DECRETO 194 2019

Síntesis:

SE MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA -  CREA SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES - DIRECCIÓN GENERAL PLANIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE GESTIÓN DE ACTIVO -  MODIFICA DENOMINACIÓN - DEPENDENCIA FUNCIONAL - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DIRECCIÓN GENERAL RELOCALIZACIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS DE GOBIERNO - ADMINISTRACIÓN DE BIENES - ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y CONCESIONES - DIRECCIÓN GENERAL CONCESIONES Y PERMISOS -  SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO - DIRECCIÓN GENERAL DISTRITOS ECONÓMICOS - PROYECTOS DE ARTICULACIÓN PÚBLICO-PRIVADA -  DESARROLLO PRODUCTIVO  - ESTRATEGIA PRODUCTIVA - SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO - CREA LA DIRECCIÓN GENERAL EMPRENDEDORES - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE - SIMPLIFICACIÓNPRODUCTIVA - ORGANISMO FUERA DE NIVEL -  UNIDAD DE PLANEAMIENTO DE DOTACIONES Y CONCURSOS - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - INSTITUTO DE JUEGOS DE APUESTAS - OBRA SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA - PLANEAMIENTO DE DOTACIONES Y CONCURSOS - BANCO CIUDAD  - LOTERÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S.E. -  LOTBA S.E.  - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - FINANZAS - ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES  - GESTIÓN OPERATIVA  - GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN ECONÓMICA - DIRECCIONES GENERALES - RELACIONES FISCALES - CRÉDITO PÚBLICO - PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO ESTRUCTURADO - PLANIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE LA GESTIÓN DE ACTIVOS - ADMINISTRACIÓN DE BIENES RELOCALIZACIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS DE GOBIERNO - CONCESIONES Y PERMISOS - ESTRATEGIA PRODUCTIVA - DESARROLLO PRODUCTIVO - PROMOCIÓN DE INVERSIONES  - EMPRENDEDORES - ADMINISTRACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE HABERES - ASUNTOS LABORALES Y PREVISIONALES  - ADMINISTRACIÓN DE MEDICINA DEL TRABAJO - PLANIFICACIÓN Y CONTROL OPERATIVO - DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL - RELACIONES LABORALES - TESORERÍA - CONTADURÍA - OFICINA DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRESUPUESTO - OGEPU - GERENCIAS OPERATIVAS - SUBGERENCIAS - ASUNTOS LEGALES - GESTIÓN TÉCNICA - SERVICIOS GENERALES E INTENDENCIA - JURÍDICO ADMINISTRATIVA - FINANCIAMIENTO INTERNO Y EXTERNO - PATRIMONIO INMOBILIARIO - MECÁNICA PESADA Y SERVICIOS -  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Publicación:

06/06/2019

Sanción:

03/06/2019

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria

N° 5.960, los Decretos Nros 684/09 y modificatorios, N° 363/15 y sus modificatorios, y

384/18, el Expediente Electrónico N° 17.565.919-GCABA-DGDSCIV/19 y,

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria, se sancionó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al

Ministerio de Economía y Finanzas;

Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial

para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a través del Decreto N° 363/15 se aprobó la estructura orgánico funcional del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel

de Dirección General;

Que por Decretos N° 230/18 se modificó la estructura organizativa correspondiente al

Régimen Gerencial del Ministerio de Economía y Finanzas, en sus dos niveles

Gerencia y Subgerencia Operativa;

Que en virtud de la experiencia de la gestión de gobierno, es menester realizar

modificaciones en la estructura organizativa del Ministerio de Economía y Finanzas, a

los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una mayor eficiencia de

sus competencias;

Que asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al Régimen

Gerencial del Ministerio de Economía y Finanzas en sus dos niveles, Gerencia y

Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 230/18.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modificase, a partir del 1° de junio de 2019 la estructura organizativa del

Ministerio de Economía y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios,

de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2019-17621373-GCABA-MEFGC) y II

(Responsabilidades primarias y Descripción de acciones) (IF-2019-17621181-GCABA-

MEFGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Créase la Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles,

dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 3°.- Modifícanse la denominación, dependencia funcional y responsabilidades

primarias de la Dirección General Relocalización y Gestión Integral de Edificios de

Gobierno, que se denominará Dirección General Administración de Bienes,

Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno, y dependerá de la

Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles.

Artículo 4°.- Créase la Dirección General Planificación y Análisis de Gestión de Activos

dependiente de la Subsecretaría Administración de Bienes Inmuebles.

Artículo 5°.- Modifícanse la denominación, dependencia funcional y responsabilidades

primarias la Dirección General Administración de Bienes y Concesiones que se

denominará Dirección General Concesiones y Permisos, y dependerá de la

Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles.

Artículo 6°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de

Desarrollo Económico, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 7°.- Modifícanse las denominaciones y las responsabilidades primarias de la

Dirección General Distritos Económicos y de la de la Dirección General Proyectos de

Articulación Público-Privada, dependientes de la Subsecretaría de Desarrollo

Económico, que se denominarán Dirección General Desarrollo Productivo y Dirección

General Estrategia Productiva, respectivamente.

Artículo 8°.- Créase la Dirección General Emprendedores, dependiente de la

Subsecretaría de Desarrollo Económico.

Artículo 9°.- Créase la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Simplificación

Productiva, como Organismo Fuera de Nivel, en el ámbito de la Subsecretaría de

Desarrollo Económico, con nivel retributivo equivalente a Dirección General.

Artículo 10.- Créase la Unidad de Planeamiento de Dotaciones y Concursos, como

Organismo Fuera de Nivel, en el ámbito de la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos, con rango, nivel y atribuciones equivalentes a Dirección General.

Artículo 11.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del

Ministerio de Economía y Finanzas deberá informar, en un plazo de 30 días, a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y

Finanzas la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas gerencias y

subgerencias operativas, en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente

Decreto.

Artículo 12.- El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de

dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 13.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 14.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil

dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas, para su conocimiento y demás

efectos, remítase al Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5633

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Se deja constancia que no se encuentra dentro del organigrama del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por el Decreto 194-19 la AGENCIA DE BIENES SOCIEDAD DEL ESTADO, creada por Ley 5558.</p>
INTEGRA
<p>Se deja constancia que no se encuentra dentro del organigrama del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por el Decreto 194-19 la AGENCIA DE BIENES SOCIEDAD DEL ESTADO, que por Ley 5941 se autorizó al Poder Ejecutivo a proceder a su disolución y liquidación.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 194-19 modifica, a partir del 1 de junio de 2019, la estructura organizativa del Ministerio de Economía y Finanzas, quedando modificado parcialmente el Decreto 363/15 y sus modificatorios.</p><p>Art. 2 crea la Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles.</p><p>Art. 3 modifica a denominación, dependencia funcional y responsabilidades primarias de la Dirección General Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno, que se denominará Dirección General Administración de Bienes, Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno.</p><p>Art. 4 crea la Dirección General Planificación y Análisis de Gestión de Activos.</p><p>Art. 5 modifica  la denominación, dependencia funcional y responsabilidades primarias la Dirección General Administración de Bienes y Concesiones que se denominará Dirección General Concesiones y Permisos.</p><p>Art. 6 modifica  las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Desarrollo Económico.</p><p>Art. 7 modifica las denominaciones y las responsabilidades primarias de la Dirección General Distritos Económicos y de la de la Dirección General Proyectos de Articulación Público-Privada, que se denominarán Dirección General Desarrollo Productivo y Dirección General Estrategia Productiva, respectivamente.</p><p>Art. 8 crea la Dirección General Emprendedores.</p><p>Art. 9 crea la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Simplificación Productiva.</p><p>Art. 10 crea la Unidad de Planeamiento de Dotaciones y Concursos.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 385-19 modifica, a partir del 1 de noviembre, la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Economía y Finanzas en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente el Decreto 194-19.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 194-19 modifica la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Economía y Finanzas en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente el Decreto  230/18.</p>