RESOLUCIÓN 12 2019 SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Síntesis:
SE PRORROGA VIGENCIA - DEL 1/01 AL 31/03/2020 INCLUSIVE - CREDENCIALES DE IDENTIFICACIÓN - CREDENCIALES IDENTIFICATORIAS - DIRECCIÓN GENERAL CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO - AÑO 2019 - OBLIGACIÓN DE PORTAR DOCUMENO NACIONAL DE IDENTIDAD - DNI
Publicación:
30/12/2019
Sanción:
23/12/2019
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
VISTO: Las Leyes Nros. 24449, 2148 y 5688 (textos consolidados por Ley 6017), los
Decretos Nros. 1453/GCABA/2008, 463/GCABA/19 y 469/GCABA/2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5688 Sistema Integral de Seguridad Pública establece en su artículo
494 que el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte es un cuerpo civil,
uniformado, no armado, debidamente identificado;
Que este organismo es la autoridad de control del tránsito y el transporte en la Ciudad
de Buenos Aires, según lo determinado en el artículo 1.1.3 del Código de Tránsito y
Transporte aprobado por Ley 2148 y sus modificatorias;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 70 inciso a) apartado 3) de la Ley Nacional
de Tránsito N° 24449, y que por medio de la Ley N° 2148 la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires declaró su plena integración, se explicitó que, en materia de
comprobación de faltas, es deber de las autoridades de control, "identificarse ante el
presunto infractor, indicándole la dependencia inmediata a la que pertenece";
Que de acuerdo al artículo 10° inciso a), Capítulo IV del Anexo I del Decreto
1453/2008, se establece que quedará a cargo del Director General la rúbrica de las
credenciales identificatorias para el personal a su cargo que solo podrán ser usadas a
los fines de acreditar identidad solo durante el servicio y en cumplimiento de las
funciones y facultades determinadas en la Ley;
Que corresponde prorrogar la vigencia de las credenciales del periodo 2019 por un
tiempo prudencial, a fin de que los agentes cuenten con elementos de identificación
ante los ciudadanos que lo requieran, puesto que aún no han sido expedidas las
credenciales del periodo 2020 por razones de índole administrativa;
Que para los casos en que los agentes no cuenten con las credenciales identificatorias
por causas justificables como robo, hurto, extravío o avería, y con el objeto de
completar su identificación fehaciente, se hace imprescindible que, durante la
prestación de sus servicios, en todo momento porten su Documento Nacional de
Identidad;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias por los Decretos Nros. 463/19 y
469/19,
Artículo 1°.- Prorróguese la vigencia de las credenciales de identificación de la
Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito del año 2019, otorgándole plena
validez desde el 1° de enero hasta el día 31 de marzo de 2020 inclusive.
Artículo 2°.- Instruir al personal operativo para que durante la prestación de sus
servicios, en todo momento porten también Documento Nacional de Identidad a
efectos de completar su identificación cuando los ciudadanos así lo requieran.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y
comuníquese para su conocimiento, a la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, y a
la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito. Cumplido, archívese. Méndez