DECRETO 903 1997

Síntesis:

ACTIVIDADES INDUSTRIALES. ORDENANZAS NROS. 44.485 (B.M.N° 18.882) Y 45.048 (B.M. N° 19.080). DETERMINA LOS ORGANISMOS A LOS QUE EN LA ACTUALIDAD CORRESPONDEN LAS COMPETENCIAS

Publicación:

29/08/1997

Sanción:

16/07/1997

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 27.593-97, y

CONSIDERANDO:

Que por Ordenanzas Nros. 44.485 (B.M. N° 18.882) y 45.048 (B.M. N° 19.080) y sus Decretos Reglamentarios Nros. 5.85290 (B.M. N° 18.917) y 3.748-91 (B.M. N° 19.115) se normaba sobra la regularización de la situación de los establecimientos productivos que no cumplían con los usos permitidos en el distrito en el que se hallan localizados mediante el otorgamiento de un Certificado de Uso Industrial Consolidado -en reemplazo del Certificado de Uso Conforme para su presentación ante toda gestión comunal, y

Que mediante el dictado del Decreto N° 12-GGBA-96 (B.O. N° 1), se produjo una reestructuración de los primeros niveles del Órgano Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, por lo que a los fines de dar continuidad a la operatoría e implementación de las normas mencionadas, resulta necesario determinar los organismos a los que en la actualidad correspondan las competencias establecidas en las mismas;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias, artículo 104, inciso 9°) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°- Déjase establecido que las competencias conferidas mediante las Ordenanzas Nros. 44.485 y 45.048, reglamentadas por los Decretos Nros. 5.852-90 y 3.748-91 a la ex Subsecretaria de Producción y a la ex Dirección General de Industria y Comercio Exterior, corresponden en la actualidad a la Subsecretaría de Industria, Comercio y Turismo y a la Dirección General de Industria, respectivamente.

Art. 2°- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 3°- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Industria, Comercio y Turismo y a la Dirección General de Industria.

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Dto. 903-97 modifica el Dec 5852-90 - Organismos intervinientes-atribuciones