RESOLUCIÓN 3605 2003 SECRETARIA DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA LA ESTRUCTURA CURRICULAR DE SEGUNDO AÑO. DEJA SIN EFECTO EL ARTÍCULO 3° DE LA RESOLUCIÓN N° 981/SED/03 - APROBACIÓN - EDUCACIÓN MEDIA - CURRÍCULA - DIRECCIÓN ÁREA DE EDUCACIÓN MEDIA - ASIGNATURAS - CURSOS - HORAS CÁTEDRA
Publicación:
22/12/2003
Sanción:
04/12/2003
Organismo:
SECRETARIA DE EDUCACION
Visto la Carpeta N° 3.762/SED/03, y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N ° 981/SED/03 se aprobó la estructura curricular de segundo año, para ser aplicada en establecimientos de educación media;
Que la Dirección Planificación y Control de Gestión considera que la formulación de dicha estructura presenta ambigüedades que dificultan su implementación desde el punto de vista administrativo;
Que, por ello, sugiere el dictado de una nueva norma que la reemplace, subsanando los inconvenientes observados;
Que la mejora de la educación constituye una cuestión prioritaria para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en el caso particular del nivel medio, la Secretaría de Educación está desarrollando numerosas acciones destinadas a garantizar el cumplimiento de la obligatoriedad, tales como la apertura de servicios, el fortalecimiento de las escuelas y el mejoramiento de la experiencia educativa que ofrecen los establecimientos de ese nivel;
Que la Secretaría de Educación se encuentra llevando adelante un proceso de mejora y reformulación curricular en el nivel medio, y cuenta con distintos proyectos para el desarrollo de las distintas modalidades;
Que resulta de interés desarrollar experiencias con nuevos proyectos curriculares en las escuelas y/o secciones de creación, que ayuden a mejorar la oferta curricular de la Ciudad;
Que han tomado intervención las Direcciones Generales de Educación, de Planeamiento, de Coordinación Financiera y Contable , y de Coordinación Legal e Institucional;
Por ello, en uso de las facultades que le confiere la Ley N° 33,
Artículo 1° - Apruébase la Estructura Curricular de Segundo Año del plan de estudios detallado en los Anexos I, II y III, que forman parte integrante de la presente.
Artículo 2° - Déjase sin efecto el artículo 3° de la Resolución N° 981/SED/03.
Artículo 3° - Autorízase la aplicación del plan aprobado por el Artículo 1° en los establecimientos educativos dependientes de la Dirección del Área de Educación Media, la cual queda facultada para adoptar las medidas operativas tendientes a su implementación y ejecución.
Artículo 4° - Establécese que las erogaciones originadas a raíz de la implementación y puesta en marcha del Plan aprobado por este acto, se imputarán a la Partida 1.1. - Personal Permanente.
Artículo 5° - Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese por copia a las Subsecretarías de Educación y de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria y a las Direcciones Generales de Educación, de Coordinación Legal e Institucional y de Planeamiento. Cumplido, archívese.
ANEXO III
Estructura Curricular de 2° Año
Aclaraciones a los Cuadros Anexo I y Anexo II
1. Orientación y apoyo a la escolaridad.
Se desarrollará durante todo el año y presenta las presentes características:
a) Persigue la finalidad de apoyar a los alumnos en la inserción al nuevo nivel.
b) Recoge la preocupación reiteradamente manifestada de formar a los alumnos como estudiantes y entrenarlos en formas generales de organización del estudio (organización del tiempo, sistematicidad en la preparación de los materiales, etc.).
c) Durante el primer cuatrimestre incluye el Taller de ingreso, que se complementa con un trabajo sistemático en las materias de cursada anual, para introducir a los alumnos en las herramientas propias del campo de estudio de dichas materias.
d) Podrá adoptar diferentes modalidades de trabajo: pequeños grupos, apoyo individual, entrevista a padres o reuniones de padres, etc.
2. Proyecto de opción institucional.
Cada escuela podrá optar por incluir en su plan de estudios uno de los siguientes proyectos:
a) Sociedad y salud: entre otras posibles, tendrá por finalidad central abordar temáticas relacionadas con la salud, el cuidado del ambiente y la sexualidad.
b) Sociedad, cultura y artes: entre otras posibles, tendrá por finalidad central abordar la propuesta cultural de la Ciudad y facilitar la participación de los alumnos en la misma.
3. Actividades de opción institucional
Serán programadas por la Institución de acuerdo con las necesidades y requerimientos de la población atendida. El total de horas de actividades de opción institucional es de 5 por curso. Las mismas se incluyen para la organización de:
a) Actividades extracurriculares destinadas a complementar el currículo escolar
b) Cursos de apoyo y nivelación en Lengua y Matemática para los estudiantes con bajo rendimiento académico. Se dictarán a grupos reducidos de alumnos pertenecientes a diferentes divisiones.
El Sistema de Dictado de Asignaturas por Cuatrimestre
A fin de mejorar las condiciones para el trabajo pedagógico a partir de la disminución de las instancias de dictado simultáneo, la Institución podrá organizar la cuatrimestralización del dictado de algunas asignaturas, proyectos o talleres (Geografía, Biología, Educación Cívica, Informática, Proyecto de opción institucional...).
En este caso se deberá garantizar la rotación de los docentes a cargo de las materias de dictado cuatrimestral de modo tal que en cada uno de los cuatrimestres asuman el dictado en una de las dos divisiones del mismo año.
La designación de los docentes será anual y se regirá por la Normativa correspondiente (Resoluciones Nros. 767/SED/01 y 1.592/SED/02)
La Organización de la Jornada Escolar
- La distribución horaria priorizará la mayor cantidad posible de módulos de 80 minutos.
- La cantidad de materias por jornada no podrá ser superior a cuatro en el turno.
Régimen de Evaluación y Acreditación
1. Para la calificación y promoción de las asignaturas de dictado anual rige la normativa emanada de la Resolución N° 94/MCYE/92 y de la Resolución N° 1.664/SED/00.
2. Para la calificación y promoción de las asignaturas de dictado cuatrimestral rige, además, la Resolución N° 766/SED/01.
3. Los talleres y proyectos se calificarán con Aprobado / Desaprobado y quedan fuera del régimen de promoción.
ANEXOS
Denominación de la Materia |
Taller |
Curso |
Horas de Cátedra Semanales |
ARTES (La Dirección Educación Media determinará anualmente dos modalidades de tres horas cada una - Plástica, Música, Teatro, etc-. El alumno deberá optar por una de ellas). |
2 |
6 |
|
BIOLOGÍA |
2 |
3 |
|
EDUCACIÓN CÍVICA |
2 |
2 |
|
EDUCACIÓN FÍSICA |
2 |
6 |
|
Varones Educación Física |
2 |
||
Mujeres Educación Física |
2 |
||
GEOGRAFÍA |
2 |
3 |
|
HISTORIA |
2 |
4 |
|
LENGUA |
2 |
5 |
|
LENGUA EXTRANJERA |
2 |
3 |
|
Inglés Lengua Extranjera |
2 |
||
Francés Lengua Extranjera |
2 |
||
MATEMÁTICA |
2 |
5 |
|
ORIENTACIÓN Y APOYO A LA ESCOLARIDAD |
2 |
3 |
|
PROYECTO DE OPCIÓN INSTITUCIONAL |
2 |
2 |
|
EDUCACIÓN TECNOLÓGICA |
2 |
2 |
|
TOTAL DE HORAS |
44 |
ACTIVIDADES DE OPCIÓN
INSTITUCIONAL
Total de horas destinadas a actividades de
opción institucional: 5 por curso
Denominación de la Materia |
Taller |
Curso |
Horas de Cátedra Semanales |
ARTES (La Dirección Educación Media determinará anualmente dos modalidades de tres horas cada una -Plástica, Música, Teatro, etc-. El alumno deberá optar por una de ellas). |
2 |
3 |
|
BIOLOGÍA |
2 |
3 |
|
EDUCACIÓN CÍVICA |
2 |
2 |
|
EDUCACIÓN FÍSICA |
2 |
3 |
|
GEOGRAFÍA |
2 |
3 |
|
HISTORIA |
2 |
4 |
|
LENGUA |
2 |
5 |
|
LENGUA EXTRANJERA |
2 |
3 |
|
MATEMÁTICA |
2 |
5 |
|
ORIENTACIÓN Y APOYO A LA ESCOLARIDAD |
2 |
3 |
|
PROYECTO DE OPCIÓN INSTITUCIONAL |
2 |
2 |
|
EDUCACIÓN TECNOLÓGICA |
2 |
2 |
|
TOTAL DE HORAS |
38 |