RESOLUCIÓN 262 2019 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

APRUEBA REGLAMENTO - CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS BÁSICAS Y ARTICULADAS DEL EQUIPO DE SALUD - HOSPITALES E INSTITUCIONES NACIONALES - GARRAHAN - EL CRUCE - HOSPITALES PROVINCIA DE BUENOS AIRES - MUNICIPIOS ADHERIDOS AL SISTEMA PROVINCIAL - RESIDENCIAS BÁSICAS ARTICULADAS Y CONCURRENCIAS - HOSPITALES CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CRONOGRAMA - CONCURSO RESIDENCIAS BÁSICAS ARTICULADAS Y POST-BÁSICAS Y CONCURRENCIAS - LLAMADO A CONCURSO - RESIDENTES - PRIMER AÑO - CICLO LECTIVO 2019 - SISTEMAS DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD - APOYO AL EQUIPO DE SALUD - ENFERMERÍA - EXAMEN ÚNICO DE INGRESO - CREACIÓN DE COMITÉ TÉCNICO - SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y CONTRALOR SANITARIO - MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES - SECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN E INSTITUTOS - MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN - SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN SANITARIA - MINISTERIO DE SALUD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - DIRECCIÓN DE DOCENCIA Y CAPACITACIÓN - DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL - DIRECCIÓN GENERAL DE DOCENCIA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL - INSCRIPCIÓN - PREINSCRIPCIÓN - TÍTULOS HABILITANTES - ESPECIALIDADES BÁSICAS REQUERIDAS 

Publicación:

01/02/2019

Sanción:

29/01/2019

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO:

Las Ordenanzas Nros. 40.997, 41.793 y 45.146 (textos consolidados por Ley N°

6.017), el Decreto N° 96/12, la Resolución N° 2036/MSGC/14, el Convenio registrado

bajo N° 32868428-DGEGRAL-2018, y el Expediente Electrónico N° 3861414/MGEYA-

DGDIYDP/2019, y

CONSIDERANDO:

Que las Residencias del Equipo de Salud, aprobadas por Ordenanza N° 40.997, de

Apoyo al Equipo de Salud, aprobadas por Ordenanza N° 41.793, y de Enfermería,

aprobadas por Ordenanza N° 45.146, constituyen sistemas remunerados de

capacitación a tiempo completo, con actividad supervisada y programada;

Que el Sistema de Concurrencias, reglamentado por la Resolución N° 2036/MSGC/14,

constituye un sistema honorario de capacitación profesional de posgrado a tiempo

parcial, al que se ingresa por el mismo concurso de las residencias y siguiendo las

mismas condiciones de evaluación;

Que en las normas previamente señaladas se encuentra establecida la obligatoriedad

del ingreso a los respectivos Sistemas de Residencias y Concurrencias a través de

concurso llamado por el Departamento Ejecutivo;

Que por Decreto N° 96/12 se encomendó al Ministerio de Salud la convocatoria al

concurso anual de residentes, por lo que surge la necesidad de dictar la norma legal

que determine las disciplinas a concursar, así como también el reglamento al que se

ajustará el concurso;

Que con fecha 6 de noviembre de 2018 se suscribió un convenio con la Secretaría de

Gobierno de Salud de la Nación, registrado bajo N° 32868428-DGEGRAL-2018, por el

cual se establecieron las condiciones de cooperación para la implementación conjunta

del examen único de ingreso a las residencias médicas (EU);

Que el mismo favorece el acceso democrático y equitativo a la oferta de residencias

médicas, a la vez que brinda mayor transparencia y previsibilidad y aporta información

sobre las preferencias y formaciones de los postulantes;

Que, asimismo, se ha coordinado con el Ministerio de Salud y Desarrollo de la Nación

y con el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires la implementación de un

concurso unificado, acordándose el reglamento y cronograma común que abarca

desde la publicación hasta el momento de su readjudicación y ulteriores, así como la

unificación del instrumento de examen escrito para el ingreso a las residencias

médicas y la creación de un Comité Técnico con integrantes de las respectivas

jurisdicciones que tendrá como función la administración y gestión del concurso.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 96/12,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébanse el Reglamento del "Concurso Unificado de Residencias

Básicas y Articuladas del Equipo de Salud en Hospitales e Instituciones Nacionales,

Hospital Garrahan, Hospital El Cruce, Residencias Básicas y Articuladas en Hospitales

de la Provincia de Buenos Aires y Municipios adheridos al Sistema Provincial, y

Residencias Básicas, Articuladas y Concurrencias en Hospitales de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires", como Anexo I (IF-2019-4004407-DGDIYDP), el

Reglamento del "Concurso Unificado de Residencias Post-Básicas del Equipo de

Salud en Hospitales e Instituciones Nacionales, Hospital Garrahan, Hospital El Cruce,

Hospitales e Instituciones de la Provincia de Buenos Aires, Municipios adheridos al

Sistema Provincial y Hospitales e Instituciones de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires", como Anexo II (IF-2019-4004488-DGDIYDP) y el Cronograma del Concurso

para las Residencias Básicas, Articuladas y Post-básicas y Concurrencias, como

Anexo III (IF-2019-4004456-DGDIYDP), los cuales a todos sus efectos forman parte

integrante del presente acto.

Artículo 2°.- Llámase al Concurso referido en el Artículo 1° de este acto, para la

provisión de hasta 910 (novecientos diez) cargos de residentes de primer año para el

Ciclo Lectivo 2019 de los Sistemas de Residencias del Equipo de Salud, de Apoyo al

Equipo de Salud y de Enfermería del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, en aquellas disciplinas que se especifican en el Anexo IV (IF-2019-4004515-

DGDIYDP).

Artículo 3°.- Establécese el Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas (EU)

como instrumento de evaluación unificado para las ofertas de residencias médicas

básicas, articuladas y concurrencias, y de exámenes específicos unificados para

residencias básicas y residencias post-básicas del Equipo de Salud.

Artículo 4°.- Créase el Comité Técnico del concurso a que se refiere el Artículo 1° de

este acto, que será presidido en forma conjunta por la Subsecretaría de Planificación y

Contralor Sanitario del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, por la

Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud y Desarrollo

Social de la Nación, y por la Subsecretaría de Planificación Sanitaria de este Ministerio

de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y coordinado técnicamente en igual

forma, por la Dirección de Docencia y Capacitación, por la Dirección Nacional de

Capital Humano y Salud Ocupacional y por la Dirección General de Docencia,

Investigación y Desarrollo Profesional, dependientes, respectivamente, de las

mencionadas jurisdicciones.

Artículo 5°.- El Comité creado por el artículo anterior estará integrado por

representantes de los espacios de docencia e investigación de las instituciones

comprendidas en este concurso y del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y tendrá como función la administración y gestión del

mismo. Todos los integrantes del Comité actuarán "ad-honorem" y su funcionamiento

no generará erogación alguna. Las instituciones mencionadas designarán a sus

representantes de acuerdo a sus respectivas reglamentaciones.

Artículo 6°.- Facúltase a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo

Profesional a dictar las disposiciones necesarias para reglamentar las distintas

instancias operativas del concurso, así como para garantizar su normal desarrollo, y a

definir el número de cargos de concurrentes, según capacidad formativa.

Artículo 7°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto,

dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, tomará los recaudos necesarios

para la atención del gasto ocasionado por el cumplimiento del presente.

Artículo 8°.- Publíquese durante dos (2) días en el Boletín Oficial de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y en la página web de la Dirección General de Docencia,

Investigación y Desarrollo Profesional y, para su conocimiento y demás efectos,

remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Economía y

Finanzas. Cumplido, archívese. Bou Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5550

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art, 1 Resolución 2013-MSGC-19 redestribuye cargos en el marco del Concurso llamado por Resolución 262-MSGC-19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1356-MS-19 rectifica el Anexo IV de la Resolución 262-MSGC-19, de manera que donde se consigna 2 años como duración de la Residencia posbásica Sistemas de Información en Salud, debe decir 3 años.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1243-MSGC-19 establece la distribución de los novecientos diez cargos de Residentes de Primer Año para el Ciclo Lectivo 2019 de los Sistemas de Residencias del Equipo de Salud, de Enfermería y de Apoyo al Equipo de Salud, correspondientes al Concurso Unificado convocado por la Resolución 262-MSGC-19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolución 686-MSGC-19 rectifica  términos de Anexos I y  IV aprobados por artículos 1 y 2 Resolución 262-MSGC-19.</p><p>Art. 2 amplía términos Anexos I y IV aprobados por  artículos 1 y 2 Resolución 262-MSGC-19.</p><p>Art. 3 amplía los términos Anexos II y IV aprobados por artículos 1 y 2 Resolución 262-MSGC-19.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 Resolución 262-MSGC-19,  aprueba el Reglamento del Concurso Unificado de Residencias Básicas y Articuladas del Equipo de Salud en Hospitales e Instituciones Nacionales, Provincia de Buenos Aires y Municipios adheridos al Sistema Provincial, y Residencias Básicas, Articuladas y Concurrencias en Hospitales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, </p>