y

Desinfección de Tanques de Agua Potable;

Que, tal como se señaló, en miras a darle mayor celeridad y eficacia a los trámites

administrativos, resulta oportuno eliminar los referidos registros.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Derógase el apartado 1.2 del punto 1 del Anexo I del Decreto N° 1706/01,

que creó el Registro de Lavaderos Industriales de Ropa.

Artículo 2°.- Deróganse los artículos 2° y 3° del Decreto N° 1972/01 que crea el

Registro de Paseadores de Perros y abrógase el Decreto N° 624/16 que establece la

Autoridad de Aplicación de aquél.

Artículo 3°.- Derógase el artículo 4° del Anexo II del Decreto N° 217/03, que contempla

el Registro de Generadores o poseedores de PCBs.

Artículo 4°.-: Derógase el Capítulo I, Título II del del Anexo I y el Anexo V del Decreto

N° 198/06, que contempla el Registro de Laboratorios de Determinaciones

Ambientales (RELADA).

Artículo 5°.- Derógase el artículo 15 del Anexo I del Decreto N° 1.512/07, que

contempla el registro de profesionales de control y mantenimiento de maquinaria para

procedimientos de limpieza en seco.

Artículo 6°.- Deróganse el inciso a) del artículo 1° y los apartados 2. "Del Registro de la

Actividad", 3. "De los Directores Técnicos", 5. "De las Plazos", 7. "De la publicidad" y 9.

"De los Aranceles" del artículo 6° del Anexo I del Decreto N° 2045/93, que contempla

el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de

Tanques de Agua Potable, y el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas

de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable.

Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Economía

y Finanzas y de Ambiente y Espacio Público y por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín de la Ciudad de Buenos Aires; comuníquese a

los Ministerios de Economía y Finanzas y de Ambiente y Espacio Público, y la Agencia

de Protección Ambiental (APRA) y para su conocimiento y demás efectos, remítase a

la Subsecretaría de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ

LARRETA - Mura - Macchiavelli - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 5 del Decreto 344-18 deroga el art. 15 del Anexo I del Decreto 1512-07, que contempla el Registro de profesionales de control y mantenimiento de maquinaria para procedimientos de limpieza en seco.</p>
MODIFICA
<p>Art. 6 del Decreto 344-18 deroga el inciso a) del art. 1 y los apartados 2. Del Registro de la Actividad, 3. De los Directores Técnicos, 5. De las Plazos, 7. De la publicidad y 9. De los Aranceles del art. 6 del Anexo I del Decreto 2045-93, que contempla el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, y el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable.</p>
MODIFICA
<p>Art. 2 del Decreto 344-18 deroga los arts. 2 y 3 del Decreto 1972-01 que crea el Registro de Paseadores de Perros.</p>
MODIFICA
<p>Art. 4 del Decreto 344-18 deroga el Capítulo I, Título II del del Anexo I y el Anexo V del Decreto 198-06, que contempla el Registro de Laboratorios de Determinaciones Ambientales (RELADA).</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 344-18 deroga el apartado 1.2 del punto 1 del Anexo I del Decreto 1706-01, que creó el Registro de Lavaderos Industriales de Ropa.</p>
MODIFICA
<p>Art. 3 del Decreto 344-18 deroga el art. 4 del Anexo II del Decreto 217-03, que contempla el Registro de Generadores o poseedores de PCBs.</p>
DEROGA
<p>Art. 2 del Decreto 344-18 abroga el Decreto 624-16.</p>