RESOLUCIÓN 326 2019 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO - ARTÍCULO 2 DE LA RESOLUCIÓN 353-CDNNYA-17 - PROGRAMA ABRAZAR - REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES SIN CUIDADOS PARENTALES - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS - APRUEBA REGLAMENTO - PROGRAMA DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES SIN CUIDADOS PARENTALES - ADOPCIÓN - REGISTRO ÚNICO DE ASPIRANTES A GUARDA CON FINES ADOPTIVOS

Publicación:

27/03/2019

Sanción:

21/03/2019

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de actualización: 24 de octubre de 2025

VISTO:

La Ley nacional N° 25.854, las Leyes Nros. 114 y 1.417 (textos consolidados por Ley

N° 6.017), la Resolución N° 353/CDNNyA/2017, el Expediente Electrónico N°

08.337.171/GCABA-DGGPP/2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de

niños, niñas y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y

administrativa y autarquía financiera;

Que el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGA) fue

creado por la Ley nacional N° 25.854, la cual establece que su objeto es formalizar

una lista de aspirantes a guarda con fines de adopción;

Que dicho Registro se instrumentó en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires bajo la órbita del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

mediante la Ley N° 1.417 (texto consolidado por Ley N° 6.017), siendo facultad del

mismo evaluar la idoneidad de los aspirantes para ser admitidos, pudiendo aceptar o

denegar las solicitudes de admisión, así como también decidir sobre su continuidad o

revocación;

Que por la Resolución N° 353/CDNNyA/2017 se creó el Programa de Niñas, Niños y

Adolescentes sin Cuidados Parentales, bajo la órbita de la Dirección General de

Gestión de Políticas y Programas de este organismo, el cual comprende, el Área de

Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, el Área de Gestión

Administrativa y Seguimiento Judicial, el Área de Búsquedas de Legajos para Niñas,

Niños y Adolescentes, el Área de Seguimiento de Vinculaciones y Guardas con Fines

de Adopción y el Área del Programa Abrazar, al tiempo que aprobó el Reglamento del

mencionado Programa;

Que mediante Informe IF N° 08.338.808/GCABA-DGGPP/2019, la titular de la

Dirección General de Gestión de Políticas y Programas informa que a partir de la

experiencia desarrollada en el marco del Programa de Niñas, Niños y Adolescentes sin

Cuidados Parentales se ha detectado la necesidad de readecuar su reglamentación a

fin de incorporar la regulación de nuevas situaciones que no se encontraban previstas,

así como también modificar algunas formulaciones que, a partir de la experiencia, son

perfectibles en su redacción;

Que en virtud de ello, desde la mencionada Dirección General se propicia la

aprobación de un nuevo Reglamento del Programa de Niñas, Niños y Adolescentes sin

Cuidados Parentales;

Que la revisión de las prácticas y procedimientos establecidos es una acción

insoslayable que supone repensar las dinámicas desplegadas en función de

desarrollar aquellas más idóneas para la preservación del interés superior de los

niños, niñas y adolescentes y dar cumplimiento a los objetivos establecidos para cada

área del mencionado Programa, en consonancia con la normativa vigente en la

materia;

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo por el que se deje sin

efecto el artículo 2.-de la Resolución N° 353/CDNNyA/2017 y se apruebe el nuevo

Reglamento del Programa de Niñas, Niños y Adolescentes sin Cuidados Parentales;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 114 (texto consolidado por

Ley N° 6.017) y el Decreto N° 32/GCABA/2016,

LA PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS

DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE

Artículo 1.- Déjase sin efecto el artículo 2.- de la Resolución N° 353/CDNNyA/2017.

Artículo 2.- Apruébase el Reglamento del Programa de Niñas, Niños y Adolescentes

sin Cuidados Parentales, que como Anexo IF N° 08959705/GCABA-CDNNyA/2019

forma parte integrante de la presente.

Artículo 3.- Delégase en la/el titular de la Dirección General de Gestión de Políticas y

Programas, o la que en el futuro la reemplace, la facultad de modificar mediante

disposición, los Protocolos de Búsquedas Exhaustivas Internas, de Seguimiento de

Vinculaciones y Guardas, de Encuentros Informativos Obligatorios, de Evaluación del

Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines Adoptivos y del Programa Abrazar.

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y demás efectos,

remítase a la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas de este Consejo.

Cumplido, archívese. Leguizamón


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5586

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolucion 419-CDNNYA/20 aprueba el el Protocolo de Evaluación del Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines Adoptivos en el marco de los principios y procedimiento establecido en la Resolución 326-CDNNYA/19 y normativa vigente en la materia o la que en el futuro la reemplace.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 326-CDNNYA-19 deja sin efecto el Art. 2 de la Resolución 353/CDNNYA-17.</p><p>Art. 2 aprueba el Reglamento del Programa de Niñas, Niños y Adolescentes sin Cuidados Parentales que sustituye al aprobado por la Resolución 353-CDNNYA-17.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion 1740-CDNNYA-25 deja sin efecto los Capítulos I al VI del Reglamento del Programa de Niñas, Niños y Adolescentes Sin Cuidados Parentales del anexo de la Resolución 326-GCABA-CDNNYA/19, con relación al Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos.<br /> </p>