RESOLUCIÓN 262 2019 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
APRUEBA REGLAMENTO - CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS BÁSICAS Y ARTICULADAS DEL EQUIPO DE SALUD - HOSPITALES E INSTITUCIONES NACIONALES - GARRAHAN - EL CRUCE - HOSPITALES PROVINCIA DE BUENOS AIRES - MUNICIPIOS ADHERIDOS AL SISTEMA PROVINCIAL - RESIDENCIAS BÁSICAS ARTICULADAS Y CONCURRENCIAS - HOSPITALES CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CRONOGRAMA - CONCURSO RESIDENCIAS BÁSICAS ARTICULADAS Y POST-BÁSICAS Y CONCURRENCIAS - LLAMADO A CONCURSO - RESIDENTES - PRIMER AÑO - CICLO LECTIVO 2019 - SISTEMAS DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD - APOYO AL EQUIPO DE SALUD - ENFERMERÍA - EXAMEN ÚNICO DE INGRESO - CREACIÓN DE COMITÉ TÉCNICO - SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y CONTRALOR SANITARIO - MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES - SECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN E INSTITUTOS - MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN - SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN SANITARIA - MINISTERIO DE SALUD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - DIRECCIÓN DE DOCENCIA Y CAPACITACIÓN - DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL - DIRECCIÓN GENERAL DE DOCENCIA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL - INSCRIPCIÓN - PREINSCRIPCIÓN - TÍTULOS HABILITANTES - ESPECIALIDADES BÁSICAS REQUERIDAS
Publicación:
01/02/2019
Sanción:
29/01/2019
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
Las Ordenanzas Nros. 40.997, 41.793 y 45.146 (textos consolidados por Ley N°
6.017), el Decreto N° 96/12, la Resolución N° 2036/MSGC/14, el Convenio registrado
bajo N° 32868428-DGEGRAL-2018, y el Expediente Electrónico N° 3861414/MGEYA-
DGDIYDP/2019, y
CONSIDERANDO:
Que las Residencias del Equipo de Salud, aprobadas por Ordenanza N° 40.997, de
Apoyo al Equipo de Salud, aprobadas por Ordenanza N° 41.793, y de Enfermería,
aprobadas por Ordenanza N° 45.146, constituyen sistemas remunerados de
capacitación a tiempo completo, con actividad supervisada y programada;
Que el Sistema de Concurrencias, reglamentado por la Resolución N° 2036/MSGC/14,
constituye un sistema honorario de capacitación profesional de posgrado a tiempo
parcial, al que se ingresa por el mismo concurso de las residencias y siguiendo las
mismas condiciones de evaluación;
Que en las normas previamente señaladas se encuentra establecida la obligatoriedad
del ingreso a los respectivos Sistemas de Residencias y Concurrencias a través de
concurso llamado por el Departamento Ejecutivo;
Que por Decreto N° 96/12 se encomendó al Ministerio de Salud la convocatoria al
concurso anual de residentes, por lo que surge la necesidad de dictar la norma legal
que determine las disciplinas a concursar, así como también el reglamento al que se
ajustará el concurso;
Que con fecha 6 de noviembre de 2018 se suscribió un convenio con la Secretaría de
Gobierno de Salud de la Nación, registrado bajo N° 32868428-DGEGRAL-2018, por el
cual se establecieron las condiciones de cooperación para la implementación conjunta
del examen único de ingreso a las residencias médicas (EU);
Que el mismo favorece el acceso democrático y equitativo a la oferta de residencias
médicas, a la vez que brinda mayor transparencia y previsibilidad y aporta información
sobre las preferencias y formaciones de los postulantes;
Que, asimismo, se ha coordinado con el Ministerio de Salud y Desarrollo de la Nación
y con el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires la implementación de un
concurso unificado, acordándose el reglamento y cronograma común que abarca
desde la publicación hasta el momento de su readjudicación y ulteriores, así como la
unificación del instrumento de examen escrito para el ingreso a las residencias
médicas y la creación de un Comité Técnico con integrantes de las respectivas
jurisdicciones que tendrá como función la administración y gestión del concurso.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 96/12,
Artículo 1°.- Apruébanse el Reglamento del "Concurso Unificado de Residencias
Básicas y Articuladas del Equipo de Salud en Hospitales e Instituciones Nacionales,
Hospital Garrahan, Hospital El Cruce, Residencias Básicas y Articuladas en Hospitales
de la Provincia de Buenos Aires y Municipios adheridos al Sistema Provincial, y
Residencias Básicas, Articuladas y Concurrencias en Hospitales de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires", como Anexo I (IF-2019-4004407-DGDIYDP), el
Reglamento del "Concurso Unificado de Residencias Post-Básicas del Equipo de
Salud en Hospitales e Instituciones Nacionales, Hospital Garrahan, Hospital El Cruce,
Hospitales e Instituciones de la Provincia de Buenos Aires, Municipios adheridos al
Sistema Provincial y Hospitales e Instituciones de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires", como Anexo II (IF-2019-4004488-DGDIYDP) y el Cronograma del Concurso
para las Residencias Básicas, Articuladas y Post-básicas y Concurrencias, como
Anexo III (IF-2019-4004456-DGDIYDP), los cuales a todos sus efectos forman parte
integrante del presente acto.
Artículo 2°.- Llámase al Concurso referido en el Artículo 1° de este acto, para la
provisión de hasta 910 (novecientos diez) cargos de residentes de primer año para el
Ciclo Lectivo 2019 de los Sistemas de Residencias del Equipo de Salud, de Apoyo al
Equipo de Salud y de Enfermería del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, en aquellas disciplinas que se especifican en el Anexo IV (IF-2019-4004515-
DGDIYDP).
Artículo 3°.- Establécese el Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas (EU)
como instrumento de evaluación unificado para las ofertas de residencias médicas
básicas, articuladas y concurrencias, y de exámenes específicos unificados para
residencias básicas y residencias post-básicas del Equipo de Salud.
Artículo 4°.- Créase el Comité Técnico del concurso a que se refiere el Artículo 1° de
este acto, que será presidido en forma conjunta por la Subsecretaría de Planificación y
Contralor Sanitario del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, por la
Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud y Desarrollo
Social de la Nación, y por la Subsecretaría de Planificación Sanitaria de este Ministerio
de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y coordinado técnicamente en igual
forma, por la Dirección de Docencia y Capacitación, por la Dirección Nacional de
Capital Humano y Salud Ocupacional y por la Dirección General de Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional, dependientes, respectivamente, de las
mencionadas jurisdicciones.
Artículo 5°.- El Comité creado por el artículo anterior estará integrado por
representantes de los espacios de docencia e investigación de las instituciones
comprendidas en este concurso y del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y tendrá como función la administración y gestión del
mismo. Todos los integrantes del Comité actuarán "ad-honorem" y su funcionamiento
no generará erogación alguna. Las instituciones mencionadas designarán a sus
representantes de acuerdo a sus respectivas reglamentaciones.
Artículo 6°.- Facúltase a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo
Profesional a dictar las disposiciones necesarias para reglamentar las distintas
instancias operativas del concurso, así como para garantizar su normal desarrollo, y a
definir el número de cargos de concurrentes, según capacidad formativa.
Artículo 7°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto,
dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, tomará los recaudos necesarios
para la atención del gasto ocasionado por el cumplimiento del presente.
Artículo 8°.- Publíquese durante dos (2) días en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y en la página web de la Dirección General de Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional y, para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Economía y
Finanzas. Cumplido, archívese. Bou Pérez