DECRETO 2682 2003

Síntesis:

NORMA DEROGADA - MODIFICA EL ARTÍCULO 3° Y DEROGA EL ANEXO II DEL DECRETO N° 710/GCBA/97, B.O. N° 218 OFICIO N° 3.030/2002. - VEEDORES - EQUIPOS DE AUDITORÍA Y CONTRALOR - DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS - INASISTENCIAS DEL PERSONAL DEL GOBIERNO - AGENTES - SISTEMA DE CONTROL DE PRESENTISMO - RÉGIMEN DE CONTROL DE PRESENTISMO - PUNTUALIDAD - FIRMA DE PLANILLA DE ASISTENCIA - PLANILLA DE FIRMAS - CONTROL DE FALTAS - CONTROL AUSENTISMO - PLANILLA DE REGISTRO DE FIRMAS

Publicación:

16/12/2003

Sanción:

04/12/2003

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto los Decretos Nros. 710/GCBA/97 (B.O. N° 218) y 2.141/GCBA/99 (B.O. N° 826) y el Expediente N° 53.963/00, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 710/GCBA/97 se establecieron pautas acerca del control de presentismo y puntualidad del personal dependiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que su artículo 3° dispuso que cada Secretaría debía proponer la designación de tres agentes titulares y tres agentes suplentes de nivel jerárquico, con el objeto de integrar como veedores los equipos de Auditoría y Contralor de la entonces Dirección General de Administración de Recursos Humanos, en los procedimientos que se llevaran a cabo en los Organismos pertenecientes a las mismas;

Que agrega el citado artículo que ...dichos organismos deberán elevar a sus respectivas Secretarías mensualmente el informe que como Anexo II forma parte del presente. La aludida remisión se efectuará, con copia a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes siguiente al que corresponda el informe;

Que el Anexo II al que alude la norma precitada prevé un Informe Mensual de Personal referido a control de presentismo y puntualidad;

Que posteriormente se dictó el Decreto N° 2.141/GCBA/99 el que en su artículo 3° determina que dentro del quinto día hábil de cada mes calendario, los funcionarios responsables del control de la asistencia y puntualidad del personal que le dependa jerárquicamente según lo prescripto en los artículos 1° y 2° del mismo, informarán por escrito a la Dirección General de la cual dependan y ésta a la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, las novedades de prestación de servicio, asistencia y puntualidad correspondiente al mes inmediatamente anterior;

Que, en consecuencia, ambos Decretos establecen procedimientos similares a los fines de realizar los controles aludidos, por lo que se entiende procedente modificar el artículo 3° del Decreto N° 710/GCBA/97 y dejar sin efecto el Anexo II de este último;

Que la Procuración General de la Ciudad ha dictaminado de conformidad con el criterio sustentado en el presente Decreto, aconsejando su dictado;

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Modifícase el artículo 3° del Decreto N° 710/GCBA/97, quedando redactado en los siguientes términos:

Cada Secretaría deberá proponer la designación de tres (3) agentes titulares y tres (3) agentes suplentes de nivel jerárquico, con el objeto de integrar como veedores los equipos de Auditoría y Contralor de la Dirección General de Recursos Humanos en los procedimientos que al respecto esta última lleve a cabo en los organismos pertenecientes a las mismas.

Artículo 2° - Derógase el Anexo II del Decreto N° 710/GCBA/97.

Artículo 3° - El presente Decreto es refrendado por los todos los señores Secretarios del Poder Ejecutivo.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad a los fines establecidos en el artículo 11 del Decreto N° 698/GCBA/96 (B.O. N° 97), modificado por Decreto N° 1.583/GCBA/01 (B.O. N° 1298), a todas las Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango equivalente, a las Subsecretarías con dependencia directa del Área Jefe de Gobierno y reparticiones con rango equivalente dentro de dicha Jurisdicción y a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. IBARRA - Albamonte - Giudici - Telerman - Hecker - Perazza - Fatala - González Gass - Epszteyn - Stern - Fernández

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Art 2 del Dto 281-10 Deroga Decreto 2682-03
MODIFICA
Modifica el artículo 3° y deroga el Anexo II del Decreto N° 710/GCBA/97
REFERENCIA