DISPOSICIÓN 122 2020 DIRECCION GENERAL SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES

Síntesis:

SE AMPLÍA - PLAZO DE CADUCIDAD - DATOS BIOMÉTRICOS - 30 DÍAS PRORROGABLES -  CURSOS TÉCNICOS HABILITANTES OBTENIDOS POR LOS PRESTADORES DE SEGURIDAD PRIVADA - RENOVACIÓN - EMERGENCIA SANITARIA - COVID-19 - CORONAVIRUS - DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES

Publicación:

18/03/2020

Sanción:

16/03/2020

Organismo:

DIRECCION GENERAL SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES


VISTO: La Ley N° 5688 (B.O. N° 5030), y los Decretos N° 446/06 y N° 394/14, y

CONSIDERANDO:

Que la emergencia sanitaria y el estado de situación epidemiológico, conforme las

disposiciones adoptadas por la Autoridad de Aplicación aconsejan adoptar medidas

transitorias preventivas, de carácter excepcional, que se traducen en la

recomendación de suspensión temporal de las actividades presenciales;

Que, atento a la situación excepcional que plantea la ahora declarada pandemia, se

procederá a dictar disposiciones que establezcan protocolos de actuación ante los

desafíos que la emergencia de salud impone, en virtud de la la propagación del

coronavirus COVID-19 y su impacto sanitario;

Que resulta necesario en el marco de la emergencia sanitaria declarada, diseñar y

desplegar modalidades de trabajo que, permitan dar un soporte alternativo a la

continuidad de la actividad de seguridad privada en el ámbito de la Ciudad Autónoma

De Buenos Aires, como así también modificar y/o prorrogar plazos de las

presentaciones que así lo requieran ;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES

DISPONE

ARTÍCULO 1°.- Amplíese el plazo de caducidad de los datos biométricos por 30 días,

prorrogables de acuerdo a la evolución de la emergencia sanitaria, correspondiente a

COVID-19.

ARTÍCULO 2°.- Podrán presentarse ante esta Dirección General los últimos Cursos

Técnicos Habilitantes obtenidos por los prestadores de seguridad privada, para su

renovación.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, notifíquese fehacientemente a los interesados. Para su conocimiento pase a la

Subsecretaría de Seguridad Ciudadana. Cumplido, archívese. Cocca

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 122-DGSPCB-20 amplía el plazo de caducidad de los datos biométricos por 30 días,<br />prorrogables de acuerdo a la evolución de la emergencia sanitaria, declarada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-20. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 5 de la Disposición 298-DGSPCB-2020 deroga el Art. 2 de la Disposición 122-DGSPCB-2020. <strong>Vigencia: a partir del 15 de noviembre del 2020. </strong></p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 142-20 prorroga la vigencia de la Disposición 122-DGSPCB-2020 hasta el término de la emergencia sanitaria COVID-19 (CORONAVIRUS).</p>